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Reforma fiscal para rentas extranjeras

En principio, Costa Rica construyó su sistema tributario sobre una premisa sencilla: el país cobra impuestos por lo que ocurre dentro de sus fronteras. Un salario devengado en San José tributa aquí; una renta obtenida en el extranjero, no. Ese principio —la territorialidad— ha sido, a la vez, una convicción jurídica y una carta de presentación para atraer inversión y residentes de alto patrimonio. Sin embargo, el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo el pasado 22 de setiembre propone reformar este sistema ampliando la base contributiva hacia las rentas pasivas extranjeras.

La iniciativa, que ingresó a la Asamblea Legislativa bajo el expediente 25.796, no deroga la territorialidad por completo, pero sí abre una excepción de peso. De aprobarse, toda persona o estructura residente en el país pasaría a tributar sobre sus rentas pasivas de fuente extranjera: los dividendos, intereses, regalías, alquileres y ganancias de capital que obtenga fuera de Costa Rica. La renta activa —la que proviene de un negocio o de un empleo— seguiría siendo territorial y, por ende, no gravable. El cambio recae exclusivamente sobre el capital colocado en el exterior.

El giro no es casual. La recaudación tributaria cerró 2025 en su nivel más bajo en dos décadas como proporción de la economía, pese a que esta creció. Con una deuda cercana al 60% del producto interno bruto y una regla fiscal que restringe el gasto, el Gobierno busca nuevos ingresos sin elevar las tarifas vigentes. Alcanzar la renta que hasta hoy escapaba del sistema es una de las vías para lograrlo.

Conviene traducirlo a un caso concreto. Imagínese una familia residente en Costa Rica que, con sus ahorros, mantiene una cartera de acciones y bonos en Estados Unidos. Cada año recibe dividendos e intereses de esas inversiones. Bajo las reglas actuales, ese ingreso no paga impuesto en Costa Rica porque se generó afuera. Si el proyecto se aprueba, esa misma familia deberá declararlo y tributar sobre él —en principio, a una tarifa del 15%—, aunque el dinero nunca haya entrado al país. Lo que antes quedaba fuera del alcance del fisco pasaría a formar parte de su base imponible.

El proyecto contempla restar el impuesto ya pagado en el exterior para atenuar la doble tributación, aunque lo hace por una vía —la deducción— menos generosa para el contribuyente que un crédito pleno. Ese y otros detalles técnicos serán, con seguridad, materia de discusión durante el trámite legislativo.

Por ahora, la iniciativa apenas comienza su recorrido y podría cambiar antes de convertirse en ley. Pero su sola presentación marca un punto de inflexión. Para miles de costarricenses con inversiones más allá de la frontera —y para quienes eligieron el país, en parte, por su tratamiento fiscal—, conviene entender desde ya qué se propone y por qué. En próximas entregas examinaremos cómo funcionaría el nuevo gravamen y qué preguntas deja abiertas.