Buenos gobernantes son necesarios para un buen gobierno.

La buena gobernanza del Estado requiere que los sistemas electorales colaboren en la forma de elegir e integrar los poderes del estado. En este campo la buena teoría y la experiencia deben unir sus resultados para ir configurando el mejor sistema de selección posible. Teoría y experiencia de las sociedades democráticas demuestran que la vigencia y buen éxito de sus gobiernos dependen íntimamente de la existencia de partidos políticos que puedan presentar a los ciudadanos candidatos con potencial para rendir buenos resultados si son electos, apoyados por equipos de trabajo bien conformados, con una visión de futuro que permita unir y armonizar los intereses de diversos grupos sociales y capaces de preparar serios y sustantivos programas de gobierno compatibles con su orientación ideológica.

Para lograr esos objetivos no son convenientes ni líderes sin partido, que por lo tanto dependen de alquilar partidos taxi sin equipo ni propuesta, ni partidos sin líder, que no pueden organizar su propio partido, ni liderar los poderes del Estado y que fácilmente actúan desde la sombra sin dar la cara para debatir y negociar de manera transparente con otros sectores políticos.

En Costa Rica desde hace tiempo requerimos de transformaciones de la estructura política para poder mejor enfrentar los importantes y difíciles problemas propios de este cambio de época. La falta de modificaciones a nuestra institucionalidad estatal fortalece la desconfianza y el rechazo de los ciudadanos y las ciudadanas a gobernantes, políticos y partidos. A su vez ese rechazo y desconfianza hacen más difícil un buen gobierno en perjuicio de los pobladores.

Cambios electorales propuestos por el TSE

Dentro de esos cambios son importantes algunos a nuestro sistema electoral, y son muy inconvenientes los que más bien agraven sus actuales deficiencias.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) presentó en marzo de 2023, hace dos años y tres meses, un grupo de proyectos de ley para mejorar nuestra legislación electoral y adaptarla a los cambios demográficos que ha sufrido nuestro país, a la transformación radical del mundo en temas de comunicación y para responder a las críticas que comisiones de supervisión internacional de comicios han señalado reiteradamente a nuestros procesos electorales. Son proyectos por supuesto mejorables como toda propuesta humana, pero claramente convenientes.

A ellos me he referido en cuatro artículos: “Reforma Electoral Planteada por el TSE para fortalecer a los partidos políticos”, “La reforma propuesta por el TSE para fortalecer la representatividad e institucionalidad de los partidos políticos”, “Las reformas electorales planteadas por el TSE” y “Reforma electoral para regular las nuevas formas de propaganda”.

El primer proyecto del TSE expediente 23.884 busca eliminar la facilidad de formar partidos sin respaldo ni arraigo popular, que generalmente carecen de una visión de futuro seria y que difícilmente pueden originar fuertes liderazgos nacionales, armonizar intereses sectoriales o elaborar programas de gobierno que sean más que un listado mentiroso de objetivos populares, generalmente contradictorios y no realizables. Son taxis parqueados a la espera de un cliente que los alquile.

Es preciso que cada partido tenga alguna consistencia, alguna representatividad, y un mínimo de capacidad de actuación para cumplir con sus objetivos.

No se trata simplemente de que un pequeño grupo de amigos se unan para aspirar a un puesto público. Lo más importante es saber para qué lo quieren ejercer.

Un puesto público y en especial si es de elección popular no es una simple recompensa, premio o granjería para la persona que lo ejerce.

Para evitar eso el TSE y el dictamen aprobado en agosto del año pasado en la Asamblea Legislativa que mejoró muy sustancialmente la propuesta original, proponen cambios en la estructuración de los órganos políticos de los partidos, volver a establecer que para formar un partido se requiere el apoyo de un 0,5% de los electores, y condiciones más exigentes para que un partido siga existiendo si no elige representantes a puestos de elección popular.

Exigir el apoyo de un 0,5% de los votantes inscritos en el padrón electoral respectivo es simplemente volver a lo establecido en la legislación electoral de 1952 que estableció el requisito de 3.000 adhesiones, que entonces era el 0,5% del Padrón Nacional. La legislación quedó establecida en números absolutos, 3000 votantes, y no en una proporción, 0,5% de los electores. Para volver en números absolutos a una situación igual a la que se estableció en 1952 en la actualidad se requeriría unos 18.250 adherentes. Mejor como se propone establecer una proporción de 0,5% del padrón electoral.

El segundo proyecto del TSE expediente 23.885 es una propuesta para regular las nuevas formas de propaganda durante las campañas políticas. Es una inclusión necesaria por el desarrollo de las invasivas y muy prevalecientes nuevas formas de comunicación que se han desarrollado con las redes sociales en Internet.

Estas nuevas redes facilitan la acción anónima para difundir falsedades y noticias falsas, conocidas como paparruchadas o “fake news”, que gracias a las facilidades de los algoritmos de esos servicios de comunicación permiten una rapidísima difusión y pueden mover a engaño a amplios sectores de la ciudadanía. Este peligro se hace hoy aún mayor con la Inteligencia Artificial que facilita fabricar declaraciones, incluso aparentando que se dan por el propio personaje con su voz y figura.

El tercer proyecto del TSE de variación a la legislación electoral se tramita en el expediente 23.883 y pretende fortalecer el acceso, la equidad y el control del financiamiento de los partidos políticos.

En lo que para mi es su elemento esencial pretende resolver una de las pocas críticas que nos hacen reiteradamente las misiones de observación electoral y se refieren a la falta de equidad para partidos nuevos en el acceso al financiamiento público, en especial para dar a conocer sus propuestas. Para ello el TSE propuso que un 20% del financiamiento del estado a las campañas políticas se lo reserve el TSE para distribuirlo equitativamente entre todos los participantes en el proceso electoral respectivo mediante acceso a medios de comunicación.

Este elemento fundamental fue excluido en el trámite legislativo, pero si se introdujo modificaciones que lo mejoran respecto a plazos y condiciones para hacer efectivo el pago de la contribución pública a los partidos políticos.

De los tres proyectos los dos primeros tuvieron dictamen afirmativo en agosto de 2024, pero no tuvieron aún debate en el plenario.

El tercero ya se ha discutido en plenario y se han incluido las modificaciones originadas en el segundo día de mociones en el plenario el 10 de febrero.

Ninguno de ellos avanzó lo suficiente en el trámite legislativo, y aún si se aprobaran antes de las elecciones del año entrante ya no podrán aplicarse para ese evento.

Una reforma electoral negativa

Por otra parte, por iniciativa de un grupo de diputados se presentó un proyecto de reforma constitucional para prohibir la postulación simultánea de una persona a un puesto en la papeleta presidencial y en una papeleta de candidatos a diputado. La llamada doble postulación.

Esta reforma constitucional ya tuvo las tres lecturas y fue admitida para su trámite, y ya se instaló la comisión que le dará consideración. ¡Qué cosa! A reformas sustantivas importantes como el cambio a la elección de diputados para elegir de una lista nacional y de representantes que incluyan todos los cantones del país, y al régimen semi presidencialista ni siquiera se les da acceso para ser debatidos.

Esta reforma sería un muy perjudicial retroceso.

No entiendo por qué es malo que llegue a la Asamblea Legislativa una persona líder de un partido que sacó los votos necesarios en la papeleta de diputados. ¿Qué lo convierte en una persona diferente a las otras que si pueden postularse?

La doble postulación debería más bien ser obligatoria para que lleguen al Congreso y den la cara frente a los temas nacionales los líderes de partido que no ganen la presidencia, pero tengan votos suficientes para ganar una diputación en la provincia y posición en que se postulen.

Es muy perjudicial para la buena marcha del gobierno, para la claridad en las actuaciones políticas que es base de la confianza y apoyo de la ciudadanía a la democracia y para facilitar acuerdos en favor del bien común entre el gobierno y la oposición, que los líderes de los partidos no se oculten ante los problemas nacionales y no negocien a escondidas.

Además, si el líder de un partido que no gana la presidencia va a la Asamblea Legislativa y no hace una buena labor, eso los desnuda ante los electores y ante su propio partido y facilita que sea sustituido.

Es también muy importante para que haya partidos políticos fuertes que en ellos se puedan desarrollar democráticamente lideratos fuertes que los guíen. O para que, como acabo de señalar, si no ratifican su liderazgo pierdan por sus actuaciones esa posición.

Las razones en contra de esta llamada doble postulación me perdonan quienes las mantienen yo solo las puedo entender porque quien las detenta considera los puestos públicos una prebenda que se debe distribuir entre la mayor cantidad de personas y no una ocasión de servicio. O porque desee que los líderes de los partidos sean débiles para que priven intereses locales y no nacionales. O porque se desee mantener ocultos a los líderes de la oposición para rehuir responder con franqueza a los problemas nacionales o porque se quiere facilitar ocultas agendas.

La propia presentación de la reforma constitucional para impedir doble postulación me confirma esa intencionalidad. Se especifica que se presenta la prohibición de doble postulación para evitar que “una sola persona pueda … acaparar los espacios políticos más relevantes, con lo cual … se limitan las opciones”. Se trata, pues, de dejar espacio para más personas, porque los puestos públicos son prebendas para repartir y no posiciones a los que se debe llevar a los líderes para servir a los demás.

También, en la exposición de motivos de este proyecto de prohibición a los líderes de los partidos de optar al servicio legislativo como una opción si no son escogidos para el ejecutivo, se explica con franqueza que se pretende impedir que se consolide, por decisión democrática de los órganos partidarios conforme a sus estatutos, el ejercicio de ese liderazgo al interior de los partidos.

La legislación actual que se pretende eliminar solo permite que los candidatos a Presidente o Vicepresidente puedan como cualquier otra persona ser candidatos a diputado, y que sean electos si obtienen en la papeleta de diputados la votación suficiente para ganar la posición, igual que cualquier otro ciudadano.

Solo quienes tengan un respaldo popular suficiente son electos diputados en la doble postulación. De 75 personas que se han presentado en pasados comicios con doble postulación solo 8 han sido electos diputados.

Prohibirlo es aún más inconveniente con la proliferación actual de partidos. Sin la doble postulación los líderes de partidos que en la primera vuelta electoral para presidente obtienen un número de votos alto y muy parecido a los que obtienen los candidatos que van a la segunda ronda se quedan sin vigencia política transparente. Se dificulta consolidar liderato nacional para que el partido crezca, como si los candidatos presidenciales adecuados sobraran, y se debilita el liderato al interior de los partidos. Solo se favorece la oscuridad en las negociaciones políticas.

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