México presentó hoy una solicitud de inicio de procedimientos legales contra Ecuador ante la Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas (CIJ) en La Haya, por la violación de sus derechos como Estado soberano y la inviolabilidad de su embajada en Quito.
El pasado 5 de abril, 15 agentes de operaciones especiales ecuatorianos irrumpieron en la embajada mexicana sin autorización, agredieron al subjefe de Misión, Roberto Canseco Martínez y se llevaron por la fuerza al exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas Espinel, quien había recibido asilo político por parte de México.
En su denuncia México argumentó que este incidente no es aislado, sino que forma parte de una serie de actos de intimidación y acoso desde que Glas llegó a la embajada en diciembre de 2023 y su posterior solicitud de asilo, que fue presentada formalmente el 20 de diciembre de 2023 y luego concedida.
El país considera que Ecuador violó el derecho internacional consuetudinario y convencional, así como los principios fundamentales del sistema legal internacional, por lo que pide que la Corte ordene a México una reparación completa de los daños y además, su suspensión como Estado miembro de las Naciones Unidas.
La solicitud ante la Corte también contiene una solicitud de indicación de medidas provisionales presentada de conformidad con el Artículo 41, párrafo 1, del Estatuto de la Corte:
- Que el Gobierno de Ecuador tome medidas apropiadas e inmediatas para proporcionar plena protección y seguridad de las instalaciones diplomáticas, sus propiedades y archivos, evitando cualquier forma de intrusión contra ellas.
- Que el Gobierno de Ecuador permita al Gobierno mexicano despejar las instalaciones diplomáticas y la residencia privada de los agentes diplomáticos.
- Que el Gobierno de Ecuador garantice que no se tome ninguna acción que pueda perjudicar los derechos de México con respecto a cualquier decisión que la Corte pueda emitir sobre el fondo del asunto.
- Que el Gobierno de Ecuador se abstenga de cualquier acto o conducta que pueda agravar o ampliar la disputa.
De conformidad con el Artículo 74 del Reglamento de la Corte, "una solicitud de indicación de medidas provisionales tendrá prioridad sobre todos los demás casos".