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Chaves rechaza recurso del Poder Judicial contra recorte adicional de ₡23.721 millones

Hacienda reiteró que estima una caída en la recaudación de ₡373.390,8 millones como fundamento del recorte.

El Ministerio de Hacienda informó la noche de este miércoles que rechazó el recurso de revocatoria presentado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre Gómez, contra el recorte adicional de ₡23.721,8 millones que el ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves Robles, ordenó incorporar al presupuesto del Poder Judicial mediante el II Presupuesto Extraordinario de 2026.

La resolución, firmada este 2 de setiembre por el ministro Chaves, también rechazó una gestión de nulidad planteada conjuntamente por la Corte y una solicitud de medida cautelar provisionalísima.

Hacienda sostuvo que el oficio MH-DM-OF-0901-2026, mediante el cual comunicó el pasado 18 de agosto el ajuste adicional, no modificó por sí mismo el presupuesto vigente del Poder Judicial, sino que corresponde a un acto preparatorio dentro del proceso de formulación de un proyecto de ley presupuestario.

Según el ministro, ninguna de las 85 subpartidas señaladas en el oficio ha sufrido todavía una modificación y cualquier cambio deberá aprobarlo la Asamblea Legislativa.

El Poder Judicial advirtió que 56 de las 85 subpartidas, incluidas por Hacienda en el recorte, tienen menos recursos disponibles que lo estimado por el Ministerio.

La resolución de Hacienda señala:

El oficio N.º MH-DM-OF-0901-2026 comunica una propuesta que no es la definitiva —la definitiva será la que apruebe la Asamblea Legislativa, si la aprueba— y la sede natural para hacer valer los reparos contra ella es el trámite del proyecto de ley, no la vía recursiva administrativa".

Hacienda argumentó que, al tratarse de un acto preparatorio sin un efecto jurídico “propio, directo e inmediato”, no procede impugnarlo de manera autónoma mediante un recurso administrativo. Adicionalmente, Hacienda señaló que las objeciones del Poder Judicial podrán plantearse durante la discusión legislativa del presupuesto extraordinario.

También rechazó nulidad y medida cautelar

El presidente de la Corte había presentado junto con el recurso de revocatoria una gestión de nulidad concomitante, pero Hacienda también la rechazó al considerar que recaía sobre una actuación preparatoria que no había producido modificaciones presupuestarias ni efectos jurídicos propios.

El Ministerio descartó igualmente la solicitud de una medida cautelar provisionalísima. Señaló que esta carecía de objeto porque el oficio no contenía una decisión administrativa que pudiera suspenderse y agregó que Hacienda no ejerce funciones jurisdiccionales para otorgar una medida de esa naturaleza.

La resolución indica:

La tutela cautelar existe para conservar o anticipar susceptible de recurso ni ejecución administrativa alguna que suspender, no concurre el presupuesto de ninguna medida suspensiva: nada hay que suspender donde nada se ha decidido.

Recorte se planteó tras caída en estimación de ingresos

El conflicto entre los poderes se originó después de que Hacienda comunicara el 24 de junio al Poder Judicial una meta global de reducción de ₡27 mil millones dentro del ajuste del gasto del Gobierno Central, dejando a la propia Corte la definición de las partidas que se reducirían.

Posteriormente, el Poder Judicial remitió un presupuesto extraordinario que rebajaba ₡13.242 millones en el presupuesto para el resto del año, incluyendo ₡8.687 millones autorizados por la Asamblea Legislativa, pero que fueron retenidos por el Ministerio de Hacienda.

Tras esa decisión del Poder Judicial, el Ministerio de Hacienda señaló que estima una disminución de ₡373.390,8 millones en los ingresos corrientes del Gobierno Central, por lo que decidió aplicar un "ajuste técnico complementario" al presupuesto del Poder Judicial por ₡23.721,8 millones, que sería incorporado al II Presupuesto Extraordinario y II Modificación Legislativa de la Ley de Presupuesto Nacional de 2026, que todavía no ha sido presentado.

Tras ese anuncio, la directora ejecutiva del Poder Judicial, Ana Eugenia Romero Jenkins, advirtió que la afectación a la operación del Poder Judicial se presenta, incluso si la Asamblea Legislativa termina rechazando el recorte que Hacienda pretende incluir en el presupuesto extraordinario.

Romero explicó el 24 de agosto que, durante la tramitación legislativa, los recursos sujetos a una eventual rebaja podrían tener que mantenerse apartados para evitar que el Poder Judicial los ejecute antes de que el Congreso tome una decisión:

Lamentablemente, a esta altura del año y bajo la dinámica de un presupuesto extraordinario, el daño está hecho. Tenemos que decirle a la ciudadanía que el daño está hecho".

Por su parte, este miércoles Hacienda sostuvo en su resolución que las medidas de programación financiera relacionadas con esos recursos son temporales y reversibles y que no alteran formalmente la autorización presupuestaria vigente.

El Ministerio concluyó que la discusión sobre la procedencia del recorte deberá darse en la Asamblea Legislativa, órgano que tendrá la potestad de aprobar, modificar o rechazar el proyecto de presupuesto extraordinario, una vez sea presentado por el Poder Ejecutivo. MH-DM-RES-1022-2026. RESOLUCIÓN DE RECURSO DE REVOCATORIA DE LA CSJ