Por ser una huelga en un servicio esencial y en contra de acciones ajenas al patrón, el juez Arnoldo Álvarez Desanti (hermano de Antonio Álvarez Desanti) del Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José declaró que la huelga sindical sostenida en el Consejo Nacional de la Producción (CNP) es ilegal.
Así consta en el Sistema de Gestión en Línea del Poder Judicial, cuyo sitio web indica que la sentencia fue emitida ayer pasadas las 5:00 p.m. Delfino.cr tiene copia de esa sentencia.
Álvarez declaró "con lugar" la solicitud de declaratoria de ilegalidad de la huelga que presentó la institución, bajo el expediente 18-002087-0173-LA, desde el pasado 12 de septiembre.
"La huelga que nos ocupa es ilegal, por cuanto el supuesto de hecho no permite la protesta. Es un movimiento a nivel nacional, que reprocha un proyecto de legislación, y esto no está incluído dentro la relación obrero patronal. Es imposible que el CNP, agrade a sus trabajadores, aún estando de acuerdo, ya que la institución no puede obligar al Ejecutivo, ni a la Asamblea, de legislar de una manera u otra, o de proponer leyes de distinto tipo", estimó el juez.
"La huelga está diseñada para resolver problemas entre patronos y trabajadores, y este no es el caso".
Álvarez insistió en que este es un tema de carácter nacional que involucra muchos actores y por ende, no pueden los sindicalistas aprovechar la desaveniencia para protestar contra su patrono.
"Quieren marchar, que lo hagan. Quieren protestar, que lo hagan. Pero esta situación de hecho no es una huelga, desde el punto de vista del derecho laboral, y por ende es ilegal, y no puede llevarse a cabo dentro del horario de trabajo", sentenció.
Una vez la resolución de ilegalidad haya sido notificada, los trabajadores del CNP en huelga tendrán máximo 24 horas para regresar a sus puestos de trabajo, pues de lo contrario podrán ser despedidos sin responsabilidad patronal. Asimismo, el Estado podrá rebajar el salario de los funcionarios huelguistas por los días en los que estos se alejaron de sus funciones.
Esta es la primera resolución de ilegalidad de la huelga sindical indefinida que cumplió este sábado 13 días consecutivos.
En total, más de 30 instituciones presentaron solicitudes de declaratoria de ilegalidad del movimiento, por considerar que este no se apega a lo dispuesto por el Código de Trabajo.
Desde la promulgación de la Reforma Procesal Laboral, las reglas para las huelgas en Costa Rica cambiaron. Se deben cumplir una serie de requisitos al pie de la letra, pues de lo contrario, el movimiento sería declarado ilegal.
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