El proyecto sustituiría la exoneración del IVA por una no sujeción automática y extendería el beneficio a organizaciones de apoyo a los acueductos comunales.
La diputada Karol Vanessa Matamoros Montoya, del Partido Liberación Nacional (PLN), presentó un proyecto de ley (expediente 25.856) que permitiría a las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (Asadas) acceder al beneficio del impuesto al valor agregado (IVA) sin tener que tramitar previamente una exoneración ante el Ministerio de Hacienda.
La iniciativa propone sustituir la exoneración vigente por una no sujeción al IVA establecida directamente en la legislación tributaria, mediante una reforma al artículo 3 de la Ley 8776 y la incorporación de dos nuevos incisos al artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (6826).
El beneficio abarcaría los bienes y servicios que adquieran las Asadas con un convenio de delegación vigente con el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), siempre que estén destinados directamente a la administración, operación, mantenimiento, ampliación, mejoramiento y prestación de los servicios públicos delegados.
En términos tributarios, la diferencia es que una exoneración libera del pago de un impuesto que, en principio, corresponde aplicar, mientras que la no sujeción deja determinadas operaciones fuera del ámbito de ese tributo.
El proyecto establece que la nueva condición tributaria:
Operará de pleno derecho y no requerirá autorización, reconocimiento individual ni trámite previo de exoneración ante el Ministerio de Hacienda”.
Fin del trámite en Exonet
Según la exposición de motivos, actualmente las Asadas deben solicitar una autorización ante la Dirección General de Hacienda, mediante la plataforma Exonet, para aprovechar el beneficio del IVA reconocido por ley.
El documento señala que, en 2019, la Confederación Nacional de Federaciones, Ligas y Uniones de Acueductos Comunales (Conaflu) solicitó eliminar ese procedimiento, pero Hacienda explicó que no podía dejar de aplicarlo únicamente para las Asadas sin una modificación normativa.
La propuesta busca resolver esa situación mediante una reforma legislativa y toma como antecedente la Ley 9774, aprobada en 2019, que estableció la no sujeción de las Asadas al impuesto sobre la renta.
La modificación no eliminaría los demás beneficios tributarios de la Ley 8776, relacionados con timbres y derechos, bienes inmuebles, cánones, impuesto selectivo al consumo e importaciones. Esas exoneraciones conservarían sus requisitos y procedimientos actuales.
Beneficio para federaciones, ligas, uniones y Conaflu
El proyecto también contempla una nueva no sujeción al IVA para las compras realizadas por las federaciones, ligas y uniones de acueductos comunales (FLU) y por Conaflu, siempre que estén directamente relacionadas con actividades de capacitación, asistencia técnica, fortalecimiento organizativo, articulación y apoyo a la gestión comunitaria del agua.
La exposición de motivos explica que estas organizaciones no prestan directamente el servicio público delegado por el AyA, sino que cumplen funciones de acompañamiento, representación y coordinación entre los operadores comunales.
Por esa razón, la no sujeción propuesta para estas organizaciones no abarcaría todas sus adquisiciones, sino únicamente aquellas vinculadas con las actividades de apoyo contempladas en la reforma.
El texto también mantiene los deberes de información, registro, control y fiscalización necesarios para verificar que las compras se ajusten a los requisitos legales.
En caso de aprobarse, el Poder Ejecutivo dispondría de tres meses desde la publicación de la ley para realizar las adecuaciones reglamentarias y administrativas correspondientes. Estas no podrían volver a condicionar el beneficio a una autorización previa.
Una propuesta que retoma un proyecto anterior
La exposición de motivos recuerda que el expediente 23.164 buscaba una modificación similar. Según el nuevo proyecto, aquella iniciativa llegó a aprobarse en primer debate, pero fue archivada por vencimiento del plazo legislativo antes de completar su tramitación.
Durante el análisis de ese expediente, la Procuraduría General de la República (PGR) emitió la opinión jurídica PGR-OJ-003-2023, en la que señaló que la decisión de establecer supuestos de no sujeción tributaria corresponde a la Asamblea Legislativa.
La Procuraduría también recomendó que la legislación excluyera expresamente los trámites administrativos que pudieran impedir la aplicación directa de los beneficios.
Limitaciones del apoyo estatal a las Asadas
Para justificar la simplificación de procedimientos, el proyecto cita una auditoría de la Contraloría General de la República (CGR) publicada en 2026, que identificó deficiencias en el acompañamiento técnico y administrativo que brinda el AyA a los acueductos comunales.
Según la auditoría, durante 2025 quedó sin atender el 61,28% de las solicitudes de asesoría presentadas por las Asadas. El AyA recibió 12.750 solicitudes y resolvió el 38,72%.
Además, las oficinas regionales de acueductos comunales contaban con 15 profesionales en ingeniería, 16 personas en funciones técnicas y 19 en labores administrativas para atender al menos 1.089 Asadas.
La iniciativa plantea que eliminar el trámite previo de exoneración del IVA permitiría reducir cargas administrativas y dedicar más recursos y tiempo a la operación y mantenimiento de los sistemas comunales de agua, sin eliminar las obligaciones de control y rendición de cuentas.
El proyecto fue presentado el miércoles 21 de octubre de 2026 y está pendiente de que se le asigne una comisión legislativa para comenzar su trámite.
