Capital social fue absorbido por las pérdidas generadas por la entidad, por lo que no puede ser devuelto.
La Administración de la Resolución de Coopeservidores R.L. emitió un comunicado de prensa recordando a las personas que eran asociadas de la cooperativa que el capital social no constituye un ahorro a la vista o a plazo, y por tal motivo no es posible que el Banco Popular y de Desarrollo Popular (BP), deposite el dinero correspondientes a aportaciones de capital, dado que lo que ha contemplado es la devolución de depósitos y no del patrimonio.
Dato D+: El capital social de una cooperativa consiste en un aporte económico que realizan las personas asociadas para poder formar parte de la entidad y contribuir en su fortalecimiento patrimonial, por lo que no constituye un ahorro personal, sino una aportación que forma parte del patrimonio de la entidad y que responde ante eventuales pérdidas.
La administración recordó que en el caso de Coopeservidores R.L. la magnitud de las pérdidas presentadas consumió los recursos de su capital social en su totalidad.
En los estados de cuenta que se entregaban a las personas asociadas a Coopeservidores, el rubro de capital social se encontraba bajo un título de ahorro corriente, no obstante, se especificaba que era por concepto de aportaciones de capital, y consistentemente, la Cooperativa lo tiene registrado como capital aportado por el asociado, tal y como se muestra en la siguiente imagen ilustrativa:
Adicionalmente, la administración de la resolución también aclaró que Coopeservidores R.L. consignaba en el estado de cuenta de sus clientes y asociados un rubro denominado “ahorro pago obligaciones”, como se muestra en la imagen, dicho rubro se utilizaba para que las personas depositaran la cuota del préstamo o de la tarjeta de crédito, para que la Cooperativa lo acreditara a la operación correspondiente, por lo que tampoco correspondía a un ahorro personal, sino a pagos destinados a sus créditos, los cuales se aplicaron oportunamente a sus deudas.
También explicaron que del total de créditos adquiridos por el BP a Coopeservidores R.L., existen varios casos en los que las personas han experimentado modificaciones en el pago de sus cuotas, lo cual se debe a que, entre las irregularidades encontradas por la interventoría y posteriormente por la resolución, se determinó que la Cooperativa realizaba prórrogas automáticas sin consentimiento del cliente y sin que efectuara el ajuste a las cuotas oportunamente.
Tal situación llevó a que al momento que el BP corrió los datos en sus sistemas, no solo se evidenció esta práctica, sino que resultó necesario efectuar la rectificación de las cuotas de algunos préstamos, a fin de que reflejen las condiciones originales del contrato en los términos de plazo y tasa pactados.
Finalmente, recomendaron a las personas que tengan una situación de este tipo y le hayan ajustado la cuota, que se acerquen directamente al Banco Popular para conocer las opciones que la entidad bancaria tiene a disposición de estas personas para solucionar su situación al respecto.