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Congreso aprueba por unanimidad reforma para investigar denuncias por violencia política contra diputadas

El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad este lunes una reforma al procedimiento para investigar y sancionar las denuncias por violencia contra las mujeres en la política que se presenten entre diputaciones. El acuerdo modifica las reglas para conformar las comisiones investigadoras, les otorga facultades para dictar medidas cautelares y establece nuevos plazos para tramitar los expedientes.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 25.862, fue presentada el pasado viernes por la presidenta del Congreso, Yara Jiménez Fallas, junto con las cinco jefaturas de fracción. Su propósito es modificar el reglamento aprobado en febrero de 2024 para aplicar la Ley 10.235, que establece mecanismos de prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres en la política.

Uno de los cambios centrales elimina la necesidad de someter al plenario una moción para conformar cada comisión investigadora. En adelante, la presidencia legislativa deberá solicitar a las jefaturas de fracción que designen directamente a sus representantes, cuyos nombramientos tendrán carácter vinculante, salvo cuando exista alguna de las excepciones previstas en el reglamento.

Cada fracción tendrá representación en la comisión especial, que deberá contar con un número impar de integrantes y respetar las nuevas reglas de paridad y alternancia de género. La reforma también establece mecanismos de sustitución cuando alguna de las partes involucradas pertenezca a una fracción unipersonal.

Las comisiones tendrán la responsabilidad de recibir las denuncias, escuchar a las partes, examinar las pruebas y elaborar un informe con las conclusiones y recomendaciones correspondientes. La potestad de determinar la responsabilidad de una diputación e imponer una sanción continuará en manos del plenario legislativo.

Otra modificación permite que las comisiones investigadoras ordenen directamente medidas cautelares para proteger a la persona denunciante, sin necesidad de obtener previamente la aprobación del plenario. Estas medidas podrán impedir que la persona denunciada perturbe a la afectada o interfiera en el ejercicio de sus derechos políticos, siempre que no restrinjan sus funciones constitucionales como diputación.

La reforma establece que las comisiones dispondrán de tres meses, contados desde su instalación, para presentar sus informes. Este plazo será ordenatorio, por lo que su vencimiento no impedirá necesariamente que continúen las actuaciones.

El cambio resulta relevante porque la Ley 10.235 establece un plazo ordenatorio de tres meses para resolver el procedimiento, incluida la decisión final. En contraste, el nuevo reglamento reserva ese período para el trabajo de la comisión y contempla actuaciones posteriores ante el plenario.

Una vez concluida la investigación, la comisión deberá remitir su informe a la Secretaría del Directorio Legislativo. La presidencia del Congreso tendrá que programar su conocimiento y el plenario deberá votarlo en la misma sesión en que comience su discusión, bajo las condiciones establecidas en la reforma.

La sanción continuará siendo una amonestación ética pública, que deberá registrarse ante el Tribunal Supremo de Elecciones una vez que adquiera firmeza. La información sobre las sanciones, incluida la identidad de las personas sancionadas, será pública, mientras que los datos personales y sensibles de las víctimas deberán mantenerse protegidos.

La reforma también establece que las denuncias presentadas antes de su entrada en vigor continuarán su tramitación bajo las nuevas disposiciones, independientemente de la etapa en la que se encuentren. No obstante, deberán respetarse las actuaciones procesales válidamente realizadas y se conservará la integración de las comisiones constituidas conforme a la normativa anterior.

Según la disposición final del acuerdo, las nuevas reglas comenzarán a regir a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Breves

Debido a razones técnicas, las votaciones realizadas este lunes aún no han sido subidas a nuestra plataforma Asamblea. Los enlaces serán incorporados una vez solucionemos ese inconveniente.

— Con 49 votos a favor y 0 en contra se aprobó "felicitar al señor Luiz Inácio Lula da Silva por su elección como presidente de la República Federativa del Brasil para el periodo 2027-2031, y expresarle los mejores deseos en el ejercicio de sus responsabilidades al frente del Gobierno brasileño. Que esta Asamblea Legislativa espera fervientemente que el Presidente Lula tenga un mandato exitoso que beneficie a todo el pueblo brasileño y aporte al bienestar de América Latina".

— Con 27 votos a favor y 19 en contra se aprobó "que la Asamblea Legislativa rechace categóricamente las expresiones vertidas por el diputado José María Villalta Flórez-Estrada contra la diputada Marta Eugenia Esquivel Rodríguez durante la sesión plenaria ordinaria N.° 82, celebrada el 19 de octubre de 2026, así como las manifestaciones posteriores realizadas en la sesión ordinaria N.° 11 de la Comisión de Derechos Humanos del 20 de octubre de 2026, por cuanto trascendieron la crítica argumentativa e incluyeron cuestionamientos personales relacionados con los conocimientos y la trayectoria profesional de la diputada, y descalificaron a quienes cuestionaron su intervención".

— Con 22 votos a favor y 28 en contra se rechazó "que la Asamblea Legislativa prohíba el uso del Salón de Expresidentes y Expresidentas de la República para la realización, organización, patrocinio o grabación de actividades, eventos o contenidos dirigidos a la promoción de intereses privados, o a la publicidad, exhibición, distribución, degustación o venta de productos o servicios de empresas o marcas con fines de lucro".

Proyectos dictaminados

— La bancada oficialista en la Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictaminó afirmativamente el expediente 25.616 "Ley mano firme ante la reincidencia delictiva".

Leyes publicadas

Este lunes no se publicaron nuevas leyes en La Gaceta.