Sugef señaló que tres miembros de la Junta Directiva del Banco incumplen criterio de experiencia para ocupar los cargos.

La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) recomendó la destitución del presidente del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, y de los miembros de la Junta Directiva de la entidad María Clemencia Palomo Leyton y Eduardo Navarro Ceciliano. 

La razón se debe a que los funcionarios incumplen con el criterio de experiencia para ocupar los cargos, según explicó la Sugef en el oficio SGF-2345-2024 firmado por la Superintendente General, Rocío Aguilar Montoya.

El oficio señala:

Es evidente que los tres directores no cumplen con los umbrales indicativos de experiencia, por lo que se recomienda  valorar la remoción, ya que no se observan elementos contundentes que expliquen la excepción establecida en el mencionado artículo 5 del Acuerdo CONASSIF 15-22 en vigor, a partir de la justificación dada por el propio Órgano de Dirección del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, así como del Poder Ejecutivo en su calidad de órgano decisor del nombramiento y remoción de esos directores".

El documento con fecha del 30 de julio de 2024 fue dirigido a Sánchez Sibaja como actual presidente de la Junta Directiva, y fue en respuesta a una evaluación de planes de acción con los que la Junta Directiva pretenden mitigar los riesgos identificados sobre idoneidad individual y conjunta de los cuerpos colegiados de las subsidiarias del Conglomerado Financiero.

Semanas atrás el diario La Nación informó que el Banco Popular cayó en irregularidad financiera a raíz de una serie de debilidades a nivel de gobierno corporativo en su Junta Directiva que detectó la Sugef, tras efectuar un estudio de supervisión basado en riesgos en la institución pública.

En esta ocasión la Sugef cuestionó las medidas acordadas por la Junta del banco para corregir las deficiencias detectadas, en las que enfatizó en los puntos de dedicación de tiempo, honestidad e integridad, experiencia y formación académica.

"Se hace necesario ahondar en el requisito de idoneidad, único parámetro donde algunos directores evidencian incumplimientos de los umbrales requeridos. Por tal motivo, remite las justificaciones de tres directores de la Junta Directiva Nacional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal  (María Clemencia Palomo Leyton, Eduardo Navarro Ceciliano y Jorge Eduardo Sánchez) que no cumplen con el criterio de experiencia, pero que según el criterio de ese Órgano de Dirección del cual forman parte esos tres directores, son considerados idóneos debido a que su separación afectaría la gobernanza y la continuidad de los propósitos estratégicos, considerando para ello los aportes realizados durante su gestión", puntualizaron.

Para Sugef ese razonamiento es "contrario al espíritu de la regulación", que busca garantizar la idoneidad del órgano, al afirmar que separar a directores que no son idóneos afecta la gobernanza, cuando es "precisamente la falta de idoneidad la que puede tener efectos nocivos en la conducción de la entidad". 

El incumplimiento del criterio de experiencia para ocupar los cargos ya había sido denunciada en junio del presente año por el Directorio de la Asamblea de Trabajadoras y Trabajadores del Banco Popular y Desarrollo Comunal (Attbpdc).

En aquel momento desde la Attbpdc señalaron que para la Presidencia de la Junta Directiva se requiere, en los últimos diez años, haber cumplido con ocho años de estar en un gobierno corporativo, pero Sánchez Sibaja solamente tiene dos años de experiencia.

Sugef recordó que el Poder Ejecutivo mediante oficio PR-P-0018-2024 del 15 de febrero de 2024, se pronunció sobre el criterio de “experiencia” de los directores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, señalando que “… consientes de la necesidad de robustecer la gobernanza del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y el daño que causa a un cuerpo colegiado los constantes cambios de directores y presidentes en el normal funcionamiento del Gobierno Corporativo, el Poder Ejecutivo estima suficientemente razonable la continuidad de los miembros, quienes además cuentan con todos los demás atributos evaluados en dicho informe de idoneidad y que son los necesarios para ejercer los cargos.

El Poder Ejecutivo tiene poder absoluto de la Junta Directiva del Banco Popular desde julio de 2022. Este órgano normalmente debe estar integrado por tres representantes designados por el Consejo de Gobierno y cuatro de la Asamblea de Trabajadores, pero desde hace dos años el Poder Ejecutivo nombra a los representantes de los trabajadores a través de decretos ejecutivos.

Durante la conferencia de prensa de este miércoles el presidente, Rodrigo Chaves Robles, al ser consultado sobre este tema por el periodista Daniel Suárez de Diario Extra, contestó:

La gente que está manejando plata ajena tiene que tener idoneidad. Hay enormes diferencias. Ahí entiendo, porque me comentaron de manera breve, que en el Banco Popular hay, digamos, faltas pequeñas en ese sentido. Que a fulano tal le faltan un par de años, etcétera (...) Una cosa es que a alguien le falten dos años de experiencia, eso se llama subsanable, como en el caso del Banco Popular, que entiendo es el caso. Y otra cosa es una persona que nunca fue a la universidad y que no sabe ni de finanzas, ni de contabilidad.

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Sugef indicó que en los diez días hábiles siguientes al recibo del oficio, la Junta Directiva deberá remitir los ajustes pertinentes al plan de acción tendiente a mitigar los riesgos identificados en el informe de evaluación de la idoneidad individual y conjunta de los cuerpos colegiados del conglomerado.