Asamblea

Educación Ciudadana y Control Político

Expediente 20713

Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Ciencias del Movimiento Humano de Costa Rica

Propósito del Proyecto

Crea el Colegio de Profesionales en Ciencias del Movimiento Humano de Costa Rica. Serán miembros del Colegio todos los profesionales en ciencias del movimiento humano debidamente incorporados a este, con arreglo a las disposiciones de la presente ley. Sin la previa incorporación al Colegio, nadie podrá ejercer en Costa Rica la profesión en ciencias del movimiento humano, ni sus especialidades. El profesional es la persona que cuenta con una titulación mínima de bachillerato universitario en ciencias del movimiento humano o sus especialidades.

Firma Principal

Asamblea 2014-2018

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