La Procuraduría General de la República, ente que funge como Abogado del Estado, recomendó a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia --conocida popularmente como la Sala IV--, acoger una acción de inconstitucionalidad en contra del Presupuesto Nacional 2018.

¿El motivo? Tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo omitieron incluir en el plan de ingresos y gastos de este año el contenido económico necesario para pagarle a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), el incremento de la contribución del Estado al régimen de pensiones por Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

Ese incremento fue decretado por la Junta Directiva de la Caja el 28 de julio del 2016 y entró a regir en el mes de setiembre del mismo año, cuando la cuota pasó de 0,58% del salario a 1,24%; con el propósito de recaudar 54.000 millones de colones adicionales por año.

En el oficio ADPB-ESC-9043-2018 enviado a la Sala Constitucional por Julio Jurado Fernández, procurador general de la República y del cual Delfino.cr tiene copia, se recuerda que la Caja Costarricense del Seguro Social tiene de manera exclusiva y excluyente la administración y el gobierno de los seguros sociales.

Esa condición le permite a su Junta Directiva regular por vía reglamento todo lo relacionado con esa materia, incluyendo cobertura y cuotas, sin límite alguno más que el apegarse a criterios técnicos.

El caso ante el Máximo Tribunal de la República fue interpuesto por la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (Undeca) en enero de este año. Los magistrados dieron curso y audiencia al ministro de Hacienda, así como a la Procuraduría, en su carácter de representante estatal y órgano asesor.

Helio Fallas, entonces jerarca de Hacienda y ahora exvicepresidente de la República, dijo a la Sala Constitucional que el Gobierno no tiene los recursos para cubrir el aumento de la cuota del Estado, dada la falta de liquidez y la crisis fiscal que atraviesa Costa Rica, al tiempo que criticó que la institución no le consultara previamente al Ejecutivo de la medida que iba a tomar.

Sin embargo, esos argumentos no fueron bien recibidos por la Procuraduría.

"Las razones del señor Ministro si bien son atendibles, no encuentran fundamento constitucional. Tal y como hemos venido señalando, los recursos destinados a la seguridad social tienen una protección especial y, por tanto, se trata de recursos atados constitucionalmente. Si bien no existe un porcentaje específico asignado a favor de la Caja en la norma constitucional, lo cierto es que el artículo 177 comentado, exige al Estado garantizar sus cuotas para la sostenibilidad del régimen, cuotas que son fijadas por aquella institución en ejercicio de su autonomía", dice el oficio.

El Procurador General señaló además que no existe ninguna norma legal que obligue a la CCSS a consultar al Ejecutivo antes de adoptar sus medidas y que el Ejecutivo ni el Legislativo pueden desconocer la Ley y la Constitución.

Otro llamado de atención por parte de Jurado Fernández, hecho en su audiencia, es que el Gobierno no puede "debilitar la contribución tripartita" que sustenta el régimen IVM, al no aportar las cuotas que la Caja determinó el Estado debe girar.

"Según el modelo constitucional que ha reconocido la Sala, es la CCSS la que debe fijar el aporte necesario para la sostenibilidad del sistema, decisión que debe basarse en criterios técnicos e idealmente ser coordinada con las autoridades del gobierno central, sin que por ello se justifique la inobservancia por parte del Poder Ejecutivo y del Legislativo en la incorporación de las partidas correspondientes en la Ley de Presupuesto, pues no existe la obligación de consulta", agregó.

Tras haber sido atendidos los representantes de Hacienda y la Procuraduría, a la Sala Constitucional lo que queda otra vía que pronunciarse sobre el caso. En promedio, ese Tribunal resuelve las acciones de inconstitucionalidad en un plazo que ronda los 18 meses.