La Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente este miércoles un proyecto de ley del Partido Liberal Progresista para romper el monopolio de la Fábrica Nacional de Licores (Fanal) en el campo del alcohol de uso industrial.
La iniciativa, tramitada bajo el expediente 23.627, es impulsada por la diputada Kattia Cambronero Aguiluz del PLP junto a otros compañeros de su bancada, así como de la fracción oficialista y de la Unidad Social Cristiana.
El proyecto, titulado "Autorización para la Comercialización Directa de Alcohol para el Uso Industrial", versa sobre el alcohol destinado exclusivamente a usos industriales y no para consumo humano directo, como en bebidas alcohólicas, cuyo monopolio seguirá bajo control de Fanal.
Según el dictamen de la iniciativa, el objetivo es regular el uso del alcohol en la fabricación de productos donde este es fundamental para la formulación, procesamiento o conservación, particularmente después de que Fanal recortara su producción y generara perjuicios al sector industrial.
De acuerdo con el informe sobre el proyecto, algunas industrias que utilizan alcohol industrial incluyen la farmacéutica, para la elaboración de medicamentos o como solvente de principios activos; la cosmética y de cuidado personal, para producir perfumes, lociones, desodorantes y productos del cuidado de la piel y el cabello; la de producción de productos de limpieza y desinfectantes; la industria química; y la industria alimentaria.
El proyecto no elimina ni restringe las funciones de Fanal, sino que permitirá a los productores privados producir y exportar todo tipo de alcoholes de uso industrial, sin la restricción previa que daba exclusividad a la Fanal.
El proyecto además establece que los ingenios con destilerías anexas, que utilicen materias primas de origen nacional para producir alcohol, deberán comercializar este producto a través de la Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (LAICA), con el fin de garantizar la participación de los productores independientes de caña en la agroindustria, distribuyendo los ingresos de forma equitativa entre los actores involucrados.
Según la propuesta, el 62,5% de los ingresos netos que obtenga LAICA por la comercialización del alcohol será destinado a los pequeños y medianos productores, en función de los kilogramos de azúcar entregados durante la zafra. El 37,5% restante será distribuido entre todos los ingenios del país, de acuerdo con los bultos de azúcar entregados. Estas cuotas ya están así establecidas en la Ley de LAICA (7818).
Además, la propuesta permite a LAICA producir, comercializar, almacenar, exportar e importar alcohol.
El proyecto recibió una votación de 5 a favor y 4 en contra en comisión, estos últimos provenientes de Liberación Nacional y el Frente Amplio.
La iniciativa pasa ahora al plenario legislativo para seguir su trámite y para su aprobación se requerirá mayoría simple. Aunque el Departamento de Servicios Técnicos del Congreso no había emitido el informe técnico-legal sobre este proyecto, en una iniciativa previa para romper el monopolio de Fanal dicho departamento señaló que la votación necesaria no era la calificada.
Según Servicios Técnicos en aquella ocasión, la mayoría calificada exigida por la Constitución Política es sólo para establecer monopolios, debido a que estos son una excepción al régimen general que regula la libertad de comercio en nuestro país, que es el de libre competencia, de modo que para regresar al régimen inicial, no se requiere de mayoría calificada.
Breves
— El Plenario avaló la recomendación de la Comisión de Nombramientos para ratificar a los jueces titulares y suplentes del Tribunal Registral Administrativo que fueron propuestos por el Poder Ejecutivo.
Los miembros titulares ratificados son:
- Cristian Mena Chinchilla (46 a favor, 0 en contra)
- Karen Cristina Quesada Bermúdez (46 a favor, 0 en contra)
- Gilberth Bonilla Monge (46 a favor, 0 en contra)
- Oscar William Rodríguez Sánchez (46 a favor, 0 en contra)
- Norma Mercedes Ureña Boza (46 a favor, 0 en contra)
Como miembros suplentes se nombró a
- Jonathan Lizano Ortiz (46 a favor, 0 en contra)
- Celso Damián Fonseca Mc Sam (46 a favor, 0 en contra)
- Priscilla Loretto Soto Arias (46 a favor, 0 en contra)
Los candidatos Marcela Arroyo Fonseca (16 a favor, 30 en contra) y Duter Chaves Gehing (16 a favor, 30 en contra) fueron rechazados.
— El plenario aprobó delegar múltiples expedientes a las comisiones con potestad legislativa plena para desahogar la agenda del plenario:
Plena Primera
- Expediente 23.230 "Ley para prevenir la violencia en espacios públicos y fortalecer los derechos de las personas jóvenes".
- Expediente 23.745 "Reforma a la Ley para Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad, Ley N.° 9379 de 18 de agosto de 2016"
- Expediente 23.190 "Reforma al Inciso b) del Artículo 21 de la Ley N.° 3859, Ley del Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco) de 7 de abril de 1967 para incluir al menos una persona joven dentro de la Junta Directiva de las Asociaciones de Desarrollo"
- Expediente 23.468 "Reforma parcial a los artículos 11, 12, 13, 14, 21 y 24 de la Ley 3455 y sus reformas, Ley de Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica"
- Expediente 23.653 "Declaración de la pintura estilo Sarchí y el Colocho Típico como Patrimonio Cultural Inmaterial Costarricense"
- Expediente 23.910 "Reforma al Artículo 5 de la Ley N° 833 “Ley de Construcciones”"
Plena Segunda
- Expediente 23.768 "Ley para garantizar la participación de las juventudes en los espacios vitales para su desarrollo humano"
- Expediente 23.087 "Declaratoria de la Banda Municipal de Turrialba como Institución Benemérita de la Patria"
- Expediente 23.551 "Declaración del Parque Zoológico y Jardín Botánico Nacional Simón Bolívar como Institución Benemérita de la Patria"
- Expediente 23.392 "Declaratoria del Ebáis China Kichá como Institución Benemérita de la Patria"
- Expediente 23.865 "Reforma de varios artículos y adición de un artículo 37 bis a la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, Ley N° 3663 del 10 de enero de 1966 y sus reformas"
- Expediente 23.796 "Reforma a la integración del Consejo de Transporte Público"
- Expediente 23.431 "Inclusión de las adicciones conductuales en la salud pública. Reforma a los Artículos 10 y 19 del Libro I, del Título I de la Ley N.° 5395, denominada Ley General de Salud"
- Expediente 23.432 "Ampliación de las competencias municipales en la regulación de centros de recopilación de materiales y en la recolección de vehículos en abandono, dentro de los cantones"
Plena Tercera
- Expediente 23.484 "Reforma del artículo 140 de la Ley General de Salud, N.° 5395"
- Expediente 23.888 "Ley de reforma al artículo 40 del Código Procesal Penal, Ley No. 7594 de 28 de marzo de 1996, 'Resolución de la Acción Civil Resarcitoria en Sede Penal'
- Expediente 23.528 "Ley para detallar explícitamente el teletrabajo en el extranjero evitando interpretaciones subjetivas"