El Concejo Municipal del cantón central de Puntarenas aprobó una moción en la que declara “no grato” al presidente Carlos Alvarado Quesada tras el veto a la pesca de arrastre.
Este acuerdo fue tomado porque, según los representantes de diversos partidos en el Concejo, Alvarado les mintió cuando dijo que iba a ser respetuoso frente al criterio de la Sala Constitucional con respecto al proyecto de "Ley para el desarrollo y aprovechamiento sostenible del camarón en Costa Rica"
Según expuso el regidor Carlos Andrés Robles a Radio Puerto TV, el Poder Ejecutivo ve a los puntarenenses como ciudadanos de segunda categoría.
Por otro lado, el presidente del Concejo Municipal, Luis Gerardo López, aseguró que Carlos Alvarado pasará a la historia como el mandatario que “se esconde del pueblo”.
El pasado 30 de octubre, el presidente Carlos Alvarado Quesada vetó totalmente el decreto legislativo que pretendía legalizar nuevamente la pesca de arrastre en el país. Posterior a este hecho, el mandatario comentó:
En ejercicio de mis potestades constitucionales, y por mi deber de promover el bien común y asegurar el equilibrio entre la actividad productiva y la sostenibilidad, y además, en cumplimiento de mi palabra, hoy he vetado totalmente el decreto legislativo número 9909, por razones de conveniencia y oportunidad"
Este proyecto fue aprobado en segundo debate el pasado 22 de octubre y buscaba otorgarle el plazo de un año a Incopesca para que cuente con los estudios científicos y técnicos necesarios que permitan concluir que la pesca de arrastre es sostenible ambientalmente y por ende, extender las licencias según los lineamientos que la institución defina reglamentariamente.
La Constitución Política costarricense en su artículo 125, establece que si el Poder Ejecutivo no aprobase un proyecto de ley votado por la Asamblea, este tiene la facultad de vetarlo y devolverlo a los diputados con las objeciones pertinentes para resellarlo o descartarlo.
Para que el resello se dé, 38 legisladores deberán aprobar “pasarle por encima” a este veto presidencial. Cuando una ley es resellada se convierte en ley con las firmas del directorio legislativo y no requiere las firmas del Poder Ejecutivo.
¿Es constitucional que un cantón declare al Presidente "non grato"?
Según una sentencia de la Sala Constitucional en 2019, no hay norma que habilite a las municipalidades a declarar a una persona non grata (sanción material, por ser inexistente en el ordenamiento jurídico). Por ende, las municipalidades no pueden declarar a una persona non grata.
Aunado a ello, la Sala estima que la declaración de una persona “non grata” constituye en el fondo una amenaza a sus derechos fundamentales, pues ello implica amedrentarlo para limitar el ejercicio de otros derechos, tales como la libertad de expresión, el disfrute del ambiente, su imagen, etc.