El Estado de Costa Rica otorgó la primera cédula de identidad a miembros del pueblo indígena ngäbes-buglés bajo el marco de la ley 9710. La persona que la recibió es Leonardo Abrego Castillo de 26 años, peón agrícola, habitante de Sixaola y que llegó al país cuando era un niño de ocho años.
Me sentí legalmente orgulloso, casi me desmayo de lo contento que estaba yo. Antes no tenía libertad, ahora logré tener eso, puedo salir, ya no voy a tener ningún problema”, dijo.
La entrega del documento a una persona indígena transfronteriza, que se llevó a cabo el pasado 21 de junio, fue obra de un trabajo de cerca de 14 años.
Apenas en el 2019 la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Protección del Derecho a la Nacionalidad de la Persona Indígena y Garantía de Integración de la Persona Indígena Transfronteriza (Ley Nº 9710), con lo que se les otorgó pleno derecho a la nacionalidad costarricense a estas personas indígenas.
La coordinadora Red Interinstitucional de Atención al Indígena Transfronterizo, Andrea Pereira Cartín, conversó con Delfino.cr y calificó el avance como histórico para la población indígena.
Pereira Cartín explicó que esta población siempre estuvo sujeta a realizar trámites como cualquier otra persona extranjera, sin reconocerles como un pueblo de indígenas transfronterizos que habitó el territorio mucho antes de la división de fronteras entre Panamá y Costa Rica, situación que les limitaba acceder a la identidad costarricense.
Ha sido una lucha de años para que a ellos se les reconozcan sus derechos, que se les reconozca como pueblo indígena transfronterizo, como un pueblo originario más de Costa Rica. Ha habido un acompañamiento desde la institucionalidad y diversos sectores para que ellos vayan poco a poco obteniendo el reconocimiento”.
El indígena del pueblo Maleku y exasesor del Ministerio de la Presidencia para Asuntos Indígenas, Geyner Blanco Acosta, resaltó que este avance es importante porque reconoce que esta población se movía a través de espacios geográficos, mucho antes del establecimiento de las fronteras actuales.
En enero de 2021 la administración Alvarado Quesada firmó el Decreto Ejecutivo No. 42814-MGP que reglamentó la legislación y reguló el proceso de identificación de esta población.
El reconocimiento a sus derechos, el reconocimiento a gozar de derechos que tienen que ver con la salud, con la educación, con su vivienda, con un ambiente sano, con las tierras, territorios y recursos. Con eso ya se delinean varias acciones que las instituciones deben de realizar para atender a esta población con pertinencia cultural y que viene a estar mediado por la ley”, aseguró Blanco Acosta a este medio de comunicación.
La población ngäbe-buglé, cuya ubicación geográfica se establecía desde el Valle del General en Costa Rica hasta Chiriquí en Panamá, suele realizar movimientos migratorios laborales que van desde el noroeste de Panamá hasta la Zona Sur, Los Santos, Naranjo y Sixaola, principalmente para la ejecución de labores agrícolas como la recolección de café.
Debido al no reconocimiento de sus derechos como nacionales o residentes, estas personas no podían acceder a los derechos y facultades legales propias que cuenta cada residente del país.
Con la regularización de la ley “Protección del derecho a la nacionalidad costarricense de la persona indígena transfronteriza y garantía de integración de la persona indígena transfronteriza”, los entes involucrados esperan combatir la informalidad, a veces aprovechada por patronos. Para Pereira Cartín, el paso dado se puede traducir en acceso a derechos antes limitados en materia de salud y laboral.
Con cédula en mano se va a poder favorecer mucho para poder tener ligamen con las compañías bananeras y disminuir un poco el trabajo informal. No tienen documentos, entonces son contratados por pagos muy básicos. Ahora con la naturalización, la cédula y una condición migratoria regular, consideramos que las condiciones de vida de ellos van a ser más favorables”.
La nueva normativa, entre otras disposiciones, establece que las personas indígenas transfronterizas deberán ser reconocidas como tales en su país de origen o por una asociación indígena debidamente inscrita y podrán ser regularizadas como residentes temporales o permanentes. Para este registro deberán presentar una serie de documentos y certificaciones ante la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).
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La vigencia del documento de acreditación migratoria de esta población se otorgará por un periodo de dos años, prorrogable por períodos iguales.
Al respecto, Blanco Acosta enfatizó en que el avance coloca a Costa Rica como un ejemplo a seguir en la materia.
No se han identificado ejemplos similares en otros países. Por ejemplo, con una ley que nace de una Asamblea Legislativa que fue consultada mediante el mecanismo general de consulta”.
Además, esta normativa reforma el Decreto Ejecutivo No 37112 con respecto al tratamiento a las personas indígenas extranjeras, quienes podrían optar por las categorías de residente temporal, residente permanente, trabajador temporal o estudiante, si cumplen con los requisitos establecidos.
El tema de pagar grandes costos siempre fue la gran limitación para acceder a la documentación migratoria. Los requisitos que se pedían eran como cualquier otro extranjero y no se les reconocía ni como indígenas, ni como transfronterizos , sino como cualquier otro extranjero”, indicó Pereira Cartín.
El experto destacó el hecho de que en el proceso de construcción tuvo participación activa el pueblo indígena ngäbe-buglé y emitieron criterios para establecer su posición de acuerdo a la ley. Destacó el hecho de respetar todos los lineamientos de consulta, inclusive en los momentos donde la pandemia por COVID-19 mantenía la incertidumbre en el país.
Esta ley y el proceso como tal refleja el consenso entre el pueblo ngabe y el Estado costarricense de cómo asumir sus derechos, de cómo llevarlos a la práctica, de cómo esto pueda ser implementado, de la mejor forma”.
El reconocimiento fue posible gracias a la coordinación interinstitucional con la Asamblea Legislativa de Costa Rica, el Tribunal Supremo de Elecciones, la Dirección General de Migración y Extranjería, la Caja Costarricense de Seguro Social, la Unidad Técnica de Consulta Indígena y la Red Interinstitucional de Atención al Indígena Transfronterizo, bajo la coordinación del Viceministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano.