La medida es provisional y se mantendrá mientras se tramita el proceso judicial, salvo que el tribunal disponga otra cosa. Semanas atrás, la Sala IV ordenó al Minae emitir el plan de manejo del humedal tras 32 años sin ese instrumento.
El Tribunal Contencioso Administrativo ordenó suspender temporalmente el ingreso de vehículos y visitantes al área directa e indirecta asociada al Humedal Marino Playa Blanca, en Punta Leona, mientras se tramita un proceso relacionado con la protección del ecosistema y la determinación de su capacidad de carga.
La decisión corresponde a una medida cautelar provisionalísima dictada este 23 de septiembre dentro del expediente 26-005309-1027-CA, promovido por el abogado ambientalista Walter Brenes Soto contra el Estado y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac).
La medida no constituye una resolución definitiva sobre el fondo del proceso. El tribunal otorgó tres días a las partes demandadas para responder por escrito la solicitud cautelar y aportar las pruebas que consideren pertinentes.
En su solicitud cautelar, Brenes argumentó que las autoridades todavía no cuentan con el Plan General de Manejo del Humedal Marino Playa Blanca, pese a que el área fue declarada silvestre protegida en 1994. También alegó que no existe un estudio de capacidad de carga que determine cuántas personas y vehículos pueden ingresar directa o indirectamente al ecosistema sin comprometer su conservación.
El juez Víctor Orozco Solano consideró que la solicitud reunía condiciones de “necesidad y extrema urgencia” ante una eventual afectación del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
La resolución invoca además los principios preventivo, precautorio, in dubio pro natura, progresividad y objetivación de la tutela ambiental para justificar la adopción de la medida temporal.
La orden establece que el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y el Sinac deberán determinar, mediante un estudio científico de capacidad de carga que forme parte del proceso de elaboración del plan de manejo, las condiciones, límites y modalidades bajo las cuales podría desarrollarse la visitación del humedal.
Sala IV ya había ordenado elaborar el plan de manejo
La medida del Tribunal Contencioso Administrativo se produce semanas después de que la Sala Constitucional ordenara al Minae y al Sinac emitir, en un plazo máximo de 12 meses, el Plan General de Manejo del Humedal Marino Playa Blanca.
El humedal fue creado mediante decreto ejecutivo en 1994 y, 32 años después, continúa sin un plan de manejo aprobado y vigente.
Durante aquel proceso, el Sinac informó que en una inspección realizada el 22 de julio no observó una visitación turística significativa dentro del humedal y señaló que el desarrollo urbanístico se encuentra fuera de sus límites oficiales. La institución reconoció, sin embargo, que la elaboración del plan permitiría analizar y mitigar posibles impactos indirectos provenientes del entorno.
Brenes ha relacionado sus acciones judiciales con el aumento de visitantes que, a su criterio, se produjo después de la apertura del acceso a Playa Blanca.
La suspensión ordenada este miércoles se mantendrá hasta que el tribunal dicte sentencia en el proceso correspondiente o disponga otra cosa.
