El plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, en segundo debate de primera legislatura, una reforma al artículo 32 de la Constitución Política para autorizar la extradición de costarricenses acusados de delitos de terrorismo o narcotráfico, siempre que sea ordenada por los tribunales de justicia.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 23.701, obtuvo el respaldo de 44 diputados y aún debe superar varias etapas del proceso legislativo para aplicar el cambio en la Constitución.

El texto aprobado señala que la extradición será aplicable únicamente en circunstancias específicas, bajo el siguiente enunciado:

Artículo 32.- Ningún costarricense podrá ser compelido a abandonar el territorio nacional, salvo que en casos de tráfico internacional de drogas o terrorismo haya sido concedida la extradición por los Tribunales de Justicia, con estricto apego a los derechos fundamentales y garantías procesales reconocidos en esta Constitución, en los tratados internacionales y en las leyes".

Con esa redacción, la reforma incorpora disposiciones para asegurar que los nacionales no sean extraditados a países que los puedan someter a la pena de muerte o la cadena perpetua.

El proyecto debe completar algunas otras etapas antes de ser incorporado al texto constitucional. El texto será enviado al presidente Rodrigo Chaves Robles para ser incluido en el informe de gobierno que presentará en mayo de 2025 ante el Congreso; allí deberá indicar, sin efecto vinculante, si objetan o apoyan la propuesta, posterior a lo cual la Asamblea deberá votar la reforma en tres debates adicionales para aplicar el cambio a la Carta Fundamental.

La reforma fue declarada constitucional por la Sala IV, que avaló la competencia de la Asamblea Legislativa para modificar la Carta Magna siempre que se respete su equilibrio interno. En su fallo, los magistrados señalaron que la extradición de nacionales, en los términos planteados, no vulnera derechos fundamentales ni contradice los principios de progresividad de los derechos humanos.

Según la Sala IV, la propuesta legislativa busca trabar un equilibrio entre distintos intereses: el derecho del ciudadano de no ser obligado a salir del territorio nacional y el interés de las víctimas, la sociedad o los gobiernos por garantizar que los responsables de delitos graves sean llevados a juicio.

Previo a la votación, varios diputados tomaron la palabra para justificar su posición y sentar precedentes sobre la futura aplicación de la norma.

Priscilla Vindas Salazar, del Frente Amplio, subrayó que la reforma contiene salvaguardas fundamentales, como que solo se otorgará hacia Estados que respeten los derechos humanos, lo que excluye a países que imponen penas como la muerte o la cadena perpetua.

Paulina Ramírez Portuguez, de Liberación Nacional, argumentó que la modificación al artículo 32 no menoscaba los derechos de los costarricenses, pues la prohibición de extradición no constituye un derecho fundamental inmutable, y esta reforma permite fortalecer la lucha contra delitos que afectan a toda la sociedad.

Por su parte, Gilberto Campos Cruz, del Partido Liberal Progresista, destacó la necesidad de responder a las demandas ciudadanas y dijo que con esta reforma dan un paso importante para cumplirle a los costarricenses que exigen justicia y seguridad en sus comunidades.

Al avalar la constitucionalidad de la reforma, la Sala Constitucional tomó en cuenta los compromisos adquiridos por Costa Rica al suscribir tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y la Convención para la Represión del Financiamiento del Terrorismo, que promueven la extradición como un mecanismo clave para combatir delitos transnacionales.

Breves

— La Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera aprobó en primer debate el expediente 23.468 "Reforma parcial a los artículos 11, 12, 13, 14, 21 y 24 de la Ley 3455 y sus reformas, Ley de Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica" y el expediente 23.282 "Ley General de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano". 

— La Comisión con Potestad Legislativa Plena Tercera aprobó en segundo debate el expediente 23.703 "Adición de un artículo 6 Bis y 6 Ter a la Ley N° 7372, Ley para el financiamiento y desarrollo de educación técnica profesional del 22 de noviembre de 1993".

Proyectos dictaminados

— La Comisión de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor dictaminó afirmativamente el expediente 24.244 "Reforma al Código Penal para sancionar el abandono contra las personas adultas mayores".

Leyes publicadas

Este miércoles 20 de noviembre se publicaron en La Gaceta N.º 218, y por ende entraron a regir, las siguientes leyes:

Ley N.º 10.600: "Tratamiento fiscal a los fideicomisos de obra pública" que se tramitó bajo el expediente 24.002. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 24 de octubre de 2024, por lo que transcurrieron 27 días para que fuera publicada en La Gaceta.

Ley N.º 10.596: "Ampliación del espectro de proyectos de inversión para el desarrollo cantonal en Guanacaste, reforma del artículo 2, numeral 2, de la ley 8.316, Ley reguladora de los derechos de salida del territorio nacional, de 26 de septiembre de 2002" que se tramitó bajo el expediente 24.147. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 22 de octubre de 2024, por lo que transcurrieron 29 días para que fuera publicada en La Gaceta.

Ley N.º 10.555: "Promoción de la educación financiera de las familias beneficiarias de las políticas de asistencia social, desarrolladas por el Instituto Mixto de Ayuda Social" que se tramitó bajo el expediente 23.516. Esta iniciativa se aprobó en segundo debate el 8 de octubre de 2024, por lo que transcurrieron 43 días para que fuera publicada en La Gaceta.