Por Daniel Cordero – Estudiante de la carrera de Derecho

La vista en los seres humanos permite observar elementos a nuestro alrededor que otras partes del cuerpo —por su naturaleza y función— son incapaces de percibir. Sin embargo, como cualquier otro sentido tiene una serie de limitaciones, como por ejemplo la distancia a la que es posible determinar algún objeto y el tamaño de este. Es también una herramienta que permite distinguir miles de colores e identificar detalles con una precisión y agudeza impresionante.

Si se traslada este modesto ejemplo al ámbito del derecho internacional, será posible encontrar en esta rama un proceso de construcción y evolución constante que ha permitido la configuración de una serie de herramientas que, gracias al consenso de quienes lo construyen e integran, ha llevado a esta rama a colocarse en el centro del espacio de discusión en el escenario internacional, aportando valiosos principios como la no intervención en asuntos internos, la abstención del uso de la fuerza contra la integridad territorial de otro Estado, el arreglo de controversias por mecanismos pacíficos, la obligación de brindar cooperación y la libre autodeterminación de los pueblos.

Formalizados a través del tiempo y discutidos en jurisprudencia y doctrina, estos principios buscan garantizar la paz y la seguridad internacional, y permiten además interpretar conceptos complejos. Ahora bien, al igual que las limitaciones que naturalmente experimenta cualquier ser humano con su vista, el derecho internacional depende también de una sociedad de carácter global que no en todos los casos ha sido capaz de aplicar exigencias éticas a algunos sujetos de derecho.

Lo anterior ha llevado a la crítica por parte de algunos sectores que consideran que el derecho internacional no es más que un ideal filosófico, pues su capacidad para generar consecuencias sobre quienes incumplen con normas internacionales depende de los mismos sujetos que integran el sistema, y en ocasiones el riesgo de tomar una decisión lleva en la práctica a la inacción por parte de actores internacionales, en detrimento de quienes están siendo afectados. No obstante, así como el diseño y los mecanismos para actuar pueden ser limitados, la contribución del derecho internacional es palpable.

Las convenciones internacionales han sido espacios para la adopción de normas de carácter internacional que con el paso de los años se han convertido en costumbre. Históricamente, han servido como el puente entre Estados para negociar acuerdos de paz tras conflictos bélicos, liberar prisioneros de guerra y establecer límites territoriales y marítimos. Desde 1648 con la Paz de Westfalia y hasta la actualidad, representantes de Estados y regiones han asistido y validado una vez más el deseo de paz y seguridad colectiva, plasmados además en tratados internacionales que regulan el comportamiento entre sujetos de derecho internacional.

Sin duda alguna, son los Estados y finalmente cada individuo los beneficiarios primarios de la existencia del derecho internacional. El debido respeto a la aplicación de los principios es un requisito indispensable para una interacción adecuada en el escenario internacional. Las limitaciones existentes no son un impedimento para considerar al derecho internacional como un área práctica. Más bien, debe convertirse en una reflexión que permita analizar el rol de los mismos Estados en lograr su efectividad. La capacidad para distinguir miles de colores e identificar detalles está ahí, depende de un ojo crítico poder lograrlo.

 

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