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CIDH ordena a Costa Rica proteger a diez nicaragüenses exiliados

La Comisión concluyó que el riesgo contra periodistas, activistas y opositores no ha sido mitigado y dio al Estado 15 días para informar sobre las medidas adoptadas.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a diez personas nicaragüenses exiliadas en Costa Rica al considerar que enfrentan una situación de gravedad y urgencia que pone en riesgo sus derechos a la vida y a la integridad personal. La decisión consta en la Resolución 73/2026, adoptada el 20 de septiembre.

Las medidas benefician a Aníbal Enrique Toruño Jirón y dos integrantes de su familia con identidad reservada; Hanssel Manuel Vásquez Ruiz; Tania Jeanneth López Rodríguez; Amaru Ruiz Alemán; Eliseo Fabio Núñez Morales y dos integrantes de su familia con identidad reservada; y una persona periodista nicaragüense cuya identidad también permanece protegida. La CIDH indicó que todas las personas están identificadas ante el Estado costarricense.

El procedimiento surgió de dos solicitudes presentadas en mayo por una organización de derechos humanos, que atribuyó el riesgo a amenazas, actos de vigilancia y otros hechos relacionados con lo que describió como represión transnacional atribuida al Gobierno de Nicaragua. Entre las personas beneficiarias figuran periodistas de Darío Medios Internacional, además de personas dedicadas a la defensa de derechos humanos y a actividades políticas desde el exilio.

Uno de los elementos que la CIDH tomó en cuenta fue una alerta de seguridad transmitida por autoridades costarricenses. La resolución señala que, entre el 22 y el 23 de abril, personas beneficiarias recibieron información del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) sobre posibles atentados y sobre una lista de 15 nicaragüenses exiliados en Costa Rica considerados vulnerables a acciones de sicariato.

La Comisión indicó que el propio Estado reconoció la existencia de reuniones con las personas en riesgo y de información procedente de una fuente considerada confiable. En la evaluación de riesgo realizada a una periodista que inicialmente formó parte del procedimiento, las autoridades costarricenses determinaron la existencia de un “riesgo alto, específico, dirigido e inminente”, relacionado con información de inteligencia que advertía de una posible acción homicida.

A esos antecedentes se sumaron, según la información presentada ante la CIDH, amenazas de muerte, seguimientos, vigilancia, persecuciones e interceptaciones contra algunas de las personas incluidas en la solicitud. La Comisión también tomó en consideración el asesinato en Costa Rica, en junio de 2025, del exmilitar nicaragüense Roberto Samcam y señaló que ese caso mostraba la posible materialización de un patrón de riesgo similar al analizado en esta resolución.

Costa Rica sostuvo ante la CIDH que cuenta con mecanismos institucionales para atender estas situaciones y señaló que algunas de las personas no solicitaron protección, rechazaron medidas ofrecidas o abandonaron programas existentes. El Estado defendió la actuación del OIJ, la Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito (OAPVD) y la Unidad de Protección de Víctimas y Testigos (UPROV), y argumentó que sus autoridades actuaron de manera diligente, continua y de buena fe.

La CIDH reconoció los esfuerzos realizados por Costa Rica y valoró la disposición estatal para cooperar, pero concluyó que esas actuaciones no permiten establecer que el peligro haya desaparecido.

Pese a la disponibilidad de mecanismos institucionales de protección, las personas propuestas beneficiarias continúan enfrentando un riesgo que requiere la adopción de medidas de protección adecuadas a sus circunstancias particulares”.

La Comisión sostuvo además que los esquemas deben considerar las labores que desarrollan las personas protegidas, de forma que las medidas de seguridad puedan ser compatibles, cuando resulte posible, con la continuidad del trabajo periodístico, la defensa de derechos humanos o las actividades que desempeñan. Por ello, pidió una evaluación integral e individualizada y que las medidas se acuerden entre el Estado y las personas beneficiarias.

La CIDH solicitó a Costa Rica que adopte las acciones necesarias para proteger la vida y la integridad de las diez personas, que les permita continuar sus labores en condiciones de seguridad y que informe sobre las investigaciones destinadas a identificar a los responsables de los hechos que originaron las medidas cautelares. El Estado deberá informar a la Comisión, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la resolución, sobre las medidas adoptadas y actualizar posteriormente esa información de manera periódica.