Por Daniela Brenes, Daniela Prada y Esteban Sánchez - Estudiantes de la Licenciatura en Psicología

Introducción

La violencia doméstica, también conocida como violencia de pareja o conyugal, es definida por el Ministerio de Sanidad y Consumo de España (2003) como “aquellas agresiones que se producen en el ámbito privado en el que el agresor, generalmente varón, tiene una relación de pareja con la víctima”. (párr. 1). La violencia física, psicológica, financiera o sexual en las relaciones de pareja es un gran problema de salud pública en Costa Rica; sin embargo, cuando se habla de violencia doméstica por lo general se hace referencia a parejas heterosexuales. En gran parte de las definiciones se asume al agresor como hombre y a la víctima como mujer.

A partir de esto, las causas que se usan para explicar la violencia en las parejas muchas veces están relacionadas con el sistema patriarcal y con la diferencia de poder debido al género. Lo anterior deja de lado otros factores que influyen sobre la manifestación de violencia en relaciones de pareja del mismo sexo (Ronzón, Rey y Mendoza, 2014).

Discusión

En Costa Rica, el matrimonio entre personas del mismo género será legal el 26 de mayo del 2020 (Madrigal, 2018). La entrada en vigor de los matrimonios igualitarios nos obliga como profesionales, y sociedad, a repensar conceptos que han sido previamente definidos sin tomar en cuenta la diversidad sexual. A partir de esto se decide hacer un análisis de la violencia doméstica en parejas del mismo sexo.

Se podría argumentar que la Ley Contra la Violencia Doméstica está escrita en lenguaje de género neutro, por lo que no establece ninguna distinción por sexo o género de las víctimas ni de las personas agresoras (Asamblea Legislativa, 1996); de igual manera lo están los protocolos de atención de situaciones de violencia doméstica establecidos por el Poder Judicial. Sin embargo, la prohibición legal de las relaciones conyugales de personas del mismo sexo impide que otros marcos normativos reconozcan esta filiación sentimental como legítima. Esto excluye a estas personas de los protocolos de protección de las víctimas de violencia doméstica y de los mecanismos de atención con los que cuenta el Estado para mitigar sus efectos.

El fallo de la CIDH y la vigencia del matrimonio igualitario obligará a un nuevo debate sobre el tema y hará necesario otro abordaje legal y psicológico, más inclusivo e integral, de los casos de violencia doméstica de pareja. Obligará a pensar las relaciones de violencia en otros términos distintos a los de la concepción binaria y heteronormativa de hombre-agrediendo-a-mujer, sin invisibilizar este aspecto de la realidad.

Por otro lado, el reconocimiento legal de la filiación conyugal entre personas del mismo sexo también hará posible el reconocimiento de la legitimidad de las relaciones sentimentales informales (no matrimoniales) de personas del mismo sexo. Esto hará posible proteger a todos aquellos hombres que sufren de agresión por parte de sus parejas hombres, así como de identificar y procesar con mayor precisión a todas aquellas mujeres que agreden a sus parejas mujeres, independientemente de que estas personas sean cónyuges o no. Además, les permitirá a las víctimas y a las personas perpetradoras acceder a los mecanismos de atención y apoyo estatales.

Conclusiones

La vigencia obligatoria del matrimonio igualitario, dictaminado por la CIDH a partir del 26 de mayo de 2020, tendrá un impacto positivo y más inclusivo en el reconocimiento y el abordaje de todos los tipos de violencia doméstica de pareja que existen en la actualidad en Costa Rica. No obstante, por otro lado, se presentarán obstáculos interdisciplinarios en la resolución de casos de violencia doméstica en personas del mismo género. Por esto, se deben ir repensando las leyes actuales del país y preparando a los profesionales involucrados para enfrentarlos.

 

MOXIE es el Canal de ULACIT (www.ulacit.ac.cr), producido por y para los estudiantes universitarios, en alianza con el medio periodístico independiente Delfino.cr, con el propósito de brindarles un espacio para generar y difundir sus ideas.  Se llama Moxie - que en inglés urbano significa tener la capacidad de enfrentar las dificultades con inteligencia, audacia y valentía - en honor a nuestros alumnos, cuyo “moxie” los caracteriza.

Referencias bibliográficas: