La Comisión de Nombramientos de la Asamblea Legislativa eligió el día de ayer la terna que recomendará al Congreso para llenar la vacante en la Sala I de la Corte Suprema de Justicia que dejó disponible Carmen María Escoto desde diciembre del año pasado.

La votación para escoger a las tres personas se realizó a pesar de que ninguna de las seis finalistas alcanzó una calificación mayor a 70 durante el proceso de selección definido por la comisión. La terna quedó integrada de la siguiente manera:

  1. Alexandra Alvarado Paniagua, calificada con 68.6 puntos de 100.
  2. José Rafael Fernández Quesada, calificado con 66.4 puntos de 100.
  3. Damaris Vargas Vásquez, calificada con 63.4 puntos de 100.

¿Los motivos de las bajas notas? Los desconocemos a fondo, ya que solo el 60% de la calificación se hace con base en los atestados y experiencia de las y los candidatos, mientras que el restante 40% se designa promediando la puntuación que otorga cada miembro de la comisión a la entrevista realizada, sin que se conozcan las justificaciones. Todo esto a pesar de que la Sala Constitucional recientemente recordó que el secretismo debe ser la excepción y no la norma en la Asamblea Legislativa.

Dato D+: Desde Delfino.cr mantenemos la acción de inconstitucionalidad 19-011022-0007-CO para que las votaciones para elección de magistraturas sean públicas, tanto en la Comisión como en el Plenario.

Al respecto Enrique Sánchez señaló:

Lamentablemente la Comisión de Nombramientos insiste en hacer votaciones secretas sin tener una obligación reglamentaria de hacerlo. Yo había propuesto que esta votación sea pública. Por eso yo, por coherencia con lo que había manifestado, hice público que voté en las tres votaciones por una de las postulantes: Yazmin Aragón Cambronero.

El presidente de la Comisión, Luis Fernando Chacón (PLN), justificó la votación señalando que “esta elección se hizo con el procedimiento establecido hasta el día de hoy con el reglamento legislativo”.

Justamente, un grupo ciudadano había interpuesto una acción de inconstitucionalidad contra este proceso —y los otros tres pendientes para la Sala Tercera— que lleva la Comisión de Nombramientos, alegando la falta de transparencia y respeto a los estándares internacionales criterios objetivos para valorar a las y los candidatos. Sin embargo, la Sala rechazó por el fondo la admisibilidad de esta acción.

Recordemos que el artículo 159 de la Constitución Política solo exige como requisitos para que una persona sea electa a una Magistratura que sea ciudadano en ejercicio, mayor de 35 años, tener un título en Derecho reconocido en el país y haber ejercido un mínimo de 10 años o trabajado, por lo menos, 5 años en el Poder Judicial.

Es por esto que, a pesar de que la comisión presenta una terna al Plenario, las y los diputados no están obligados a limitar su voto a alguno de esos tres nombres. Incluso, si se ponen de acuerdo, pueden elegir a una persona que ni siquiera haya participado del concurso, tal y como sucedió en diciembre del 2013 cuando 40 diputados votaron por Luis Fernando Salazar para nombrarlo magistrado de la Sala Constitucional, a pesar de que él no formaba parte de ese concurso.

A pesar de que la selección de la terna es solo una sugerencia, el proceso no estuvo libre de controversias, ya que el diputado del PUSC, Rodolfo Peña, formaba parte de la comisión y mintió a tres medios de comunicación sobre su vínculo con una de las candidatas —Damaris Vargas—, a quién calificó de “una amistad universitaria”, solo para que posteriormente se confirmará que habían tenido una relación sentimental.

Cuando se confirmó la mentira de Peña, este decidió abstenerse de continuar conociendo los expedientes donde participaba Vargas, y el día de ayer durante la votación la Comisión de Nombramientos estuvo integrada por Jorge Fonseca y Luis Fernando Chacón (PLN); Floria Segreda y Carlos Avendaño (PRN); Erwen Masís (PUSC); Enrique Sánchez (PAC) y Dragos Dolanescu (PRSC).