Propósito del Proyecto
Aprueba el “Convenio sobre el Reconocimiento y la Ejecución de Sentencias Extranjeras en Materia Civil o Comercial”. El Convenio define los supuestos, requisitos y procedimiento para el reconocimiento de las sentencias de una manera similar a la normativa nacional vigente al respecto. En términos generales, es necesario presentar una copia certificada de la sentencia completa, que permita comprobar que esta es eficaz y ejecutoria en el Estado emisor. También debe demostrarse que se ha respetado el derecho de defensa. Si los documentos se encuentran en otro idioma, se exige una traducción oficial al idioma del Estado requerido (artículo 12). El Convenio también remite al derecho del Estado requerido en cuanto al exequatur (declaración de ejecutoriedad), enfatizando la necesidad de que el trámite sea realizado con celeridad (artículo 13).