El tribunal concluyó que, pese a las acciones ejecutadas por distintas instituciones, la contaminación persiste y todavía no existe una solución definitiva al problema.
La Sala Constitucional acogió por segunda vez una gestión de desobediencia relacionada con el cumplimiento de las órdenes emitidas en 2023 para atender la contaminación de fuentes de agua con metabolitos del fungicida clorotalonil en la zona norte de Cartago.
La resolución N.° 2026036007, correspondiente al expediente 22-026649-0007-CO y dictada el 23 de setiembre, responde a una gestión presentada por los activistas Fabián Pacheco Rodríguez y Ana María Montenegro Portuguez contra el Ministerio de Salud, el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y la ASADA de Santa Rosa de Oreamuno.
La sentencia original, N.° 2023-013384, de junio de 2023, ordenó al Ministerio de Salud coordinar con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y el AyA para adoptar y ejecutar, en un plazo de seis meses, las recomendaciones del denominado Informe Técnico Clorotalonil. También ordenó al AyA y a la ASADA de Santa Rosa garantizar agua potable mediante medios alternativos, sin utilizar fuentes contaminadas hasta que pudiera restablecerse el servicio sin comprometer la seguridad y la salud de la población.
La Sala ya había acogido una primera gestión de desobediencia en 2025 y reiteró entonces las obligaciones a las autoridades responsables, junto con la advertencia de eventuales consecuencias administrativas y penales si posteriormente se acreditaba una nueva desobediencia.
Sala señala que contaminación persiste
En esta segunda resolución, los magistrados reconocieron que las instituciones efectuaron acciones de coordinación, muestreo y vigilancia, emitieron órdenes sanitarias, mantuvieron mecanismos de abastecimiento alternativo y prepararon instrumentos de trabajo interinstitucional. Concluyeron, sin embargo, que esas actuaciones todavía no representan un cumplimiento integral de lo ordenado y que persisten medidas pendientes de seguimiento, control, implementación y verificación.
La Sala señaló:
Aún persiste la problemática objeto del recurso de amparo, sea la contaminación en las fuentes de agua que abastece a la comunidad, pese a la prohibición del uso del agroquímico, lo que implica una deficiente vigilancia por parte de las autoridades competentes”.
El tribunal recalcó además que han transcurrido más de dos años y medio desde el vencimiento del plazo otorgado para ejecutar las medidas ordenadas en la sentencia de 2023 “sin que se haya implementado una solución definitiva”, por lo que reiteró la obligación de cumplir las órdenes originales.
La Sala reiteró la orden al ministro de Salud, Alexander Sánchez Cabo; al director del Área Rectora de Salud de Oreamuno, Óscar Eduardo Rodríguez González; al gerente general del AyA, José Darío Guzmán Álvarez; y al presidente de la ASADA de Santa Rosa de Oreamuno, José Sánchez Redondo, o a quienes ocupen esos cargos, para que ejecuten las recomendaciones pendientes y garanticen un suministro seguro de agua.
El tribunal advirtió que, si vuelve a acreditarse una desobediencia, podrá ordenar la apertura de un procedimiento administrativo y remitir piezas al Ministerio Público por una eventual comisión del delito de desobediencia.
Frente EcoCipreses reclama medidas en las nacientes
Tras conocer la resolución, el Frente EcoCipreses calificó el fallo como un nuevo respaldo a sus gestiones y reclamó acelerar las acciones para proteger físicamente las nacientes. La organización sostiene que todavía existen captaciones donde no se respetan las zonas de protección y cuestiona que el Laboratorio Nacional de Aguas dependa de laboratorios externos para analizar los metabolitos del clorotalonil.
Según lo recogido en el expediente, entre los elementos considerados para la protección de las nacientes figuran un área de protección de 100 metros y una reserva de dominio de 200 metros. También consta que una mesa interinstitucional aprobó en julio de 2026 un plan para identificar, delimitar y atender eventuales invasiones en esas zonas, con inspecciones, medidas posteriores y seguimiento durante cuatro años.
Tras conocer el fallo, Pacheco señaló:
Vale resaltar la importancia de la separación de poderes cuando estamos defendiendo el agua de consumo humano de la desidia institucional […] y pareciera que es a punta de recursos de amparo que se logra que el Estado Social de Derecho funcione en favor del ambiente y la gente”.
Montenegro también manifestó preocupación por una posible suspensión del abastecimiento mediante camiones cisterna y señaló que el Frente solicitó al AyA aclarar por escrito si pretende dejar de brindar ese servicio. No obstante, la resolución indica que, al momento de rendir sus informes al tribunal, el AyA afirmó que mantenía el abastecimiento mediante camión cisterna mientras no se cumpliera el criterio técnico necesario para rehabilitar la naciente Benjamín.
El Frente EcoCipreses anunció que continuará utilizando vías legales y acciones sociales para exigir monitoreo de los metabolitos, protección de las nacientes y medidas para reducir la contaminación de las fuentes de agua de la zona norte de Cartago.
