El Gobierno también fijó en 90 días naturales el plazo de custodia para documentos y planos inscritos, cancelados o retirados sin inscribir, así como determinados planos de urbanizaciones y cementerios.
El Registro Nacional podrá remitir por correo electrónico las reposiciones de títulos de propiedad de vehículos automotores, independientemente de si el documento original se emitió en formato físico o digital, tras una reforma al Reglamento de la Dirección de Servicios de esa institución.
El cambio consta en el Decreto Ejecutivo n.° 45897-MJP, firmado por la presidenta de la República, Laura Fernández Delgado, y el ministro de Justicia y Paz, Gabriel Aguilar Vargas, que modifica los artículos 34 y 42 del reglamento. Dicho decreto fue publicado en un alcance extraordinario a La Gaceta de este lunes, y entró a regir desde ese momento.
Hasta ahora, según explica el decreto, el correo electrónico solo podía utilizarse para la reposición de títulos emitidos originalmente en formato digital. La reforma elimina esa limitación y establece que quienes soliciten una reposición deberán indicar una dirección de correo electrónico para recibir el documento solicitado.
De esta manera, una persona que requiera reemplazar un título originalmente expedido en formato físico podrá recibir la reposición por correo electrónico, imprimirla y conservarla mediante los medios que considere adecuados. El Ejecutivo justificó el cambio como una forma de agilizar la entrega y evitar que el trámite resulte ineficaz por no contar con un medio para remitir el documento.
El trámite continuará sujeto a otras condiciones establecidas en el reglamento. El vehículo no podrá tener una anotación o gravamen de desinscripción ni una denuncia por robo, mientras que, cuando exista una inmovilización administrativa o judicial, la persona interesada deberá aportar la autorización de la autoridad correspondiente.
La reforma también incorpora un plazo de 90 días naturales para la custodia de documentos y planos inscritos, cancelados y retirados sin inscribir, contado desde su ingreso a la unidad organizativa de la Dirección de Servicios encargada de esa función.
Ese mismo plazo se aplicará a los planos de diseño de sitio correspondientes a urbanizaciones y cementerios. El Ejecutivo señaló que hasta ahora no existía una regulación expresa sobre el periodo de custodia de esos documentos y sostuvo que definirlo busca evitar que su conservación o eliminación dependa de decisiones discrecionales.
