Reforma plantea de 4 a 6 años de prisión para la mujer que cause o permita su propio aborto en cualquier etapa de la gestación.
El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, la ministra de la Presidencia, Laura Fernández Delgado y el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos Valverde, presentarán a la corriente legislativa un proyecto de ley que aumenta las penas de cárcel para quienes practiquen un aborto con el consentimiento o no de la mujer.
El anuncio se hizo este 29 de enero en la conferencia de prensa semanal del Poder Ejecutivo. El proyecto de ley buscaría reformar el Código Penal específicamente en los artículos 118, 119 mientras que deroga los artículos 93 y 120. Las reformas adelantadas serían:
- Penas de prisión de 6 a 12 años a quien cometa el aborto sin consentimiento de la mujer o si la madre fuera menor de 15 años.
- Con prisión de 4 a 8 años si el feto no había alcanzado los seis meses de vida intrauterina.
- Con prisión de 4 a 6 años, si se cometiera con el consentimiento de la mujer, indistintamente si el feto había o no alcanzado seis meses de vida intrauterina.
- Con prisión de 4 a 6 años a la mujer que consistiera o causara su propio aborto en cualquier etapa de gestación.
- Se eliminan los artículos del Código Penal que perdonaban con pena de prisión a quien abortara para "salvar su honor o para ocultar la deshonra de la mujer".
Actualmente el artículo 118 del Código Penal indica que "se castiga con prisión de tres a diez años a la persona que cause la muerte de un feto sin consentimiento de la mujer o si ésta fuere menor de quince años. Esa pena será de dos a ocho años, si el feto había alcanzado seis meses de vida intrauterina".
Además, que "la pena sería de uno a tres años si se realiza con consentimiento de la mujer. Esa pena será de seis meses a dos años, si el feto no había alcanzado seis meses de vida intrauterina".
Mientras que el artículo 119 dicta actualmente de uno a tres años, a la mujer que consienta o cause su propio aborto. Esa pena es de seis meses a dos años, si el feto no alcanza aún los seis meses de vida intrauterina.
Por su parte el artículo 120, que sería derogado, señala que si el aborto se comete "para ocultar la deshonra de la mujer, sea por ella misma, sea por terceros con el consentimiento de aquella", la pena será de tres meses hasta dos años de prisión.
Según reiteró Fernández Delgado "el aborto no es más que un asesinato. El asesinato de una persona que está por nacer".
Tenemos como sociedad que comprender que lo que habita en el vientre de las mujeres en gestación es un costarricense. El más indefenso de todos. Por eso su asesinato no es otra cosa más que un homicidio al que llaman aborto".
Las autoridades del Poder Ejecutivo anunciaron que presentarán la iniciativa de ley en los próximos días.
Actualmente la Sala Constitucional analiza una acción de inconstitucionalidad presentada desde la Asamblea Legislativa en 2020. El objetivo de la acción es dejar sin efecto la norma técnica que permite el aborto terapéutico en el país, que aplica cuando la madre está en peligro.