Mandatario cuestionó a la Contraloría por la advertencia de ilegalidad en modelo anunciado por el Poder Ejecutivo.

El presidente de la república, Rodrigo Chaves Robles, cuestionó la decisión de la contralora general de la república, Marta Acosta Zúñiga, de rechazar las apelaciones que desde el Poder Ejecutivo habían presentado contra la advertencia del ente contralor de que la modalidad anunciada para construir Ciudad Gobierno es ilegal.

Durante la conferencia de prensa previo al Consejo de Gobierno el mandatario señaló:

Yo verdaderamente lamento como costarricense que la Contraloría General de la República esté impidiendo con criterios bastante, digamos, debatibles desde el punto de vista legal y desde un punto de vista de probidad pública también, el hecho de que podamos construir nuestra propia Ciudad Gobierno”.

Adicionalmente, el presidente sugirió a la Asamblea Legislativa abrir una investigación por el actuar del ente contralor:

A ver señores diputados, ustedes son bastante inclinados, bastante proclives, a hacer comisiones investigadoras, yo creo que el pueblo de Costa Rica está mirando a ver si ustedes van a hacer una comisión investigadora de su propio órgano adjunto que es la Contraloría General de la República, en este caso que es para ponerlo de manera diplomática, sorprendente”.

El mandatario adelantó que, ante la advertencia de la Contraloría, desde el Poder Ejecutivo estarían presentarán un proyecto de ley para que Ciudad Gobierno pueda realizarse bajo la modalidad que están proponiendo.

La advertencia de la Contraloría

El año pasado el presidente, Rodrigo Chaves Robles anunció en conferencia de prensa que el proyecto de Ciudad Gobierno se realizaría utilizando un modelo financiero tipo Construir, Arrendar, Transferir (BLT, por sus siglas en inglés), con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Posteriormente, en el 4 de setiembre de este año la Contraloría emitió una advertencia a los jerarcas del Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplán), Laura Fernández Delgado,  y del Ministerio de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, señalando que para la ejecución del proyecto de Ciudad Gobierno “no es posible utilizar la figura de compra y arrendamiento de bienes inmuebles prevista en el artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) para contratar de forma directa el objeto indicado por la administración, siendo lo procedente someterse a los procedimientos ordinarios de contratación previstos en la ley”.

Ante esa advertencia los jerarcas solicitaron a la Contraloría reconsiderar su posición entorno al artículo 67, y en el rechazo de la apelación final firmado desde el despacho de la contralora, como ente final del proceso, se le recordó a los jerarcas que el artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) "es un procedimiento especial, excepcional y acotado a la materia común de arrendamientos, que no puede sobreponerse a la regla de la licitación”.

Dato D+: El artículo 67 de la LGCP se trata de un procedimiento especial para que la Administración efectúe el arrendamiento o la compra de bienes inmuebles, siempre que se presenten una serie de supuestos, a partir de los cuales la promoción de un procedimiento ordinario de contratación no resulte ser la mejor vía para solventar una necesidad latente.

Durante la conferencia de prensa la ministra Fernández cuestionó los argumentos de la Contraloría, asegurando que tras revisar distintas condiciones financieras la mejor opción que encontraron fue la figura de arrendamiento operativo, establecida en el artículo 67 de la vigente Ley General de Contratación Pública de Costa Rica (LGCP).

Sin embargo, la advertencia hecha por la Contraloría aclara que es improcedente un arrendamiento operativo para el proyecto de Ciudad Gobierno ya que “pretende ser desarrollado en terrenos que son propiedad del Estado, donde el BCIE sería el encargado de diseñar, financiar, construir, alquilar, mantener y luego transferir al Gobierno de Costa Rica, los edificios del proyecto Ciudad Gobierno”.

Adicionalmente, la jerarca de Mideplán aseguró que “este artículo [el 67 de la LGCP] retoma causales de contratación directa que ya han sido practicadas en Costa Rica sin que la Contraloría General de la República las vetara, las objetara y adicionalmente, muchos de los casos donde este artículo ha aplicado y se ha implementado no recibió observación alguna por parte del ente contralor”. Sin embargo, la contralora indicó a los jerarcas que en el pasado se habían aprobado proyectos con modalidades similares a la anunciada para Ciudad Gobierno, pero los casos utilizados como ejemplo no son idénticos a la propuesta anunciada, e incluso utilizan excepciones distintas o que ya no están vigentes, y añade:

ciertamente proyectos anteriores pueden compartir algunos elementos con la iniciativa del proyecto Ciudad Gobierno, sin que ello -por sí sólo- se convierta en la justificación para acreditar la viabilidad del artículo 67 para este caso específico”.

Por último, Fernández cuestionó que la Contraloría consideré el financiamiento del BCIE como un crédito, que requiere aprobación legislativa, y aseguró que “hay abundantes casos donde la misma Contraloría ha dicho que al que le corresponde tipificar los tipos de arrendamientos es al Contador Nacional y el contador nacional revisó todos estos documentos y nos generó un criterio indicándonos a las autoridades que esto es arrendamiento operativo”, sin embargo, lo que indica el oficio enviado esta semana por la contralora es que “la adquisición de un inmueble a plazos, mediante pagos es un arrendamiento financiero y por ende deuda pública”.

La advertencia dada por la Contraloría se realizó como parte de una investigación por una denuncia relacionada con el financiamiento del proyecto Ciudad Gobierno, y su efecto es recordarle al Poder Ejecutivo que para este proyecto lo que procede es “someterse a los procedimientos ordinarios de contratación previstos en la ley; debiendo garantizar durante toda la contratación el cumplimiento del principio de transparencia, de manera que los actos que se emitan sean accesibles de manera libre e igualitaria por parte de los intervinientes y de cualquier persona interesada”.