El Tribunal de Apelación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda revocó la medida cautelar solicitada por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica en contra del Decreto Ejecutivo que eliminó la tarifa mínima obligatoria de ese gremio.

Así lo informó este jueves el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y fue confirmado en el Sistema de Consulta en Línea del Poder Judicial.

Mediante el voto 2023-302 las juezas Yazmín Aragón Cambronero, Rosa María Cortés Morales y Claudia Bolaños Salazar revocaron la medida cautelar inicialmente otorgada por Alana Fonseca Lobo el 16 de junio anterior, dentro del proceso analizado en el expediente 22-005798-1027-CA.

Según dijo el MEIC con la revocatoria de la medida cautelar "se encuentra vigente la libertad para negociar tarifas en este campo entre los clientes (personas o empresas) y los profesionales".

Esta iniciativa forma parte de las acciones que impulsa el MEIC para aliviar el bolsillo de los costarricenses. En 2022 fueron emitidos 11 decretos para eliminar las tarifas mínimas obligatorias en 11 servicios profesionales, con el fin de permitir que su precio sea producto de un acuerdo entre las partes. Desde la emisión de dichos decretos, varios colegios profesionales han tratado de impedir su aplicación, acudiendo a la vía judicial para lograr el dictado de medidas cautelares en esa dirección, algunas de las cuales han terminado siendo rechazadas por los jueces respectivos.

Según el MEIC, actualmente hay libertad de negociar tarifas en los servicios Geología, Física, Ingenieros Químicos, Nutrición, y ahora contaduría pública.

Con los decretos emitidos se pasó de un esquema de tarifas mínimas obligatorias a uno de tarifas de referencia no obligatorias, con las cuales se crea un principio de libre contratación, es decir, el profesional acuerda con el cliente un precio por el servicio ofrecido, sin que sea sancionado.