El plazo para pagar el Impuesto a las Personas Jurídicas correspondiente al periodo fiscal del 2019 vencerá el próximo 31 de enero, según advirtió este miércoles el Ministerio de Hacienda.

El tributo debe ser pagado por todas las sociedades mercantiles, sucursales de una sociedad extranjera o su representante, empresas individuales de responsabilidad limitada, casas extranjeras, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, en comandita o colectivas, así como empresas individuales de responsabilidad limitada.

Las únicas exoneradas del pago de este impuesto son las micro y pequeñas empresas inscritas como tales en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), así como los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

Hacienda explicó el cálculo del impuesto es hecho automáticamente por la Dirección General de Tributación, según el tipo de contribuyente, por lo que el pago se puede realizar mediante la página web de los bancos o directamente en las ventanillas con solo indicar el número de identificación de la persona jurídica.

Las tarifas del impuesto para este año son:

  • Impuesto de 66.930 colones (15% de un salario base) para: 
    • Sociedades no inscritas en Tributación como contribuyentes del Impuesto sobre la Renta.
    • Sociedades que se constituyan o inscriban en el transcurso del periodo fiscal en el Registro Nacional.
    • Sociedades declarantes - no contribuyentes en el impuesto sobre la renta.
  • Impuesto de 111.550 colones (25% de un salario base) para: 
    • Sociedades inscritas en el Régimen de Tributación Simplificada.
    • Sociedades inscritas como contribuyentes del impuesto sobre la renta, que declaran ingresos brutos (casilla N°35) en cero o sin actividad.
    • Sociedades que hayan declarado ingresos brutos menores a 120 salarios base, en el impuesto sobre la renta del periodo fiscal anterior.
  • Impuesto de 133.860 colones (30% de un salario base) para:
    • Sociedades que hayan declarado ingresos brutos entre 120 y menor a 280 salarios base, en el impuesto sobre la renta del periodo fiscal anterior.
  • Impuesto de 223.100 colones (50% de un salario base) para:
    • Sociedades que hayan declarado ingresos brutos equivalentes a 280 salarios base o más, en el impuesto sobre la renta del periodo fiscal anterior.

Hacienda advirtió que sociedades que incumplan con el pago de este impuesto se exponen al cobro de intereses y mora, e incluso podría aplicarse la disolución de la sociedad en caso de no pagar el impuesto durante tres periodos consecutivos.

Los recursos obtenidos por el Impuesto a las Personas Jurídicas se destinan al Ministerio de Seguridad Pública, al Ministerio de Justicia y Paz y al Organismo de Investigación Judicial.