El procedimiento abreviado permite que la persona reciba una pena menor si admite los cargos que se le imputan.
El diputado de Nueva República, Fabricio Alvarado Muñoz, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.690) que pretende evitar que las personas que cometan delitos graves, puedan acogerse a un procedimiento abreviado.
Dato D+: El procedimiento abreviado, establecido en el artículo 373 del Código Procesal Penal, da la oportunidad a las personas de declarar su culpabilidad en el delito que se les imputa, a cambio de una pena menor.
El proyecto de ley introduce un artículo 373 bis al Código Procesal Penal, para establecer que no se podrá aplicar el procedimiento abreviado en casos de:
- Delitos contemplados en la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (Ley 8204).
- Delito de narcotráfico y crimen organizado contemplados en el Código Penal (Ley 4573).
- Delitos de trata de personas contemplados en el Código Penal (Ley 4573) y en la Ley contra la Trata de Personas y Creación de la Coalición Nacional contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (Ley 9095).
- Delitos contra la vida como homicidio simple, homicidio calificado y especialmente los contemplados en el Título I del Código Penal (Ley 4573).
- Delitos de la Ley de Penalización de Violencia contra las Mujeres (Ley 8589).
- Delitos sexuales como violación, estupro y abuso deshonesto cuando la víctima sea una persona menor de edad, contemplados en el Título III del Código Penal (Ley 4573).
El proyecto justifica la exclusión de estos delitos de la posibilidad de acogerse a un procedimiento abreviado señalando que:
La aplicación de este procedimiento innegablemente favorece al Estado ya que disminuye la mora judicial, reduce los plazos de los procesos y ayuda a descongestionar el Poder Judicial gracias a que se prescinde de la realización del juicio oral y público, así como también busca velar por el principio de justicia pronta y cumplida, ya que se trata de un procedimiento expedito y sumario; sin embargo, al aplicarse como indica la norma actual a cualquier delito, la persona imputada se beneficia en un acuerdo de disminución de la pena y en muchas ocasiones se cumple la pena del procedimiento abreviado con sentencia firme y la persona que delinquió vuelve a cometer el mismo delito tiempo después”.
Adicionalmente, el texto agrega que la exclusión de estos delitos graves del proceso abreviado “se fundamentan en la necesidad de garantizar una respuesta penal proporcional, proteger los derechos de la sociedad civil, los derechos de las víctimas y mantener la confianza en el sistema de justicia penal”.
El proyecto lleva la firma de respaldo de toda la bancada de Nueva República. Debido a que la Asamblea se encuentra en periodo de sesiones extraordinarias, de no ser convocado por el Poder Ejecutivo el proyecto deberá esperar hasta el 1 de febrero del 2025 para iniciar su trámite correspondiente.