Para el 31 de diciembre es usual leer en redes sociales los posteos nostálgicos, de cuando había que esperar meses o años para que se le asignara un número celular y los mensajes de felicitación por el año nuevo, debían enviarse temprano, antes de que las centrales de saturaran. Una época en la que, además, los mensajes de texto tenían un costo (mínimo, eso sí. No superaban los 2 colones).

Esos recuerdos nos dan la sensación de otra época, una que ocurrió hace muchísimos años, sobre todo en un 2023 donde prácticamente todas las personas, físicas o jurídicas, tienen uno o más teléfonos móviles y, sobre todo, al menos en nuestro país, nos comunicamos vía la aplicación de Whatsapp.

La evidencia muestra que los mensajes tienen formato de audio o escrito, que identifican al emisor y al receptor, que todos vemos cómo es posible repasar viejos mensajes, obtener registro de ellos con una captura de pantalla o reenviarlos sin límite. Sin embargo, por razones que algún día serán estudiadas por sociólogos y etnólogos, los usuarios:

  • Se comportan como si esas condiciones no existieran y como si los mensajes desaparecieran por arte de magia con el paso del tiempo.
  • Manejan su aplicación como su archivo personal sin considerar respaldos, encriptaciones o temas técnicos que suelen ser muy especializados para el público en general.
  • Asumen que sus conductas y comentarios en aplicaciones y en redes están revestidos de una capa de invisibilidad y son absolutamente privados.

Tal vez los últimos eventos de la política nacional ayuden a convencernos de lo contrario. Desde el registro de una instrucción específica para suspender pauta comercial, pasando por un audio  de una  compareciente en la Asamblea Legislativa que contradijo su propio relato, hasta el aviso de los riesgos de perder un puesto por no seguir instrucciones.

Su uso no se limita a la política. La presencia de mensajes de Whatsapp o cualquier otra red social es cada vez más frecuente en procesos de familia y, por supuesto, en procesos de índole laboral, ya sean litigiosos o investigaciones internas, por ejemplo de acoso sexual o despidos.

A veces la persona investigada intenta alegar que se está violentando su privacidad son el uso de los mensajes. Lo cierto es que, si estos son compartidos por el receptor o el emisor de los mismos, su uso es totalmente válido.

Evidentemente, también hay retos:

  • No siempre es posible vincular un número de teléfono con una persona.
  • A veces los contactos no identifican a los usuarios, sino a sus apodos u otros nombres que pueden utilizar.
  • No podemos descartar que el teléfono de una persona sea utilizado por otra a su nombre o sin saberlo.
  • En ocasiones, tenemos acceso solamente a parte de un intercambio, y podría ser que el resto colocara la conversación en su contexto correcto.
  • También tenemos los casos en que se afirma la existencia de esos mensajes, pero debido al tono o contenido de los mismos, fueron eliminados por el receptor.
  • Si el mensaje es facilitado por un tercero, que no fue parte del intercambio original, y no puede explicar cómo obtuvo el mensaje, entonces no se puede utilizar como prueba.

En resumen, en el uso de los mensajes vía Whatsapp es recomendable seguir aquel viejo principio que se predicó al inicio del uso del correo electrónico: redacte pensando que su mensaje aparecerá en la portada de los periódicos más importantes (traducido a hoy: en los portales de los medios más leídos).

Y, por supuesto, para los temas más delicados o personales, recurrir a la vieja confiable de la humanidad: la conversación en persona, donde lo discutido o acordado, le consta solamente a los que hayan estado presentes y no queda rastro alguno de lo hablado.

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