Por Kenneth Cubillo Vargas - Estudiante de la carrera de Psicología

¡Estoy embarazada! o ¡estamos embrazados!, ¿cuál de las dos considerás que es la expresión correcta? Desde los nuevos enfoques de la salud y la medicina, principalmente del área de la ginecología y la obstetricia, se diría que la segunda; sin embargo, desde un punto de vista hermenéutico va a depender de cada persona. Para nadie es un secreto que desde tiempo atrás el tema del aborto ha causado grandes discusiones y dilemas éticos que cruzan desde los aspectos religiosos, hasta los políticos, culturales y personales. Sea cual sea la índole, hay aristas que son fundamentales de abordar como lo son discutir aspectos de derechos sexuales y derechos reproductivos, las distintas conceptualizaciones de aborto existentes y la legislación escrita a bordo de esta temática.

En la decisión de efectuarse un aborto ¿quiénes deben tener voz y voto para tomar tal decisión? El Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) en el 2008, empezó a dar una visualización del avance y evolución de los derechos humanos con la incorporación de la perspectiva de género dentro de estos y con un enfoque más amplio que daba mayor valor a los derechos sexuales y derechos reproductivos. Como aspecto aún más relevante para el tema que atañe este artículo, resalta que en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se ratificó que
los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coerción, discriminación y la violencia (IIDH, 2008, p. 23-24).
Derechos sexuales y reproductivos existen muchos más, pero en la anterior cita está la premisa más importante en torno al empoderamiento que se le da a la mujer y su derecho a decidir sobre su propio cuerpo —incluso si de abortar o no se trata—.

El aborto es un tema complejo per se, hay que saber conceptualizarlo para también tener un escenario más claro, ya que no todos los casos son iguales aunque el fondo de la premisa sea la misma, ¿puede tener voz y voto alguien más que la propia mujer en la toma de la decisión de abortar? El Ministerio de Salud de Costa Rica (s. f.) propone una clasificación de los tres principales tipos de abortos entre los que se encuentran: el espontáneo, el provocado y el terapéutico. El primero se da cuando antes de la semana 24, por alguna razón fisiológica, el feto no tiene un desarrollo adecuado y se da la pérdida; el segundo es cuando, con base en cualquier fundamento que lo motive, la mujer toma la decisión de finalizar su embarazo; y el tercero es cuando debido a alguna afectación de salud física o mental que ponga en riesgo la vida de la madre o el feto, se decide ponerle fin a la gestación. Para que un embarazo se produzca, debe haber una fecundación del óvulo que se da únicamente a través del aporte del espermatozoide, razón por la que muchos dicen que el padre también debería tener voz y voto en la decisión de si la mujer debe proceder con la finalización de su embarazo, pero al final es el cuerpo de la mujer la que lleva todo este proceso y como tal debería ser su decisión.

Se sabe que debido a una característica cultural, la voz de la mujer en un sistema patriarcal y de salud androcéntrico ha sido silenciada muchas veces. A lo largo de la historia se ha intentado mejorar esta situación, por ejemplo con la Conferencia Mundial de Derechos Humanos que se llevó a cabo en 1993 en Viena, la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo del Cairo en 1994, y la Conferencia Mundial sobre la Mujer que tuvo lugar en Beijing en 1995 (Pérez D’Gregorio, 2014). En Costa Rica, desde 1970, el Código Penal, en su artículo 121, establece que
no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y este no ha podido ser evitado por otros medios (Asamblea Legislativa Costa Rica, 1970).

En la cita anterior se resalta una vez más, que la decisión es siempre responsabilidad de la mujer.

No cabe duda de que pese a la controversia respecto al tema y a los componentes sociales, culturales, políticos y religiosos mencionados que tienen juego sobre la decisión de un aborto, la mujer es la actriz primaria del proceso y debería ser sobre quien recaiga la decisión. Si bien es cierto que la pareja tiene un rol fundamental en la procreación, es el cuerpo de la mujer el que experimenta todos los cambios fisiológicos y psicológicos que esto implica y sea una razón de salud o no la que motive el pensar ponerle fin a un embarazo, debería primar la idea de que para la mujer, es su cuerpo y por lo tanto es su decisión.

 

MOXIE es el Canal de ULACIT (www.ulacit.ac.cr), producido por y para los estudiantes universitarios, en alianza con el medio periodístico independiente Delfino.cr, con el propósito de brindarles un espacio para generar y difundir sus ideas.  Se llama Moxie - que en inglés urbano significa tener la capacidad de enfrentar las dificultades con inteligencia, audacia y valentía - en honor a nuestros alumnos, cuyo “moxie” los caracteriza.

Referencias bibliográficas:
  • Asamblea Legislativa Costa Rica. (1970). Código Penal. Ley N.° 4573. http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=5027&nValor3=96389&strTipM=TC
  • Instituto Interamericano de Derechos Humanos. (2008). Los derechos reproductivos son derechos humanos. ASDI. Suecia.
  • Ministerio de Salud de Costa Rica. (s. f). El aborto. Departamento educación para la salud. Costa Rica.
  • Pérez D’Gregorio, R. (2014). Derechos sexuales y reproductivos. Revista de Obstetricia y Ginecología de Venezuela, 74(2), 73-77. http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0048-77322014000200001&lng=es&tlng=es.