El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad en segundo debate el proyecto de ley que da un plazo máximo de dos y cuatro años a las empresas concesionarias del servicio de autobús para que cuenten con pago electrónico en todas sus unidades.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 23.360, recibió los 42 votos a favor de los congresistas presentes y ahora pasará al Poder Ejecutivo para su firma como Ley de la República.

El proyecto consta de un único artículo, que agrega un nuevo inciso g) al artículo 17 de la Ley 3503 denominada "Ley Reguladora de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores".

Dicho nuevo inciso establecería como nueva obligación del empresario de autobús el utilizar el sistema electrónico para cobrar la tarifa en las unidades como opción de pago mediante tarjetas de débito, crédito o prepago y el sistema de pago electrónico que establezca o autorice el Banco Central de Costa Rica (BCCR), de manera que sea accesible, seguro, disponible, continuo y que garantice la confidencialidad de la información.

Asimismo, dicho inciso establecería la obligación de que el empresario suministre a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), la información de todos los pagos electrónicos generados con la recaudación de sus ingresos tarifarios, en las condiciones de forma y tiempo que determine esa institución, a efectos de analizar cambios en las tarifas que pagan los usuarios.

A lo largo de la historia Aresep ha tenido que basarse en datos estimados suministrados por los propios autobuseros sobre la cantidad de personas que movilizan en sus unidades para efectos de actualizar las tarifas, lo que, según los promoventes de esta ley, y de los pagos electrónicos en general, es un incentivo perverso para reportar menos pasajeros, pues eso encarece las tarifas según el modelo actual. 

La obligación de contar con el pago electrónico deberá estar cumplida en un plazo máximo de dos años para las rutas localizadas dentro de la Gran Área Metropolitana (GAM), y de cuatro años para las que se localicen fuera de ella, en ambos casos contados a partir de la entrada en vigencia de la ley.

El Consejo de Transporte Público (CTP) será quién determine cuáles rutas están dentro o fuera de la GAM para efectos de computar el plazo que tendrán las empresas que prestan el servicio para contar con pago electrónico.

Asimismo, la Aresep quedará autorizada a incluir en sus metodologías tarifarias estímulos para que los usuarios utilicen el sistema de pago electrónico.

De conformidad con el artículo 21 de la ley que será reformada, el contar con pago electrónico será requisito para renovar las concesiones.

Breves

Con 44 votos a favor y 2 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 24.427 "Aprobación del Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones III".

Con 42 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 24.550 "Segregación y desafectación de un bien propiedad del Instituto Mixto de Ayuda Social y autorización para su donación a la Asociación Obras del Espíritu Santo".

Con 42 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.323 "Impuestos Municipales del Cantón de Matina".

Con 39 votos a favor y 3 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 24.107 "Creación de la figura de la persona mentora dentro del proceso penal juvenil".

Proyectos dictaminados

— La Comisión de Asuntos Hacendarios rechazó los expedientes 23.763 "Evaluación de incentivos fiscales en el marco de una correcta aplicación de los recursos públicos para contribuir con las finanzas del Estado costarricense" y el expediente 23.807 "Autorización del uso del monto de la recaudación diaria del cobro por participación en el Mercado Cambiario Costarricense".

— La Comisión de Limón dictaminó afirmativamente el expediente 24.536 "Ley que autoriza a la Municipalidad de Talamanca a donar un terreno de su propiedad al Instituto Nacional de Aprendizaje".

Leyes publicadas

Este 28 de enero no se publicaron nuevas leyes en La Gaceta.