ABC presentó un recurso de amparo y una acción de inconstitucionalidad contra el acuerdo del Banco Central para solicitarle a la Sugef acceso a las bases de datos con la información crediticia completas.

La Asociación Bancaria Costarricense (ABC) presentó ayer una acción de inconstitucionalidad y un recurso de amparo ante la Sala Constitucional (popularmente conocida como Sala IV) contra el Banco Central de Costa Rica (BCCR) por su pretensión de acceder a las bases de datos con información crediticia que resguarda la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

En la acción de inconstitucionalidad la organización gremial explicó que la información estadística se construye a partir de datos agregados que no incluya datos personales de interés privado y sensibles como la condición socioeconómica o, en general, información confidencial de las personas a las que se les otorga un crédito.

En noviembre anterior la Junta Directiva del BCCR acordó solicitar a la Sugef "el acceso a la información integral de todas las operaciones de crédito que los intermediarios financieros supervisados le remiten, incluyendo necesariamente el número de identificación (cédula física, jurídica, dimex, u otros)", ese acuerdo indica que el acceso debe darse a su División de Gestión de Información y que será utilizada para "la elaboración de las nuevas estadísticas de crédito que construirá dicha División como parte de las estadísticas económicas de interés público nacional", y ese ese acuerdo, el 6093-2022, el que fue impugnado por la ABC ante la Sala.

Según señalaron desde la ABC el Banco Central pretende acceder la integralidad, sin restricción alguna, de las bases de datos de crédito de la Sugef que contiene información desagregada concretamente datos personales de interés privado y sensibles cubiertos por la garantía de la confidencialidad, la reserva y el secreto bancario, que permiten la identificación física de cualquier persona que haya sido sujeto de crédito”.

La acción pretende que la Sala IV declare la inconstitucionalidad del acuerdo de la Junta Directiva del BCCR, y además haga una interpretación conforme al derecho de la Constitución de:

  • Los artículos 14 (inciso d), 40 (párrafos 2° y 3°) y 132 (inciso c) de la Ley Orgánica del Banco Central (Ley 7578) "en el sentido que resultan constitucionales, siempre y cuando el Banco Central puede tener acceso a información crediticia agregada en poder y bajo custodia de la Sugef, que no incluya datos personales de interés privado, sensibles o cualquier otro que permita la identificación de una persona".
  • Los artículos 16 (párrafo 1°), 65 y 68 de la Ley del Sistema de Estadística Nacional (Ley 9694) "en el sentido que son constitucionales, siempre y cuando a través de las facultades e instrumentos ahí previsto no se pretenda el acceso a datos personales de interés privado, sensibles o cualquier otro que permita la identificación de una persona”.

Adicionalmente, en el recurso de amparo presentado, la ABC solicitó a la Sala Constitucional declarar que "la decisión adoptada por el Banco Central violenta los derechos fundamentales a la autodeterminación informativa, a la intimidad, confidencialidad y reserva mencionados en la Constitución (…) así como todos los derechos fundamentales de las personas que pueden actuarlos a partir de la obtención de un crédito en el sistema bancario (derecho de propiedad, derecho de vivienda, derecho de tránsito o libertad de ir y venir, derecho a la educación, libertad de empresa, derecho a un nivel de vida digno o adecuado y mejora de su calidad de vida)".

El asesor jurídico de la ABC, Mario Gómez Pacheco, señaló que los bancos han ofrecido pleno respaldo a la opción de entregar la información de manera anónima o agregada, y que “esta alternativa no conlleva ningún costo para nuestros clientes y garantiza la protección de su privacidad”, y añadió:

Contrariamente a lo que se ha afirmado, somos los bancos quienes hemos mostrado voluntad de colaboración, sin embargo, es el Banco Central quien ha declinado esta oferta”.

El asesor de la ABC aseguró que, a pesar de las diferentes propuestas de brindar información agregada y anónima, el BCCR ha insistido en obtener los datos con detalles de identificación y sin contar con el consentimiento informado de los clientes. Goméz añadió:

Queremos subrayar que los bancos han sido y continúan siendo colaboradores activos de la institución al proporcionar datos agregados que contribuyen a la creación de diversas estadísticas. Esto se realiza sin necesidad de acceder a información confidencial de los clientes, respetando siempre su privacidad. Nuestra intención es mantener un equilibrio entre la recolección de información necesaria y el resguardo de la confidencialidad de quienes confían en los servicios bancarios”.

Tanto la acción de inconstitucionalidad como el recurso de amparo deberán ser estudiadas por la Presidencia de la Sala Constitucional para definir si serán admitidas a estudio por parte del Tribunal Constitucional.