La iniciativa de Jesús Calderón plantea que los acueductos comunales paguen por conservar nacientes y zonas de recarga hídrica.
El diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), Jesús Antonio Calderón Calderón, presentó un proyecto de ley (expediente 25.877) que faculta a las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (Asadas) para firmar contratos con propietarios o poseedores legítimos de inmuebles privados que tengan nacientes, cuerpos de agua o zonas de recarga destinados al consumo humano.
De acuerdo con el texto, el contrato sería voluntario y, a cambio de una contraprestación económica, el propietario o poseedor se comprometería a conservar el terreno y a abstenerse de actividades que pongan en riesgo la fuente. El proyecto establece que el contrato no transfiere el dominio ni constituye una limitación a la propiedad.
Cómo funcionaría el contrato
El proyecto fija estas condiciones para el contrato de arrendamiento ambiental:
- Tendría un plazo no menor de cinco años ni mayor de 20, prorrogable solo por acuerdo expreso, sin prórroga tácita.
- El propietario conservaría el dominio, la posesión y el uso del inmueble, con las restricciones que acepte en el contrato, y este se anotaría o inscribiría en el Registro Nacional para que sea oponible a terceros.
- La contraprestación se definiría con un estudio técnico que considere el costo de oportunidad de las actividades a las que se renuncia, la importancia hídrica del inmueble, la superficie bajo manejo y las medidas adicionales pactadas. No podría exceder el valor razonable de mercado y se pagaría en tractos condicionados a verificar el cumplimiento del plan de manejo.
- Solo se retribuiría la conservación que exceda las obligaciones legales, como las áreas de protección de los artículos 33 y 34 de la Ley Forestal. Tampoco podría pagarse por la misma superficie y el mismo servicio un arrendamiento ambiental y un pago por servicios ambientales del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.
- El propietario tendría que cumplir un plan de manejo hídrico, abstenerse de cambios de uso del suelo, vertidos y aplicación de agroquímicos u otras actividades lesivas prohibidas en el contrato, y permitir el ingreso de personal técnico para el monitoreo.
- Ante un incumplimiento comprobado, la Asada suspendería los pagos y podría exigir la restauración del daño y la devolución de lo pagado por el período incumplido. No se consideraría incumplimiento el daño por fuerza mayor o caso fortuito, incluidos incendios no atribuibles al propietario, si este lo comunica de inmediato y colabora en la restauración.
Antes de firmar, la Asada necesitaría un estudio registral y catastral, un estudio hidrogeológico o diagnóstico equivalente, el criterio técnico favorable del AyA, una constancia de que la fuente cuenta con asignación o concesión vigente o en trámite ante la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía, un estudio de valoración de la contraprestación y el acuerdo de su junta directiva.
La ley no se aplicaría a bienes del dominio público, al patrimonio natural del Estado ni a áreas silvestres protegidas estatales. En territorios indígenas solo regiría por decisión de la comunidad, conforme a su organización propia y previa consulta de acuerdo con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la normativa nacional.
Además, quienes integren la junta directiva y la fiscalía de una Asada, y sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, no podrían ser arrendantes.
Institucionalidad y financiamiento
El AyA asesoraría a las Asadas, fiscalizaría el cumplimiento de la ley y llevaría un registro público en formato de datos abiertos con los contratos. También elaboraría cada tres años un informe de evaluación, que enviaría a la Asamblea Legislativa y publicaría.
Los pagos podrían financiarse con una tarifa de protección del recurso hídrico y gestión ambiental aprobada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), donaciones, aportes de cooperación, recursos provenientes de pagos por servicios ambientales y aportes de municipalidades, instituciones, empresas y organizaciones mediante convenio.
El proyecto indica que no crea gasto con cargo al presupuesto nacional y que cualquier aporte estatal requeriría autorización presupuestaria previa.
Medidas ante El Niño
El AyA identificaría y actualizaría al menos una vez al año las zonas prioritarias de vulnerabilidad hídrica, en coordinación con el Instituto Meteorológico Nacional (IMN), la Dirección de Aguas, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación y la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.
Los contratos en esas zonas tendrían prioridad en asesoría técnica y cofinanciamiento.
Cuando la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias declare una alerta por sequía o por El Niño, las Asadas podrían tramitar sus contratos por un procedimiento abreviado, con estudios y criterio técnico en un máximo de 30 días hábiles en total. No se podrían omitir el criterio técnico, la verificación registral ni la valoración de la contraprestación.
Según el proyecto, los planes de manejo podrían incluir restauración con especies nativas, cortafuegos, barreras vivas y control de escorrentía.
Los transitorios disponen que el Poder Ejecutivo reglamente la ley en seis meses y que el AyA impulse durante los dos primeros años un programa piloto en zonas prioritarias del Pacífico Norte, el Pacífico Central y el Valle Central.
Los argumentos de la exposición de motivos
El texto sostiene que, según la jurisprudencia de la Sala Constitucional citada desde 2004, las aguas subterráneas suministran el 70% del agua que se consume a diario en el país. También invoca la reforma al artículo 50 de la Constitución Política, publicada el 2 de julio de 2020, que reconoce el derecho humano de acceso al agua potable.
El documento cita proyecciones del IMN sobre un fenómeno de El Niño fuerte: déficits de lluvia de entre 10% y 30% a escala nacional, de hasta 50% en el Pacífico Norte y cercanos al 40% en el Valle Central y el Pacífico Central. Indica que el fenómeno permanecería activo al menos hasta marzo de 2027 y menciona una alerta naranja en 23 cantones.
El proyecto señala que la Confederación Nacional de Federaciones, Ligas y Uniones de Acueductos Comunales, informó en setiembre de 2026 que había 32 Asadas con racionamientos en 74 comunidades de Guanacaste, Puntarenas y Alajuela, con unos 6.525 servicios afectados.
La exposición de motivos sostiene que la protección de las fuentes debe ejecutarse antes de que nuevas sequías encuentren las zonas de recarga deforestadas, quemadas o contaminadas.
Debido a que la Asamblea Legislativa inicia el segundo periodo de sesiones extraordinarias el próximo 1 de noviembre, el proyecto debe ser convocado por el Poder Ejecutivo para iniciar su trámite correspondiente.
