En 2024, la Sala IV señaló al Minae por la desobediencia de una sentencia que ordena delimitar el área del refugio.
El Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) solicitará a la Sala Constitucional (también conocida como Sala IV) una aclaración sobre la Resolución N.° 2024026300 del expediente 14-01974-0007-CO, emitida en septiembre de 2024, que señaló el incumplimiento de la orden emitida en 2019 para delimitar las 188 hectáreas que deben reincorporarse al Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (Regama).
En un comunicado de prensa emitido este 10 de enero, el Minae indicó que fue notificado de la sentencia y que, una vez firme el fallo, procederá a trabajar con su equipo técnico en el primer informe que se presentará a la Sala Constitucional, conforme a la fecha que indica la sentencia.
La Sala ordenó a David Chavarría Morales y Franz Tattenbach Capra, en sus respectivas condiciones de director del Sistema Nacional de Áreas de Conservación y ministro de Ambiente y Energía, que rindan informes mensuales ante el Tribunal Constitucional, demostrando que están dando cumplimiento a lo que se les ordenó.
El artículo 12 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional establece que las sentencias de la Sala pueden ser aclaradas o adicionadas para complementar puntos no resueltos o explicar aspectos confusos. Esto puede hacerse a petición de parte dentro de los tres días posteriores a la sentencia o de oficio en cualquier momento, incluso durante su ejecución, para garantizar el cumplimiento del fallo.
Lea: Sala IV reafirma: Sinac debe delimitar 188 hectáreas del refugio Gandoca-Manzanillo
¿Qué señaló la sentencia?
En la resolución, el tribunal constitucional dio respuesta a la gestión de desobediencia presentada por la ecologista Carol Ingrids Meeds y el abogado ambientalista Marco Levi Virgo, quien además preside la Asociación de Desarrollo para la Ecología.
Levi también interpuso, en 2014, una acción de inconstitucionalidad contra la Ley 9223, que despojó al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo de 188 hectáreas de bosque. Este proceso culminó en 2019 con una sentencia en la que el alto tribunal ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) reincorporar y delimitar el área, además de coordinar con la Procuraduría General de la República para ejercer acciones legales en defensa del patrimonio público.
La Sala declaró el incumplimiento de lo ordenado en 2019 y, en consecuencia, ordenó a los jerarcas del Sinac y el Minae tomar las medidas correspondientes dentro de sus competencias para garantizar el acatamiento de la resolución.
Los magistrados también instruyeron a Iván Vinicio Vincenti Rojas, en su condición de procurador general de la República, a coordinar con el Sinac y tomar las medidas necesarias para que, una vez delimitada el área, se ejerzan las acciones legales pertinentes en defensa del patrimonio público.
La Sala advirtió a Chavarría Morales, Tattenbach Capra y Vincenti Rojas que, en caso de incumplimiento, se les podrá seguir causa por el delito de desobediencia a la autoridad, regulado en el artículo 314 del Código Penal, que impone prisión de seis meses a tres años a quien no cumpla, o no haga cumplir, en todos sus extremos, la orden impartida por un órgano jurisdiccional o por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones.