En días pasados se puso en vigencia vía decreto presidencial el reglamento a la Ley de Desarrollo Regional de Costa Rica (Ley 10.096), cuyo primer momento de confección fue en la Administración de Carlos Alvarado.

Esta Ley de Desarrollo Regional, como casi toda ley en este país, en su contenido es moderna y altruista. La iniciativa apunta hacia la mejora en la calidad de vida de las personas y de sus entornos.  Hoy la administración del presidente Rodrigo Chaves retoma esta iniciativa, que complementa con discursos y afirmaciones sobre la existencia de descoordinación de las instituciones de gobierno con las jefaturas locales de las zonas periféricas, sin embargo   su objetivo es correctiva desde el centralismo estatal.

Sobre este nuevo reglamento la ministra de Planificación Laura Fernández Delgado indicó:

Ya contamos con un Reglamento para llevar adelante con un mayor orden todos los procesos de desarrollo regional de nuestro país. Este Reglamento fue construido con participación ciudadana y va a dar una serie de herramientas para integrar Agencias Regionales de Desarrollo y mejorar, especialmente, la articulación de diferentes actores en pro del beneficio del desarrollo regional generando mejores políticas públicas”.

Aunado a esto la ley pretende dictar los lineamientos y los procedimientos que permita operacionalizar las necesidades de las regiones.  Los reglamentos de leyes en este país han demostrado que no ha sido eficientes ni justos.  Su confección está cargada de lineamientos sí, pero políticos, que van en línea con los grupos gobernantes, ejemplo es el Reglamento de Banca para el Desarrollo.  Este último plantea lo siguiente:

  1. Fortalecer el desarrollo nacional por medio de una adecuada vinculación entre la visión y alcances de las políticas públicas de desarrollo nacional y de desarrollo regional por medio de la consolidación de estructuras de participación regional de forma tal que se facilite a los actores regionales instrumentos y mecanismos de participación social y estatal.
  2. Brindar a la institucionalidad pública, por medio de la consolidación de espacios de coordinación, cooperación y articulación, los mecanismos que garanticen que las políticas, las estrategias, los planes, programas y proyectos que ejecuten, generen condiciones equitativas de crecimiento, competitividad e innovación en las diversas regiones del país.
  3. Contar con financiamiento para el desarrollo regional.

La instancia encargada de coordinar y dirigir los procesos en las distintas regiones será el Área de Planificación Regional (APR), es decir, será un representante del ejecutivo a través del Mideplán para la toma de decisión en las comunidades.

Donde participarán los grupos, colectivos, instituciones y sociedad civil de las provincias periféricas. Estos tendrán su espacio en las agencias regionales de Desarrollo (AREDE), este órgano se encargará de la participación ciudadana con actores que articulan políticas según dicte la ley de desarrollo regional. Como toda ley en este país se ocupan recursos, y este nuevo piloto se llama Fondo Nacional para el Desarrollo Regional (Fonader), que es el instrumento de financiamiento que tiene a su cargo la asignación de recursos complementarios para favorecer el desarrollo regional y la reducción de las asimetrías socioeconómicas interregionales e intrarregionales.

Así mismo, también se define Proyecto Regional como "el conjunto de procedimientos y actividades planificadas y relacionadas entre sí que permiten ejecutar una inversión pública y cuyos componentes están vinculados como una unidad funcional, el cual permite dar una solución integral a una necesidad o exigencia social, promover el desarrollo o mejorar la prestación de un servicio o actividad pública a nivel regional". ¿Nos preguntamos qué es una unidad funcional? ¿Qué quiere decir que se alinee a las estrategias ministeriales que son totalmente políticas?

Ahora bien, ¿quién decide, orienta, dirige, influencia o simplemente dicta una orden? La rectoría de este reglamento estará a cargo por el Mideplán, y será totalmente centralista ya que las decisiones serán tomadas en el centro del país y vendrá bajando en el respectivo orden jerárquico hasta llegar a la instancia local. A continuación, voy citar el texto donde queda más que evidenciado que el desarrollo será una decisión en un escritorio en Zapote:

Ámbito de aplicación del Reglamento. Este Reglamento se aplicará en todas las regiones oficiales del país establecidas por el Mideplan. Será vinculante para el sector público, central y descentralizado, incluyendo las empresas públicas, salvo aquellas que operan bajo régimen de competencia, las cuales están facultadas para coadyuvar en el cumplimiento de sus objetivos. Las instituciones con rango de autonomía constitucional, incluyendo la Caja Costarricense del Seguro Social y las Universidades Estatales, podrán integrarse en el marco de sus competencias. Las Municipalidades están facultadas a participar activamente en el desarrollo regional, cada vez que lo consideren, dentro del ámbito y ejercicio de la autonomía municipal que las asiste, todo ello en concordancia con lo establecido en la Ley de Desarrollo Regional de Costa Rica.

Y es que no es paranoia es la realidad, otro ejemplo de centralismo es lo siguiente, cito textualmente:

Rectoría del Subsistema de Planificación para el Desarrollo Regional. Para el cumplimiento de la Rectoría, el Área de Planificación Regional de Mideplán y sus direcciones regionales, prepararán las directrices y lineamientos necesarios, que deberán ser aprobados y emitidos por el ministro o la ministra de Planificación Nacional y Política Económica, para el buen funcionamiento del subsistema.

Así como está concebida este reglamento a la Ley de Desarrollo Regional se vuelve a apelar a un desarrollo descoordinado y centralizado desde la perspectiva que se tiene en Zapote. Las competencias del Ejecutivo y las de los gobiernos municipales no solo no entablan ningún dialogo, sino que no toma en cuenta la construcción de alternativas de desarrollo, de mecanismos de financiamiento efectivo desde los territorios. Especialmente en la confección de los reglamentos que, al fin y al cabo, son los que permiten que una ley tenga los efectos esperados.

Como mencione con anterioridad somos expertos en redactar leyes bonitas, pero con reglamentos intrusivos.

¡Cada día nos amarran más!

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