El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) anunció esta semana que ampliará el plazo para renovación como PYME a las empresas que se les vence la condición entre enero y diciembre de 2021, con el fin de facilitar sus trámites frente al impacto negativo de la pandemia de COVID-19. 

La Directriz Presidencial 113-MP-MEIC respalda esta acción, ya que permite revisar la validez de los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones para que las personas físicas o jurídicas puedan ejercer alguna actividad, ya sea productiva, económica, comercial o de cualquier otra naturaleza.

Esta decisión busca apoyar a que las empresas con condición PYME mantengan sus beneficios como por ejemplo, el acceso a fondos no reembolsables para innovación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) y la participación como proveedor pymes del Estado y las ferias empresariales y encuentros de negocios.

Así mismo, podrán continuar con la exoneración de impuesto a personas jurídicas y la exoneración del IVA del aquiler de las PYME con un monto menor a 669 mil colones.

Los beneficios de estas empresas se originan de la Ley 8262 o Ley de Fortalecimiento a las PYMES.

Al respecto la ministra de Economía, Victoria Hernández, indicó que:

Concientes de la situación que enfrentan las empresas es indispensable apoyar al parque empresarial pyme; por eso una vez más el MEIC prorroga la vigencia de la condición pyme, con el fin de avanzar en la simplificación de trámites y facilitar el clima de negocios. Además, con esta acción no solo buscamos brindar una respuesta rápida y oportuna a las necesidades de los empresarios, sino también evitar que las personas se trasladen a la institución con el fin de mitigar los contagios”.

La Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME) enviará un correo electrónico oficial a las empresas sobre esta decisión que se tomó.

¿Qué deben hacer las empresas que se registran como PYME por primera vez? 

Para inscribirse como PYME, las empresas pueden realizar una declaración jurada; sin embargo, no es necesario adjuntar los requisitos que se solicitan en la normativa como la última declaración de renta y el recibo del pago de la póliza de riesgos de trabajo.

Para solicitar el registro deben:

  • Registrarse como usuario en https://www.siec.go.cr/DIGEPYME/login.jsp y descargar el formulario. Ese documento sirve como declaración jurada.
  • En el proceso, el sistema requerirá adjuntar los comprobantes de las condiciones adicionales, para ello hay que incluir un documento en blanco. Si no se cumple, el proceso no continuará.

En caso de que cuente con una firma digital, puede realizar la diligencia en https://meicdirecto.bccr.fi.cr/sitio/MEICDirecto/Inicio. Cabe resaltar que se puede realizar este registro de manera gratuita y voluntaria. 

Las empresas deben pedir una constancia PYME (si es que la necesita) por medio del correo electrónico [email protected] y el MEIC envía el documento digitalmente.

El MEIC habilitó el mismo correo electrónico en caso de que haya una consulta. También se puede llamar al 2549-1400 extensiones 100, 110 o de la 141 a la 145.