El Plenario de la Asamblea Legislativa avanzó este lunes con la iniciativa de ley para rebajar el monto a pagar por el marchamo 2022, mediante un descuento al Impuesto a la Propiedad de Vehículos.
A pesar de la negativa de la bancada de gobierno, la oposición logró imponerse y aprobó una redacción distinta a la originalmente contemplada en la iniciativa, que pasa ahora de proponer las mismas escalas y porcentajes de rebaja aplicados en la Ley de Alivio del Pago de Marchamo 2021, a una escala similar a la de la Ley 7088 que regula el tributo, pero con reducciones de hasta 79% en el porcentaje del impuesto a pagar.
De este modo, el impuesto a la propiedad de vehículos automotores será el siguiente, según el valor fiscal:
- Hasta ¢240.000: pagará ¢13.800 (reducción de la mitad respecto al establecido por ley)
- Sobre el exceso de ¢240.000 y hasta ¢940.000: se pagará un 0.80% de impuesto (reducido del 1.20% que se cobraría sin la modificación)
- Sobre el exceso de ¢940.000 y hasta ¢1.860.000: se pagará un 1.20% de impuesto (reducido del 1.50% respecto al establecido por ley)
- Sobre el exceso de ¢1.860.000 y hasta ¢2.810.000: se pagará un 1.80% de impuesto (reducido del 2.0% respecto al establecido por ley)
- Sobre el exceso de ¢2.810.000 y hasta ¢3.510.000: se pagará un 2.40% de impuesto (reducido del 2.5% respecto al establecido por ley)
- Sobre el exceso de ¢3.510.000 y hasta ¢4.210.000: se pagará un 2.90% de impuesto (reducido del 3.0% respecto al establecido por ley)
- Sobre el exceso de ¢4.210.000 y hasta ¢15.000.000: se pagará un 3.30% de impuesto (reducido del 3.5% respecto al establecido por ley)
Para los vehículos de carga liviana, al resultado de aplicar dicha escala se le sumará una rebaja adicional del 20%. Asimismo, se dispuso que las rebajas no sean aplicables para los vehículos particulares o de carga liviana con valor superior a los 15 millones de colones.
Sin embargo, Delfino.cr detectó que la redacción aprobada por los diputados no excluye a las embarcaciones ni aeronaves, por lo que también se verían beneficiadas de los descuentos. Pablo Heriberto Abarca del PUSC indicó que esperan solventar ese tema con una moción en el Plenario este martes.
El otro descuento aprobado es la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las motocicletas con un valor fiscal inferior a 1 millón de colones.
Los beneficios no aplicarán en ningún caso a vehículos de cualquier tipo ni motocicletas que sean propiedad personal o de sus cónyuges o convivientes, así como aquellos registrados a nombre de personas jurídicas en las que tengan participación los miembros de los Supremos Poderes, el presidente de la República y sus vicepresidencias; los ministros y viceministros, los diputados, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, el contralor y subcontralor general de la República; el procurador y subprocurador general; la defensora y defensora adjunta de los Habitantes; el superintendente de la Sugeval, Sugef, Sugese, Supén; los jerarcas y miembros de juntas directivas de los bancos del Estado y de las instituciones públicas, alcaldes, vicealcaldes ni intendentes.
El diputado Abarca señaló a este medio que con la propuesta aprobada, y una vez excluidas las aeronaves y embarcaciones, se estima que la rebaja colectiva ascenderá a los 40 mil millones de colones, versus los 67 mil millones que costó para la Hacienda Pública el haber aprobado el descuento para este 2021.
Con la escala aprobada este lunes, un vehículo particular con valor fiscal de 1.86 millones de colones tendrá una rebaja de 19.360 colones en el impuesto a pagar, respecto a los 49.800 colones que tendría que erogar sin esta iniciativa (38.88% de descuento). Un vehículo con valor fiscal exacto de 15 millones tendría un descuento del 9.12% al tener que pagar 440.710 colones, en lugar de 484.950 colones.
Condonación de marchamos atrasados desde 2014
El Plenario también aprobó por mayoría de la oposición una moción del diputado socialcristiano Erwen Masís Castro con la cual se condonarán los marchamos atrasados desde el 2014.
La medida viene a complementar una resolución emitida por el Ministerio de hacienda en el año 2014, que declaró la prescripción de las deudas por marchamo del año 2014 hacia atrás.
Para poder beneficiarse de la condonación, los propietarios deberán pagar el marchamo correspondiente al 2021 y el del 2022 a más tardar el 1 de enero del 2022, pues si se hace después de dicha fecha los marchamos pendientes retomarán vigencia.
Masís celebró la aprobación de la moción al afirmar que es una alternativa importante para todos aquellos que por algún motivo no han podido pagar el marchamo, tales como carros varados, chocados o retenidos.
"A partir de la aprobación de este proyecto tendrán no solo un rebajo en el marchamo, sino también una exención de pago a todos los que se pongan al día en el marchamo del 2022, generándole al Ministerio de Hacienda una posibilidad de motivación para que la gente se ponga al día y pase de la informalidad a la formalidad", dijo el legislador.
La iniciativa continuará con el trámite de mociones de fondo en el Plenario este martes, al ser una iniciativa dispensada del trámite de comisión dictaminadora. Posterior a ello, seguirá la discusión y votación en primer y segundo debate.
Lea: ¿Cómo funciona realmente el marchamo?
Breves
— Con 46 votos a favor y 0 en contra, se aprobó realizar una sesión extraordinaria este miércoles para realizar un debate reglado y votación de la Liquidación del Presupuesto Nacional 2020, y dictamen de la Contraloría General de la República, tramitado en el expediente 22.508.
— Con 41 votos a favor y 0 en contra, se aprobó en segundo debate el expediente 22.645 "Sexto Presupuesto Extraordinario de la República que Modifica la Ley 9926, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2021". Este plan de gasto incorpora los recursos de tres créditos externos provenientes del FMI, del BIRF y del BID, por un monto total de 693.6 millones de dólares, además incluye ¢14.970,7 millones al Ministerio de Salud para la adquisición de dos millones de dosis de vacunas contra el COVID-19 y los insumos necesarios para su aplicación; 705,4 millones de colones provenientes de una rebaja en los montos por alquileres que pagan las instituciones con cargo al Presupuesto Nacional; 36 mil millones para amortizar la deuda que tiene el Ministerio de Educación con la Caja de Seguro Social, así como ¢18.928,6 millones para el subsidio de pasajes para el transporte de estudiantes, programa que Beneficia a 164 mil estudiantes que se encuentra en condición de pobreza y cubre todos los niveles de educación.
— Con 42 votos a favor y 0 en contra, se aprobó en segundo debate el expediente 22.584 "Reforma del artículo 1 de la Ley de Creación de la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación, Ley N° 9971 del 11 de mayo de 2021". Esta iniciativa, dispensada de trámites, modifica la redacción del artículo 1 de la Ley 9971 “Creación de la Promotora Costarricense de Innovación e investigación”, para corregir en dos ocasiones la inversión de las palabras “innovación” e “investigación”.
— Con 40 votos a favor y 0 en contra, se aprobó en segundo debate el expediente 22.585 "Reforma al artículo 6 y adición una sección XI, al capítulo II, título II, que contendrá los nuevos artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley General de Policía Nº 7410 del 26 de mayo de 1994, para la Creación de la Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea como Cuerpo Policial adscrito al Ministerio de Seguridad Pública", que como su nombre lo dice, incorpora la Dirección de Servicio de Vigilancia Aérea con sus competencias, atribuciones, subordinación y estructura organizacional a Ley General de Policía.
— La Comisión de la Mujer rechazó y archivó el expediente 22.140 "Reformar de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, número 8589, Reforma al Articulo 21 "Femicidio"", al haberse aprobado ya en el Plenario dos proyectos de ley ene l mismo sentido.
— La Comisión de Zonas Costeras y Territorios Fronterizos aprobó un texto sustitutivo para el expediente 22.391 "Ley para la gestión y regularización del patrimonio natural del Estado y del Derecho de Utilidad Ambiental (LEY DUA)".
— La Sala Constitucional notificó a la Asamblea Legislativa que no encontró vicios de procedimiento ni de fondo en el expediente 21.658 "Ley de regulación de los vapeadores y cigarrillos electrónicos (SEAN/SSSN)", por lo que el proyecto queda habilitado para recibir el segundo debate.






