Por Ma. Victoria Paniagua Ponce - Estudiante de la carrera de Derecho

Las exoneraciones son instrumentos de política fiscal, que se encuentran establecidas por mandato de ley, mediante las cuales se dispensan del pago a algunas actividades que ya han producido el hecho generador del tributo. Son una forma en la cual los Estados ayudan a beneficiar a ciertos sectores y fomentan la competitividad. Además, atraen inversión extranjera y de esta manera contribuyen a mejorar las condiciones de vida de los sectores más vulnerables. Entre estas exoneraciones están las de “aduanas, la venta sobre mercancías y prestaciones de servicios, la de renta sobre empresas que desarrollen actividades lucrativas, cuando son mercancías que proceden de países que no sean los establecidos en el Convenio Centroamericano sobre la equiparación de gravámenes a la importación, timbres fiscales, las municipalidades, entre otras.” (Vega, 2014). Ahora bien, a pesar de que estas exoneraciones nacen para contribuir con el desarrollo económico del país, lo cierto es que no siempre lo logran, por lo que se deben desarrollar mecanismos de control para garantizar el impacto positivo de las mismas y en consecuencia mantener solo las que demuestran un beneficio.

Con las exoneraciones el Estado interviene en la economía, sea incluyéndolas o eliminándolas, según se considere necesario, para estimular el desarrollo comercial y productivo, generar el crecimiento de la economía, beneficiar a ciertos sectores y mejorar la competitividad. Un ejemplo de ello son los beneficios otorgados por el gobierno costarricense al régimen de zonas francas, por ser base de la estrategia de exportación e importación del país (TMF, 2019). Asimismo, en el año 2018, con la entrada en vigor de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, se crearon nuevas exoneraciones para el Impuesto al Valor Agregado. De hecho, para el año 2022 Costa Rica otorga un 4,15% del producto interno bruto (PIB) en exoneraciones, según el más reciente estudio en esa materia publicado por el Ministerio de Hacienda (Alfaro, 2022). Con todo ello se demuestra que el Estado costarricense ha tenido confianza en este mecanismo para promover el desarrollo del país.

A pesar de lo anterior, no se ha creado un modelo que evalué las exoneraciones que se aplican y que permita determinar si cumplen o no con su objetivo y eliminar aquellas que no lo hagan. Es necesario revisar periódicamente la efectividad de las exoneraciones aplicadas, ya que, de lo contrario, podría estar reduciéndose los ingresos del Estado sin una razón objetiva para ello La carencia de un modelo de evaluación de las exoneraciones dificulta la obtención de información, así como la verificación de su pertinencia. Con un modelo adecuado podría obtenerse un indicador del índice mensual de actividad económica del sector y realizar una comparación con la exoneración que se le realiza para demostrar si es efectiva, si hay mejora en el tiempo de la actividad económica.

Ahora bien, un problema que no puede obviarse es que eliminar una exoneración, aún cuando se haya demostrado que la misma no está funcionando, no es fácil. Al respecto dice Vargas (2021) que “el asunto con la eliminación de exenciones es que las mismas están orientadas a sectores específicos que no permitirían la eliminación de estas”. Efectivamente siempre habrá quien se resistirá a la eliminación de aquello que lo beneficia. Sin embargo, la falta un modelo de evaluación dificulta aún más el poder convencer a determinado grupo el que acepte la eliminación de alguna exoneración. Lo correcto es valorar si los beneficios acarreados por estas exoneraciones superan la eventual recaudación o no, y después tomar la decisión libre de presiones.

En conclusión, la exoneración es un medio legal y positivo para favorecer el crecimiento en la actividad económica y apoyar a la sociedad. No obstante, si estos no están cumpliendo realmente con su función, se convierten en una pérdida de ingresos para el Estado. Por lo tanto, se debe generar un modelo que permita evaluar su efectividad y, posteriormente, eliminar las que no demuestren ser útiles.

 

MOXIE es el Canal de ULACIT (www.ulacit.ac.cr), producido por y para los estudiantes universitarios, en alianza con el medio periodístico independiente Delfino.cr, con el propósito de brindarles un espacio para generar y difundir sus ideas.  Se llama Moxie - que en inglés urbano significa tener la capacidad de enfrentar las dificultades con inteligencia, audacia y valentía - en honor a nuestros alumnos, cuyo “moxie” los caracteriza.

Referencias bibliográficas:
  • Alfaro, J. (2022). Exoneraciones en Costa Rica suman 4,15% del PIB, pero cuáles son y cuánto cuesta cada una. El Financiero. https://www.elfinancierocr.com/economia-y-politica/exoneraciones-en-costa-rica-suman-415-del-pib-pero/P3W7XQXKXVC3FMT3SKMEQ66NEY/story/
  • TMF. (2019). Los acuerdos de libre comercio en Costa Rica son los más avanzados en América Central. Recientemente, se han otorgado más exenciones fiscales para ampliar las atracciones comerciales, pero las compañías deben mantenerse actualizadas con la gran cantidad de regulaciones. https://www.tmf-group.com/es-co/news-insights/articles/2019/november/new-tax-breaks-in-costa-rica/
  • Vargas, A (2021). ¿Es posible eliminar impuestos y reducir las exoneraciones? https://delfino.cr/2021/09/es-posible-eliminar-impuestos-y-reducir-las-exoneraciones
  • Vega, H. (2014). Exoneraciones: ¿Quién se exonera en Costa Rica? Estado de la Nación. https://estadonacion.or.cr/wp-content/uploads/2019/06/Manual_de_base_Exoneraciones-1.pdf