El Minae, a través del Sinac, advierte que la extracción, tenencia y comercialización de fauna silvestre está prohibida por ley.
El Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), por medio del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), reiteró a la población que la extracción, tenencia, comercialización y regalo de animales silvestres está prohibida en Costa Rica. Esta práctica representa una amenaza directa para la fauna nacional y constituye un delito sancionado por la legislación vigente.
De acuerdo con la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, en sus artículos 1, 22, 78 y concordantes, “la vida silvestre del país es patrimonio del Estado y su aprovechamiento solo puede darse bajo regulaciones estrictas [... ] Se prohíbe la tenencia de animales silvestres como mascotas, así como su captura, transporte, venta o intercambio”.
El incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear multas y sanciones penales, que incluso contemplan penas de cárcel dependiendo de la gravedad del caso.
Las autoridades subrayaron que el comercio y regalo de animales silvestres generan consecuencias graves, como el riesgo de extinción de especies por la extracción de individuos de su hábitat natural, el sufrimiento animal debido a las malas condiciones de cautiverio, y los peligros para la salud humana por enfermedades zoonóticas.
Cada acto de regalar o recibir un animal silvestre contribuye al tráfico ilegal de especies y a la pérdida de biodiversidad. En palabras del Sinac, “en Costa Rica defendemos el derecho de la fauna a vivir libre en su hábitat natural”.
Además, invitó a la población a denunciar cualquier caso de comercio o tenencia ilegal de fauna silvestre llamando al 1192, mediante la página web del SITADA o en las oficinas regionales del Sinac.







