Referencia del BCCR

Tipo de cambio

Compra

₡...

Venta

₡...

Presentado por
Logo Coopealianza
Imagen principal del artículo: Presentan proyecto para reformar trámite de denuncias por violencia política contra mujeres en la Asamblea

Presentan proyecto para reformar trámite de denuncias por violencia política contra mujeres en la Asamblea

La propuesta de Yara Jiménez Fallas elimina el paso por el Plenario para instalar la comisión y faculta al órgano a dictar medidas cautelares directas.

La presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez Fallas, presentó un proyecto de acuerdo (expediente 25.862) para reformar el reglamento interno que rige la tramitación de denuncias por violencia contra las mujeres en la política. La iniciativa cuenta con el respaldo de las cinco jefaturas de fracción parlamentaria.

La propuesta fue presentada este viernes 23 de octubre, a pesar de que el día anterior el jefe de la bancada oficialista, Nogui Acosta Jaén, señaló que necesitaban más tiempo para estudiar la propuesta, pues integrantes de su fracción tenían dudas sobre el texto de consenso y habían formulado observaciones adicionales.

Uno de los cambios estructurales modifica el procedimiento de integración del órgano investigador. En el esquema vigente, el Directorio remite el caso al Plenario y la Presidencia debe someter a votación una moción para conformar la comisión.

La reforma elimina la votación en el Plenario. En su lugar, la Presidencia dispondrá de tres días hábiles para solicitar a cada jefatura de fracción la designación de su representante, y cada bancada contará con tres días para responder. Dicho nombramiento será vinculante para la Presidencia, que no podrá sustituirlo, condicionarlo ni rechazarlo, salvo que la persona designada sea parte procesal o medie una causal de abstención o recusación aceptada.

Integración y régimen de incompatibilidades

La normativa actual impide integrar la comisión investigadora a diputaciones de la misma fracción de las partes involucradas. La propuesta suprime esa restricción general y dispone únicamente que no podrán formar parte del órgano las diputaciones que figuren directamente como denunciantes o denunciadas, permitiendo la presencia de otros integrantes de sus respectivas bancadas.

El nuevo diseño contempla la representación de cada fuerza legislativa y exige un número impar de miembros; si es necesario sumar una curul para cumplir esta regla, se otorgará una plaza complementaria a la bancada con mayor número de integrantes.

Asimismo, se fijan criterios de paridad y alternancia de género en los nombramientos sucesivos de cada bancada, exceptuando a las fracciones unipersonales. Si una de las partes pertenece a una bancada unipersonal, esa fracción quedará excluida del órgano y su lugar lo ocupará la fracción mayoritaria. Si ambas partes proceden de bancadas unipersonales, las sustituciones corresponderán a las dos fuerzas con mayor representación legislativa.

Medidas cautelares directas

En la actualidad, el órgano investigador únicamente puede recomendar al Plenario la adopción de medidas de protección frente a hostigamientos o afectación a derechos políticos.

Con la reforma planteada, la comisión especial podrá ordenar directamente las medidas cautelares sin someterlas a votación previa del Plenario. Frente a estas resoluciones cabrán recursos de revocatoria y apelación en subsidio ante el propio órgano, el cual dispondrá de cinco días hábiles para resolver.

El texto impone además al Directorio Legislativo la obligación de garantizar que el órgano cuente en todo momento con asesoría técnica especializada en materia de género, derechos humanos y violencia política.

Plazos del procedimiento

El marco vigente establece que todo el proceso investigativo, incluida la votación final, debe tramitarse en un plazo ordenatorio máximo de tres meses calendario desde la presentación de la denuncia.

La iniciativa redefine este término: la comisión especial dispondrá de tres meses a partir de su instalación formal para rendir el informe de conclusiones, tras lo cual el Plenario procederá a su discusión y votación bajo los plazos reglamentarios ordinarios.

Permanecen inalteradas otras garantías del trámite, como el plazo de prescripción de un año para formular denuncias, la prohibición absoluta de etapas preliminares o acuerdos conciliatorios, el deber de confidencialidad y el término de diez días hábiles para el descargo y aporte de pruebas por parte de la persona investigada.

El marco reglamentario mantiene que, si el Plenario acredita la responsabilidad de una diputación, la sanción aplicable se limita a una amonestación ética pública. Una vez en firme, la resolución se comunica al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y permanece inscrita durante diez años en el registro público de sanciones.

El proyecto transitorio establece que las denuncias en trámite continuarán bajo el nuevo procedimiento, respetando los actos procesales ya consolidados y manteniendo la conformación de las comisiones juramentadas previamente.

Por tratarse de una reforma al reglamento interno, la propuesta se somete a una sola votación en el Plenario legislativo y requiere de mayoría calificada (al menos 38 votos) para su entrada en vigor.