La Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera de la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, en segundo debate, una reforma al Código Municipal que pretende erradicar una de las muchas formas de violencia política ejercidas por alcaldes en perjuicio de las vicealcaldías: no asignarle funciones.
Dato D+: Las tres comisiones plenas que existen en el Congreso están integradas por 19 diputados cada una y tienen la potestad de aprobar proyectos de ley en primer y segundo debate, tal y como ocurre en el Plenario, aunque con algunos temas vedados que requieren la atención exclusiva del Pleno.
Se trata del expediente 21.790 presentado por la diputada oficialista Nielsen Pérez, la independiente Shirley Díaz, la oficialista Catalina Montero y el frenteamplista José María Villalta, en febrero del 2020.
A la fecha en que los diputados plantearon la iniciativa de ley, en el caso de las vicealcaldías ocupadas por mujeres, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) había recibido alrededor de 26 amparos electorales relacionados con las funciones, y más de 14 amparos que reclamaban impedimento o entorpecimiento en el ejercicio de su función.
Por ejemplo, en 2011 el TSE sancionó una denuncia de una vicealcaldesa quien reclamó que el alcalde solo le había asignado como función pasar lista de asistencia de funcionarios municipales; y en 2012 se sancionó a un alcalde por no asignar funciones administrativas y operativas a su primer vicealcalde.
Para acabar con esos hechos, la reforma aprobada dispone que una vez asumido el cargo, y en el plazo máximo de diez días hábiles, la persona titular de la alcaldía o intendencia deberá precisar y asignar las funciones administrativas y operativas de la primera vicealcaldía o primera viceintendencia, las cuales deberán asignarse de manera formal, precisa, suficiente y oportuna y correspondiente al rango, responsabilidad y jerarquía equiparable a quien ostenta la alcaldía propietaria o intendencia.
Esas funciones deberán ser establecidas mediante acto administrativo escrito y debidamente motivado. Su contenido deberá definir el alcance y límite de las funciones asignadas y deberá ser publicado en el diario oficial La Gaceta para su eficacia, previa comunicación al concejo municipal y a las dependencias de la corporación. En caso de revocatoria o modificación del acto, se exigirá para su validez la expresión de las causas, los motivos y circunstancias que la justifican y se acompañará la documentación de respaldo.
Además, deberán ser incorporadas en el Plan de Desarrollo Municipal y en el programa de gobierno que debe presentar ante la ciudadanía y ante el concejo municipal, antes de entrar en posesión del cargo.
Asimismo, el alcalde deberá incluir en su rendición de cuentas el informe de las acciones desarrolladas por la vicealcaldía primera o viceintendencia primera y ratificar por escrito las funciones asignadas a dicho cargo, e informarlo al concejo municipal. De igual forma, deberá procederse si se realiza cualquier cambio en la asignación de las funciones.
Finalmente, se establece que la persona titular de la alcaldía o intendencia está obligada a asignarle a la primera vicealcaldía o viceintendencia primera un espacio físico adecuado y los recursos humanos y financieros necesarios, según las capacidades del presupuesto del gobierno municipal y en proporción a las funciones asignadas, para que estas puedan ser desarrolladas y no existan obstáculos en el ejercicio de sus funciones.
La iniciativa recibió 13 votos a favor y 1 en contra, este último correspondiente al diputado Pedro Muñoz Fonseca del PUSC, por lo que pasa al Poder Ejecutivo para su sanción como Ley de la República.
La medida también beneficiará a los actuales segundos al mando de las alcaldías e intendencias, pues el titular tendrá 10 días para asignar las funciones y equipamiento en los términos señalados en la norma.
Breves
— La Comisión de Turismo dictaminó afirmativamente el expediente 22.118 "Ley para la promoción de la inversión turística en Costa Rica" y rechazó el expediente 22.041 "Ley de financiamiento para las Mypimes afectadas por la emergencia del COVID-19".
— La Comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo dictaminó afirmativamente el expediente 22.385 "Autorización al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Esparza para donar el inmueble 6-127314-000 a la Municipalidad de Esparza para reunir con la finca 6-118666-000 propiedad de la Municipalidad de Esparza, para ampliar el área del polideportivo Hugo Carranza", el expediente 22.403 "Autorización a la Municipalidad de Pérez Zeledón para donar los terrenos segregados de su finca folio real 1-484678 a personas físicas" y el expediente 22.818 "Autorización al Instituto Tecnológico de Costa Rica para que done un inmueble de su propiedad a la Asociación Desarrollo Comunal de Pueblo Nuevo".
— La Comisión de Asuntos Jurídicos aprobó una moción de revisión sobre la votación negativa recaída ayer en el expediente 22.460 "Adición de un inciso d) al artículo 31 de la Ley N° 7594, Codigo Procesal Penal, del 10 de abril de 1996 y sus reformas, para que los delitos de corrupción no prescriban en treinta años" y lo dictaminó afirmativamente. Lo mismo ocurrió con el expediente 21.770 "Ley para mitigar los accidentes de tránsito de motociclistas".
— La Comisión de Asuntos Hacendarios rechazó el expediente 22.166 "Ley para la Inclusión de la Renta Mundial en el Sistema Tributario Costarricense".
— La Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera aprobó en segundo debate el expediente 22.232 "Declaratoria del Conservatorio de Castella como Institución Benemérita de la Educación Costarricense", el expediente 22.115 "Declaratoria de Interés Público y Promoción de la Enseñanza del Ajedrez en el Sistema Educativo Costarricense", el expediente 20.920 "Reforma del artículo 79 inciso h) de la Ley General de Policía", el expediente 21.766 "Ley que declara de interés público el desarrollo turístico del distrito de Carara del cantón de Turrubares" y el expediente 21.790 "Adición del artículo 14 bis al Código Municipal, Ley 7794. Fortalecimiento de las vicealcaldías municipales".
— La Comisión con Potestad Legislativa Plena Segunda aprobó en segundo debate el expediente 21.566 "Reforma del artículo 196 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Seguridad Vial, Ley 9078", el expediente 22.394 "Ley para reformar el articulo 5 de la Ley 8454, Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos del 30 de agosto del 2005 y el articulo 183 de la Ley 7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores del 17 de diciembre de 1997", el expediente 22.450 "Exoneración de pago para la publicación de los reglamentos de los Comités Cantonales de la Persona Joven, Comisión Permanente del Concejo Municipal en el Diario Oficial La Gaceta", el expediente 22.448 "Reformas y adiciones a varios artículos de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Ley N° 7935", el expediente 22.807 "Ley para declarar el último jueves de Noviembre como el Día de Acción de Gracias en Costa Rica" y el expediente 22.525 "Ley que regula el uso del Pabellón y la Bandera Nacional". Mientras tanto, aprobó en primer debate el expediente 20.977 "Ley Orgánica del Colegio de Optometristas de Costa Rica".
— La Comisión con Potestad Legislativa Plena Tercera aprobó en segundo debate el expediente 22.579 "Autorización de donación de bien inmueble ubicado en Tierra Blanca de Cartago, propiedad del Instituto Nacional de Seguros a favor del Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para desarrollar proyectos productivos" y el expediente 20.713 "Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Ciencias del Movimiento Humano de Costa Rica".





