El Ministerio de Salud de Costa Rica actualizó este fin de semana los protocolos nacionales sobre casos confirmados o sospechosos de COVID-19, así como los protocolos a seguir con todas aquellas personas que recibieron una orden de aislamiento de 14 días tras haber ingresado al país tras el cierre de fronteras.
De acuerdo con los documentos en poder de Delfino.cr, de ahora en adelante se considerará "caso sospechoso" de COVID-19 a una persona si ocurre alguna de las siguientes circunstancias:
1. Persona con infección respiratoria aguda (fiebre y al menos un signo o síntoma de enfermedad respiratoria, por ejemplo tos, dificultad respiratoria, congestión nasal) y que cumpla con alguno de estos dos criterios:
a. No tener otra enfermedad que explique completamente la presentación clínica del evento.
b. Un historial de viajes fuera del país en los 14 días previos al inicio de los síntomas (independientemente del lugar visitado)
2. Persona con infección respiratoria aguda grave (IRAG).
3. Una persona con anosmia (pérdida del sentido de olfato) o disgeusia (cambio en la percepción del gusto) y/o enfermedad respiratoria aguda de cualquier grado de severidad, que dentro de los 14 días anteriores al inicio de la enfermedad tuvo contacto físico cercano con un caso confirmado o probable por COVID-19.
De ahora en adelante, los médicos tratantes ya no tendrán como requisito realizar el panel respiratorio para descartar otras enfermedades antes de poder tomar las muestras para diagnosticar COVID-19 y remitirlas a alguno de los laboratorios autorizados.
Asimismo, el Ministerio de Salud señaló que el aislamiento respiratorio es una de las principales medidas de control y debe ser aplicado a todos casos sospechosos y los casos confirmados de COVID-19. De este modo, únicamente aquellos casos sospechosos que presentan complicaciones u otros que se consideren pertinentes, deben ser referidos a un hospital que tenga organizado un área de aislamiento hospitalario que cuente con las medidas establecidas.
Seguimiento de contactos
Se entenderá por "contacto cercano" de un caso sospechoso, probable o confirmado por COVID-19 a una persona que, sin haber usado medidas de protección adecuadas, tenga alguna de estas condiciones:
- Haya proporcionado cuidados a un caso sospechoso, probable o confirmado sintomático, ya sea en el entorno doméstico o de atención de salud.
- Haya tenido exposición en forma directa a moco o saliva de una persona sospechosa, probable o confirmada positiva sintomática, ya sea producida por un estornudo o tosido, o por beso, o alimentos o utensilios de alimentación compartidos.
- Haya estado cara a cara con un caso sospechoso, probable o confirmado de COVID-19 a menos de 1.8 metros de distancia y por más de 15 minutos.
- Haya estado en un lugar cerrado (aula, oficina, sala de sesiones, área de espera o habitación) con un caso sospechoso, probable o confirmado sintomático a una distancia menor de 1.8 metros, por un período mayor o igual a 15 minutos
- En el entorno de un avión, pasajeros situados en un radio de dos asientos alrededor de un caso sintomático o la tripulación que brindó atención directa durante el vuelo a dicha persona.
"Contactos cercanos de un caso confirmado"
Definido lo que se entiende por "contacto cercano", el Ministerio de Salud decidió que los contactos cercanos de un caso confirmado de COVID-19, pero que no presenten síntomas, deberán aislarse en su domicilio por un espacio de 14 días, contados a partir de la fecha en que se dio el último contacto con el caso confirmado.
Esos "contactos cercanos" tendrán seguimiento por teléfono para asegurar si desarrollan o no síntomas durante su aislamiento, por lo que mientras no desarrollen síntomas no se les tomará la prueba de diagnóstico de COVID-19 pues al estar asintomáticos la posibilidad de un resultado creíble de la prueba es inferior.
Por el contrario, si esos "contactos cercanos" desarrollan síntomas respiratorios durante su periodo de aislamiento, deberán ser atendidos en el servicio de salud, se les tomará la prueba y automáticamente se les considerará "caso sospechoso", por lo que tendrán el seguimiento y atención que corresponde según esa definición.
Aunque la prueba de esos contactos cercanos salga negativa, deberán mantenerse en aislamiento hasta completar los 14 días. Llegado el fin de ese periodo, se les tomará una nueva prueba para asegurar que el primer análisis no correspondió a un falso negativo. Si esa nueva prueba da negativo, se le retirará el aislamiento a esa persona; pero de dar positivo, su aislamiento ahora será de 17 días, contados a partir del momento en que iniciaron los síntomas.
"Contactos cercanos de un caso sospechoso"
Para los contactos de casos sospechosos, el Ministerio de Salud definió que aquellos que no presenten síntomas no deberán aislarse, sin embargo, se les dará seguimiento telefónico por 14 días y si durante ese plazo desarrollan síntomas, se les considerará "caso sospechoso" y pasarán a tener el seguimiento y atención que corresponde para esa categoría.
Procedimiento para dar de alta
Aquellos casos positivos de COVID-19 serán dados de alta (considerados curados) dependiendo de su cuadro clínico.
Para pacientes sin factores de riesgo y que hayan desarrollado síntomas leves, se evaluará darles de alta a los 14 días del inicio de síntomas, siempre que para esa fecha se encuentren asintomáticos. Si se verifica la condición de asintomático se procederá a realizar dos pruebas de COVID-19 consecutivas en un intervalo de 24 horas. Si se obtiene una prueba con resultado positivo se esperará un tiempo de 48 horas para tomar una nueva muestra. Si ambas pruebas dan negativo, se les dará el alta.
Para los pacientes con inmunosupresión y/o hospitalización se darán de alta dependiendo de la evaluación clínica del paciente, para lo cual deben estar estables, asintomáticos y tener dos pruebas de COVID-19 consecutivas negativas. En este caso se debe evaluar la respuesta del paciente y considerar si la prueba se repite en 24 o 48 horas.
Solo el Inciensa tiene permitido analizar las muestras necesarias para dar de alta a los pacientes confirmados por COVID-19.
Personas con orden de aislamiento tras ingresar desde el cierre de fronteras
El Ministerio de Salud también actualizó el protocolo a seguir para todas aquellas personas nacionales o residentes que ingresaron a Costa Rica después del cierre de fronteras, el cual se extiende hasta el 12 de abril.
A las personas con orden sanitaria de aislamiento por 14 días se les debe dar seguimiento telefónico durante ese periodo y si no desarrolló síntomas, al día 14 se le notificará telefónicamente que su aislamiento ha finalizado.
Sin embargo, si la persona con orden sanitaria de aislamiento reporta durante el seguimiento telefónico haber desarrollado síntomas (cualquier día entre el 1 y 14), debe comunicarse inmediatamente al Área Rectora de Salud con el fin de coordinar la toma de la muestra. De forma paralela a la toma de muestra, el Área Rectora de Salud procederá a notificar una segunda orden sanitaria, en la cual se ordena un nuevo período de aislamiento domiciliar por otros 17 días a partir de la fecha de inicio de síntomas.
Si la prueba de COVID-19 de esa persona con síntomas da negativa, pero tiene antecedente de haber estado en contacto con una persona positiva o llegó al país procedente de un lugar donde hay transmisión local de la enfermedad, su aislamiento deberá mantenerse hasta cumplir esos 17 días.
Una vez pasados 14 días de la segunda orden sanitaria, a la persona se le tomará otra prueba de COVID-19 para determinar que no corresponde a un falso negativo.
Si el resultado de esa segunda prueba al día 14 es negativo, se le notificará por teléfono a la persona que su aislamiento ha finalizado. Sin embargo, si el resultado es positivo (y por ende la primer prueba fue un falso negativo), la persona deberá cumplir el periodo de aislamiento domiciliar (17 días) dictado en la segunda orden sanitaria.
Cumplido ese plazo, se deberá cumplir el mismo protocolo para dar de alta a una persona confirmada con COVID-19: tener dos resultados negativos consecutivos en un período de 24 horas, por lo que la orden sanitaria de aislamiento se extenderá hasta tanto no se considere a la persona recuperada.
Esta actualización de protocolos pretende minimizar al máximo la posibilidad de pruebas que arrojen "falsos negativos" en personas que sí están infectadas, con el consiguiente contagio de más personas.