Seis de los siete miembros que conforman la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología (CNVE), así como su secretario técnico defendieron la obligatoriedad de la vacunación contra la COVID-19 en un oficio dirigido a la ministra de Salud, Joselyn Chacón Madrigal, en respuesta a la solicitud presidencial y ministerial del "sustento científico-técnico" que llevó a adoptar, meses atrás, la medida.

El informe de 25 páginas, del cual Delfino.cr tiene copia, recuerda a la ministra —en sus primeros folios— que es función dada por ley a la CNVE garantizar la obligatoriedad y gratuitidad de las vacunas y el acceso efectivo de toda la población a ellas; que la Comisión no es una fuente de datos o insumos para el Ministerio de Salud; y que de conformidad con el artículo 83 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública, por su condición de órgano con desconcentración máxima y personalidad jurídica instrumental, la CNVE está sustraída de recibir órdenes, instrucciones o circulares de su superior. 

Habiendo hecho esas clarificaciones, la Comisión le recordó también a la ministra que al tratarse de un tema de interés público, las autoridades de salud deben desempeñar sus funciones de modo que dicho fin público se satisfaga primordialmente.

El informe detalla que en una sesión previa, la ministra pidió a la Comisión "reconsiderar" la obligatoriedad de la vacunación contra COVID-19 en funcionarios públicos, con el argumento de que esa medida "puede generar más confianza en la población y permitiría aumentar la cobertura de la vacunación", sin embargo, la gran mayoría de los integrantes de la Comisión señaló que la ministra no aportó respaldo alguno para esa afirmación.

Los miembros de la CNVE le indicamos que estamos dispuestos a valorar el alcance de la obligatoriedad, en tanto y cuanto [usted] nos presente información de fuentes confiables que respalden su posición y que, de nuestra parte, podríamos buscar información adicional para ser analizada en la próxima sesión de la Comisión, de modo que podamos tomar una decisión adecuadamente fundamentada.

La Comisión también rechazó la "instrucción" girada por el presidente Rodrigo Chaves Robles en el decreto ejecutivo 43.543-S publicado el 11 de mayo anterior en La Gaceta en el que se indica: "El Poder Ejecutivo solicita a la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, que mediante estudios técnicos y estadísticos actualizados, indique y recomiende al Poder Ejecutivo cuáles funcionarios pueden ser afectados por sanciones de despido ante el incumplimiento de la obligatoriedad que rige en la actualidad".

Según consta en el informe, el pedido de Chaves es imposible de atender dado que escapa de las competencias y atribuciones legales de las cuales está provista la Comisión, que es de carácter eminentemente técnico en materia de salud, y que por ello no tiene potestad ni facultad para recomendar o referirse a un régimen sancionatorio en materia laboral.

La Comisión también respondió a la solicitud del decreto de que se demostrada el efecto de la obligatoriedad de la vacunación sobre el porcentaje de la población efectivamente vacunada, señalando que en las actas de la CNVE consta la fundamentación técnica, basada en estudios científicos y en el análisis de la información nacional, para sustentar la obligatoriedad de la vacunación; pero que de todas formas consideraban pertinente repasarla para que sirviera como guía a la hora de valorar el alcance de la obligatoriedad de la vacunación en funcionarios públicos.

El informe procede a transcribir las actas de la CNVE en las cuales se fue adoptando la vacunación obligatoria para distintos grupos poblacionales, incluyendo los funcionarios públicos. Esas actas son públicas y la fundamentación de la obligatoriedad adoptada en cada momento se anunció en su debido momento a la opinión pública.

Por ejemplo, para imponer la obligatoriedad al personal del Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Seguros y Caja Costarricense de Seguro Social, así como al personal médico del sector privado, se indicó que es personal que atiende directa o indirectamente pacientes COVID-19 o personas de alto riesgo de enfermar y morir por el virus; que tienen un riesgo laboral de enfermar; que someten a las personas que van a ser atendidas a un riesgo de enfermar; que incide en la reactivación de los servicios de salud en general; y que previene que los hospitales e instituciones de salud sean fuente de contagio para la sociedad.

En esa misma fecha, recordó la Comisión, se acordó declarar obligatoria la vacuna contra influenza estacional en los funcionarios de las tres instituciones, así como al personal médico del sector privado. Esa obligatoriedad no ha sido cuestionada hasta la fecha. También en esa misma sesión se ordenó incluir en el esquema oficial de vacunación del país las vacunas contra influenza estacional y la vacuna neumocócica polisacárida en 23 valencias.

Asimismo, la Comisión transcribió el acta del 23 de septiembre del 2021 cuando declaró la obligatoriedad de la vacuna contra COVID-19 para todos los funcionarios del sector público, y habilitó a los patronos del sector privado a exigirla a sus trabajadores.

En esa acta se cita como justificante el alza de casos de COVID-19, la circulación incrementada de la variante Delta, la elevada ocupación hospitalaria, la entonces ausencia de una vacuna para menores de 12 años, la alta tasa de mortalidad asociada a COVID-19, la necesidad de abrir la economía sin colapsar el sistema hospitalario ni causar más mortalidad, la importancia de promover centros de trabajo públicos y privados seguros frente a la emergencia sanitaria; y una preocupante desaceleración de aplicación de primeras dosis en las semanas previas, a pesar de la disponibilidad de vacunas.

Finalmente, la comisión transcribió el acta de la sesión del 4 de noviembre del 2021 cuando aprobó la vacuna para menores de 5 a 11 años y su obligatoriedad, recordando que al formar parte del esquema básico de vacunas, el marco legal establece que esa vacuna es de obligatoria aplicación para los menores de edad.

En su repaso, la Comisión recordó que se solicitó criterio al Área de Bioética del Centro de Desarrollo Estratégico e Información en Salud y Seguridad Social de la Caja Costarricense de Seguro Social (CENDEISS), el cual indicó que en contextos de vacunación obligatoria, más libertad conlleva menor seguridad y mayor vulnerabilidad; que en el contexto de una pandemia siempre hay una pérdida de libertad cualquiera que sea la intervención considerada; y que la obligatoriedad coincidía con el principio primun non nocere (primero no hacer daño) al reducir la transmisión de la enfermedad en servicios públicos, por proteger a los más vulnerables y por garantizar la continuidad de la prestación de servicios públicos.

Situación actual

En su informe, la Comisión de Vacunación recordó a la ministra que el país sumaba ya 3 semanas consecutivas con casos de COVID-19 al alza, y que hasta el 12 de mayo el 80% de los casos se daban en personas menores de 50 años; más de la mitad de ese porcentaje en población laboral activa y con coberturas de vacunación de terceras dosis (esquema completo) de entre 43% a 57%.

Asimismo, se resaltó que el 14% de las hospitalizados son entre menores de 0 a 9 años (no hay aún vacuna para menores de 5 años) y que el 33% son personas de entre 20 a 39 años.

"Ante el riesgo epidemiológico, que se pueda incrementar con el no uso de mascarillas y que el país mantiene transmisión comunitaria del virus, resulta imprescindible que los funcionarios públicos tengan la máxima protección vacunal posible, para garantizar la continuidad delos servicios públicos para la población", dice el documento, que agrega que una gran baja de funcionarios por incapacidades puede comprometer servicios públicos críticos para el apoyo al sector productivo del país, empeorando la crisis económica que ya se atraviesa.

La Comisión llamó a la ministra a tener prudencia en este momento epidemiológico, para evitar un aumento incontrolado de casos y saturar los servicios de salud.

La Comisión afirmó que existe evidencia de que los anuncios de obligatoriedad de la vacuna, así como la vacunación masiva, aumentó el ritmo de vacunación; mientras que los anuncios de flexibilización de medidas, incluyendo la eliminación del código QR para ingresar a eventos o comercios, generó una desaceleración.

La Comisión apuntó que la ausencia de una política de salud pública por parte del Estado para seguir motivando la vacunación contra COVID-19 ha llevado a una disminución en el ritmo de aplicación de dosis, pues se percibe que las poblaciones no han comprendido la importancia de administrarse la tercera dosis. A esa disminución se sumó la decisión de retirar el uso del QR y eliminar la restricción vehicular sanitaria.

"Durante el mes de agosto de 2021, cuando el Ejecutivo anunció flexibilización de la restricción vehicular, la vacunación sufrió una desaceleración de 6.7% y de 9.7% en relación con la semana anterior; mientras que cuando se comunicó que los casos estaban aumentando y se disminuyó el tiempo entre dosis, el ritmo se aceleró 32.8% y 23.1% en relación con la semana anterior", agrega el documento.

En septiembre de 2021 cuando el Ejecutivo volvió a flexibilizar la restricción vehicular y reabrió los espacios deportivos, la vacunación cayó 21.7% y 48.5%, mientras que cuando la Comisión la declaró obligatoria para el sector público aumentó un 26.5% en la primera semana.

En octubre de 2021, cuando se anunció la publicación del decreto de obligatoriedad de la vacunación y se inició la aplicación de terceras dosis para ingresar a actividades si contaban con e esquema de vacunas, la aplicación de dosis aumentó 26.5% en la primera semana, 2.6% en la segunda y 12.3% en la tercera.

En noviembre de 2021 cuando se anunció la eliminación de la restricción vehicular sanitaria durante fines de semana y se interpuso una medida cautelar contra el QR, la aplicación de dosis se desplomó 27.6% en la primera semana; en la cuarta cayó un 33.6% y en la quinta un 19.3%.

En diciembre del 2021 cuando se anunció la aplicación de terceras dosis, la vacunación rebotó 82%, pero a la semana siguiente, con el anuncio de flexibilización de la restricción vehicular, la aplicación de dosis cayó 23.7% y a la siguiente cayó 29.9%.

Finalmente, entre enero y marzo de 2022 se disminuyó el tiempo entre la segunda y tercera dosis, lo que aceleró la aplicación de dosis. Pero apenas el Ejecutivo anunció el retorno a la presencialidad del curso lectivo y la finalización de las medidas restrictivas, la aplicación de dosis ha caído sustancialmente, hasta 35.1% en una semana.

Asimismo, la Comisión le informó a la ministra que de acuerdo con datos de la Caja Costarricense de Seguro Social, la población no vacunada tiene una tasa de hospitalización seis veces mayor a la vacunada (22.1 por cada 100 mil habitantes versus 3.7 por cada 100 mil).

Conclusiones

La Comisión indicó que dado que Costa Rica modificó recientemente su uso obligatorio de mascarillas, se debe mantener la obligatoriedad de las vacunas contra COVID-19 para proteger a la población más vulnerable.

Asimismo resaltó que existe evidencia científica relacionada con la vacunación contra COVID-19 como la mejor intervención para disminuir transmisión, casos graves y mortalidad.

"La obligatoriedad de la vacunación en población adulta no es un criterio meramente científico, es también una estrategia que contribuye a aumentar la cobertura de vacunas en la población en grupos de trabajadores de riesgo, y de los que proveen servicios públicos, con el fin de proteger la salud y seguridad de toda la población", dice el oficio.

La Comisión recordó que el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la salud, y que por ende, éste debe anteponerse ante la mera conveniencia.

Todas las medidas tomadas por las autoridades de salud del país, incluyendo la CNVE en su ámbito de competencia, en relación a la prevención de la pandemia y el uso de la vacuna para controlar la misma, persiguen el efecto protector colectivo que trasciende por mucho el derecho individual a negarse a seguir las mismas.

Por lo tanto, con base en la información disponible, no es posible recomendar, desde el punto de vista técnico, eliminar la obligatoriedad de vacunación para funcionarios del sector público.

El oficio es firmado por Roberto Arroba Tijerino, secretario técnico de la CNVE y los seis miembros de la comisión: Doctora Sandra Delgado Jiménez, directora interina de la Dirección de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud; Doctor Hugo Marín Piva, jefe del Área de Fármaco-Economía de la CCSS; Doctora Leandra Abarca Gómez, de la subárea de Vigilancia Epidemiológica de la CCSS; Doctor Juan Villalobos Vindas, médico especialista en infectología del Hospital México; Doctora Dora Matus Obregón, médica especialista en inmunología pediátrica del Hospital Nacional de Niños; y el Doctor Oscar Porras Madrigal, médico especialista en Pediatría de la CNVE.