En 40 años de historia al menos 4 millones de personas han practicado rafting placenteramente en los ríos de Costa Rica, una modalidad de turismo de aventura que genera al menos 10.000 encadenamientos en zonas no tradicionales y rurales del país. Ha tomado cuatro décadas construir nuestra sólida reputación internacional, por lo que no merece una campaña de descrédito, ni mucho menos resonancia a nivel local sin cuestionamiento ni verificación de argumentos maledicentes como que carecemos de regulación.
Los altos estándares de calidad han distinguido al rafting nacional desde sus inicios, y hemos sido tan o más rigurosos que Estados Unidos de América, un referente obligatorio en este deporte. Tan sólo seis años después de que el deporte en aguas blancas debutara a nivel competitivo en los Juegos Olímpicos de Múnich en 1972, se introdujo en Costa Rica el rafting en su modalidad comercial en los ríos Reventazón, Pacuare y Chirripó Pacífico.
Sus precursores fueron el californiano Michael Kaye y el salvadoreño Rafael Gallo. Key, fundador en 1978 de Costa Rica Expeditions, y Gallo, fundador en 1985 de Ríos Tropicales, compitieron entre sí desde un inicio por ser líderes en seguridad, emulando con esa finalidad lo mejor de la normativa norteamericana. Para 1991, las normas de seguridad que implementaban se plasmaron en un manual que sirvió de guía a otras compañías que incursionaron en rafting durante los años siguientes. Un río clase III en Costa Rica -de aguas rápidas con olas altas e irregulares- requiere obligatoriamente que los turistas utilicen un casco durante la práctica de rafting, una medida de seguridad más estricta que en California, Estados Unidos de América, donde en aguas igualmente clasificadas prescinden de esta protección.
Utilizamos también los kayaks de seguridad con guías profesionales para acompañar a las balsas con turistas en el descenso por los ríos del país, y dado que las condiciones tropicales permiten practicar rafting todo el año (no sólo 3 ó 4 meses por año como en otros destinos), nuestros guías gozan de prestigio mundial por la cantidad de descensos/kilómetros que acumulan anualmente.
Fuimos los profesionales del rafting comercial quienes entrenamos a los primeros bomberos y cruzrrojistas costarricenses en técnicas de aguas rápidas y al día de hoy dependen de nuestro conocimiento en la materia como ocurre en la mayoría de los destinos de rafting alrededor del mundo. Por tanto, no es cierto que fallaron las brigadas de rescate en el incidente trágico ocurrido el año pasado en el río Naranjo en Costa Rica. Si uno de estos rescatistas ingresa a un río como el Naranjo en las condiciones adversas del 20 de octubre anterior, se hubiera convertido rápidamente en una víctima más. En una situación de emergencia lo último que necesitamos los empresarios y guías capacitados de rafting es tener que rescatar cruzrrojistas o bomberos.
En estas circunstancias, la primera y más rápida reacción posible, por lo remoto de los ríos en Costa Rica, la tendrán los empresarios y guías, mientras que las maniobras de las brigadas de rescate, una vez arriban al lugar de los hechos, se llevan a cabo caminando a la orilla del río y no ingresando a él, una técnica en la que inclusive han sido capacitados por estadounidenses.
La autoregulación, sin embargo, presentó retos importantes y el Poder Ejecutivo intervino cuando el crecimiento turístico trajo consigo equipo de rafting de bajo costo y una menor inversión en capacitación humana. Así, se publicó el 23 de marzo de 2001 el Decreto Ejecutivo Nº 29421, derogado en 2009; el 22 de febrero de 2016 el Decreto Ejecutivo Nº 39703-STUR promulgó el Reglamento para la Operación de Actividades de Turismo de Aventura, confiriéndole al Ministerio de Salud la competencia de aplicarlo. En ese entonces profesionales del rafting y otras actividades de aventura, visitamos las 9 Direcciones Regionales del Ministerio de Salud para contribuir a afinar las capacidades técnicas de los funcionarios de esa cartera. Dentro del marco de la libre competencia hay algunos colegas operando sin cumplir los más básicos requisitos de ley.
A ellos los instamos a dejar la informalidad y ser copartícipes del prestigio del rafting costarricense, que participa desde 1989 en eventos mundiales y ha sido tres veces sede de campeonatos mundiales, exhibiendo las grandes destrezas de sus guías, muchos de ellos certificados -voluntariamente- por la International Rafting Federation (IRF), el órgano rector mundial de este deporte.
El rafting es una actividad segura pero no exenta de riesgos. Además de las regulaciones que debemos cumplir los empresarios, apelamos al buen criterio de los clientes -más de 110 mil extranjeros anuales- para reducir al mínimo las posibles incidencias. No debería de existir rafting comercial barato, los costos operativos son altos y si rebajamos dramáticamente los precios, sufre la seguridad. Escoja operadores turísticos de alto calibre y asegúrese de que cuentan con una póliza de responsabilidad civil y el respectivo Permiso de Funcionamiento *
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