Efectivos del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) arrestaron, este viernes, a dos hombres señalados como líderes del autodenominado "Comando 7 de Julio", quienes grabaron un vídeo que incita al levantamiento armado contra la administración de Carlos Alvarado.
Según confirmó el director del Organismo de Investigación Judicial, Wálter Espinoza, se trata de Álvaro Ramón Sequeira Mendiola de 58 años de edad, con sentencia de 12 años de prisión (readecuado a 3 años) pendientes de cumplir, y con pasadas por portación ilegal de armas, estafa y asociación ilícita. También fue detenido Jefrry Gabriel Fernández Ramírez, quien tiene pasadas por privación de libertad, daños y tentativa de homicidio.
Espinoza detalló que como consecuencia de las investigaciones abiertas tras la publicación del vídeo, se logró identificar a esas dos personas como líderes de esta agrupación. Sus detenciones se hicieron cerca de las 10:30 a.m. de este viernes en la Zona Norte del país.
Las investigaciones que hemos efectuado nos permiten vincularlos de manera directa con el vídeo, con las amenazas proferidas, con las actividades de amotinamiento y los actos de sedición que ellos mencionan cuando están haciendo el traslado de sus ideas al país mediante las redes sociales.
El director del OIJ agregó que aún se tiene pendiente hacer varias actividades de investigación y que se pretende identificar al resto de sujetos que aparecen en el vídeo.
Asimismo, señaló que una de las pericias que permitió la identificación y ubicación de uno de los sujetos detenidos fue la labor hecha por el Área de Acústica Forense del OIJ, que permitió determinar "más allá de toda duda", de que la voz del vídeo correspondía "indefectiblemente" a la Álvaro Ramón Sequeira Mendiola.
"Este es un dato primario, un dato básico que nos permitió orientar la investigación. Habíamos hecho actividades de indagación de otra naturaleza con la DIS. Hoy tenemos el primer resultado positivo y pretendemos avanzar en la investigación", agregó.
El Ministerio de Seguridad Pública (MSP) y la DIS presentaron esta semana una denuncia por la grabación del vídeo, el cual además de contener amenazas hacia el Presidente de la República y los diputados, instaba a la Fuerza Pública a alzarse en armas contra el Gobierno.
El Código Penal vigente dispone sanciones para los partícipes del video y sus eventuales cómplices. El artículo 301 dispone prisión de 2 a 10 años para quien se alce en armas para cambiar la Constitución, deponer alguno de los organismos del Estado o impedir, aunque sea de forma temporal, el libre ejercicio de sus facultades constitucionales o su formación o renovación en los términos y formas legales.
Asimismo, el artículo 303 dispone cárcel de 6 meses a 3 años a quien haga propaganda pública para sustituir, por medios inconstitucionales, los organismos creados por la Constitución o para derogar los principios fundamentales que ella consagra, mientras que el artículo 304 impone cárcel de 1 a 4 años a quienes se alzaren públicamente en número de 10 o más, para impedir la ejecución de leyes o de las resoluciones de los funcionarios públicos o para obligarles a tomar alguna medida u otorgar alguna concesión.
De seguido, el artículo 307 dispone que será reprimido con prisión de 1 a 5 años el que tomare parte en una conspiración de tres o más personas para cometer el delito de rebelión.
El seducir a las fuerzas de seguridad o usurpar el mando de ellas, de un buque o avión a su servicio, o a quien retenga ilegamente un mando político para cometer una rebelión o motín, será castigado con con la mitad de la pena del delito que trataba de perpetrar.
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