Desde junio del 2022, se modificó el Código de Trabajo para establecer, legalmente, una licencia de paternidad, que se caracteriza por lo siguiente:
- Aplica para las primeras 4 semanas de vida del bebé, no debe confundirse con el primer mes de vida, recordemos que hay meses que tienen más de 4 semanas.
- Son dos días por semana, seguidos o discontinuos, acordados con el patrono.
- La Caja le emite una boleta de incapacidad, que, por el momento, indica “licencia de maternidad” mientras la Caja actualiza sus sistemas de cómputo.
- Se paga igual que la licencia de maternidad, 50% el patrono, 50% la CCSS.
- No aplica para hombres que no reconocen al bebé desde el nacimiento. Tampoco para reconocimientos tardíos ni para los casos en los que el bebé, por cualquier razón (un internamiento, por ejemplo) pasa sus primeras 4 semanas de vida lejos del progenitor.
Lo ideal sería que el papá recibiera esa boleta de incapacidad en el momento en que se le pide la firma del acta de nacimiento del recién nacido. Pero, en la práctica, se ha generado una serie de inconvenientes que, lamentablemente, perjudican a los padres que realmente están interesados en acceder a esta licencia para pasar tiempo con sus hijos.
Los solicitantes rebotan de una oficina a otra porque nadie sabe a quién le toca emitir la boleta. La Caja impone los días en los que tomará la licencia, sin considerar el acuerdo con la empresa. Se les ha exigido presentar una constancia de nacimiento emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, que puede tomar hasta una semana o una declaración jurada. En fin, una serie de requisitos que no están contemplados en la legislación y que toman tiempo para gestionarse.
Para apoyar a esos papás y facilitar el proceso de obtención de la licencia, la empresa puede desarrollar una mini caja de herramientas para ellos que contenga, por ejemplo:
- El procedimiento emitido por la misma CCSS es claro sobre las condiciones de otorgamiento de la licencia, siguiendo las disposiciones de la ley.
- El artículo 11 del reglamento para el otorgamiento de licencias e incapacidades a los beneficiarios del seguro de salud y reforma reglamento del Seguro de Salud el interior del Trabajo, el Seguro, invalidez y muerte, el afiliación, Instructivo pago prestaciones, etc. de la Caja establece que la incapacidad la emite el centro médico al que están adscritos.
- Una carta del patrono donde se indican los días de incapacidad acordados. Idealmente en papel membretado, firmada e indicando persona a contactar en caso de dudas.
- Recordatorio de llevar el acta de nacimiento que se firma en el Hospital para aplicar a la incapacidad. También puede usar la página web del TSE para verificar si el bebé ya está inscrito y/o pedir una constancia de nacimiento.
- Un formato de declaración jurada donde el padre acredita ser el progenitor biológico del recién nacido.
Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio.