La reforma constitucional liderada por Wilson Jiménez Cordero es el tercer proyecto presentado en este período legislativo relacionado con la reelección de magistraturas de la Corte.
Un grupo de 12 diputaciones oficialistas, encabezado por Wilson Jiménez Cordero, presentó un proyecto de reforma constitucional (expediente 25.770) para establecer que la reelección de las magistraturas de la Corte Suprema de Justicia requiera una votación favorable por mayoría calificada de la Asamblea Legislativa.
Actualmente, el artículo 158 de la Constitución Política establece que las magistraturas son elegidas por períodos de ocho años y se consideran reelectas para períodos iguales, salvo que al menos dos terceras partes de la Asamblea Legislativa acuerden lo contrario.
La reforma propuesta invertiría esa regla. El texto establecería que las magistraturas podrán ser reelectas únicamente con el voto favorable de no menos de dos terceras partes de la totalidad de la Asamblea Legislativa, es decir, al menos 38 diputaciones.
De esta manera, al concluir cada período de ocho años, las magistraturas ya no continuarían automáticamente en el cargo, sino que necesitarían conseguir al menos 38 votos afirmativos para obtener un nuevo período.
Este es el tercer proyecto —y el segundo impulsado por el oficialismo— presentado durante el actual período constitucional relacionado con la reelección de las magistraturas de la Corte Suprema de Justicia.
El expediente 25.718, presentado por la diputada Abril Gordienko López, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y respaldado por otras nueve diputaciones de oposición, propone limitar a tres períodos de ocho años la permanencia máxima en una magistratura, además de aumentar los requisitos para ocupar el cargo.
Por su parte, el expediente 25.694, encabezado por Kathia Calvo Cruz, del PPSO, y respaldado por otras 11 diputaciones oficialistas, propone eliminar la posibilidad de reelección y establecer un único período de 15 años.
Proyecto plantea cambiar reelección automática
La exposición de motivos argumenta que el mecanismo vigente favorece que las magistraturas permanezcan durante varios períodos consecutivos y limita la renovación periódica de la Corte Suprema de Justicia.
El proyecto señala que, en la práctica, las magistraturas suelen ser reelectas consecutivamente al finalizar cada período o permanecen en el cargo hasta que deciden retirarse, situación que, según sus proponentes, limita la llegada periódica de “sangre nueva” al máximo órgano judicial.
La iniciativa sostiene:
La sociedad costarricense exige renovación de las organizaciones del Estado, es una sana costumbre la cual reviste especial significado cuando versa sobre los Poderes de la República".
La exposición de motivos recuerda que la Sala Constitucional calificó en la sentencia 2621-1995 la regla vigente como un mecanismo de “reelección automática” y señaló que la posibilidad de que dos terceras partes del Congreso se opongan funciona como una válvula de escape a ese sistema.
El proyecto también cita esa resolución para señalar que la decisión de no reelegir una magistratura constituye “un juicio del Parlamento sobre la permanencia de los Magistrados en el cargo”.
Además, menciona cinco expedientes anteriores —8.730, 10.286, 10.952, 14.331 y 20.090— que pretendieron reformar el artículo 158 de la Constitución y terminaron archivados por el vencimiento del plazo cuatrienal sin convertirse en ley.
La iniciativa tiene como proponente principal a Wilson Jiménez Cordero y cuenta con las firmas de:
- Reynaldo Arias Mora (PPSO).
- Cindy Murillo Artavia (PPSO).
- Robert Barrantes Camacho (PPSO).
- Esmeralda Britton González (PPSO).
- María Isabel Camareno Camareno (PPSO).
- Kathia Calvo Cruz (PPSO).
- Royner Mora Ruiz (PPSO).
- Osvaldo Artavia Carballo (PPSO).
- Grethel Ávila Vargas (PPSO).
- Ana Ruth Esquivel Medrano (PPSO).
- Zaira Murillo Marín (PPSO).
El expediente ingresó a la corriente legislativa el 3 de setiembre y ahora debe superar el proceso de admisibilidad ante el plenario legislativo.
Trámite de una reforma constitucional
Las reformas constitucionales deben seguir un procedimiento especial. La propuesta debe presentarse con la firma de al menos diez diputaciones y durante un período de sesiones ordinarias. Posteriormente, debe leerse tres veces, con intervalos de seis días, antes de que el plenario decida si la admite a discusión.
Si el plenario la admite, la Asamblea debe nombrar por mayoría absoluta una comisión especial para analizarla, la cual tendrá hasta 20 días hábiles para rendir su dictamen.
Una vez presentado el dictamen, el proyecto debe ser discutido y aprobado, con mayoría absoluta, en primer debate de primera legislatura.
Después de su aprobación en primer debate de la primera legislatura, el proyecto debe enviarse a consulta ante la Sala Constitucional, y si supera esa revisión puede ser discutido y aprobado, con mayoría calificada de 38 votos, en segundo debate de primera legislatura.
Posteriormente, el proyecto pasa al Poder Ejecutivo, que debe devolverlo a la Asamblea junto con el mensaje presidencial al inicio de la siguiente legislatura ordinaria. Finalmente, la Asamblea debe discutir la reforma en tres debates de segunda legislatura, con por lo menos 38 votos.
