Transcomer debe presentar la solicitud de inscripción de los productos MACAB y cualquier otro similar antes del 24 de febrero.

La Superintendencia General de Valores (Sugeval) ordenó a Transcomer Puesto de Bolsa de Comercio S.A. inscribir en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI) sus productos MACAB (ingreso, capitalizable, empresarial y vencimiento) y cualquier otro producto similar que ofrezca la empresa, tras determinar que estos cumplen con la definición de valores de oferta pública establecida en la Ley Reguladora del Mercado de Valores (LRMV).

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) confirmó la orden al rechazar, de forma unánime, un recurso de apelación presentado por Transcomer. La empresa tiene como fecha límite el próximo 24 de febrero para acatar la disposición.

La orden inicial de Sugeval fue emitida el 19 de marzo de 2024, pero Transcomer interpuso un recurso de apelación, rechazado primero por la superintendencia en mayo y luego, en firme, por el Conassif el 28 de noviembre del mismo año. Una solicitud de adición y aclaración presentada por Transcomer el 2 de diciembre fue declarada inadmisible el 20 del mismo mes.

Según Tomás Soley Pérez, superintendente general de valores, dentro de las labores de supervisión de la Sugeval se encuentra la potestad de establecer los criterios conforme a los cuales se precise si una oferta de valores es pública o privada y velar por que sólo puedan realizar oferta pública los sujetos autorizados. Soley también destacó que Transcomer aún tiene oportunidad de regularizar su situación para cumplir con la normativa.

La decisión de Sugeval se basa en disposiciones de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, el Acuerdo Sugeval 7-06 sobre Oferta Pública de Valores y el Acuerdo Sugeval 18-16 relativo a la intermediación y actividades complementarias. Estas normativas regulan los valores que tienen como objetivo obtener recursos del público y que, por ello, deben ser inscritos y supervisados.

Además, Transcomer opera en la Bolsa de Comercio, S.A. (Bolcomer), bajo la supervisión del Banco Central de Costa Rica (BCCR). Sin embargo, el Reglamento Operativo y de Funcionamiento de Bolcomer prohíbe la negociación de bienes reservados exclusivamente a las bolsas de valores reguladas por la Ley Reguladora del Mercado de Valores.