Sala IV rechazó la solicitud de aclaración que pidió el ministro de Agricultura sobre sentencia que respalda la prohibición del clorotalonil.

El ministro de Agricultura y Ganadería, Víctor Julio Carvajal Porras, no ve óptimo prohibir el plaguicida Clorotalonil en el país y considera reformas para controlar para la aplicación del producto.

Así queda expuesto en una resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV), en la que Carvajal Porras defendió que la posición del ministerio no tiene como fin último la prohibición del uso del clorotalonil, sino la búsqueda de opciones que controlen y reduzcan el uso del mismo, así como la “emisión de un decreto ejecutivo que contenga disposiciones en cuanto a cómo deben realizarse las aplicaciones terrestres”.

El pasado 6 de junio del 2023 la Sala condenó al Estado por la contaminación en las nacientes de agua de la ASADA de Santa Rosa de Oreamuno de Cartago con el plaguicida Clorotalonil y respaldó un informe emitido por el Ministerio de Salud, Acueductos y Alcantarillados (AyA) y el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) que solicita su prohibición.

El Tribunal acogió un recurso de amparo presentado por el movimiento ecologista Frente Ecocipreses y recomendó iniciar una coordinación a los jerarcas del Minae y del MAG con el fin de redactar un decreto que lleve a una prohibición en el "menor tiempo posible".

Tras esto, el jerarca Carvajal Porras solicitó una adición y aclaración de la sentencia y argumentó que el mencionado informe técnico  "no es preciso" y contiene errores en las razones para solicitar la cancelación de los registros de clorotalonil.

La Sala IV desestimó la solicitud el pasado 26 de setiembre y explicó:

"Resulta evidente para este Tribunal, que los alegatos del Ministerio de Agricultura y Ganadería dista de encontrarse relacionados con algún concepto del voto que deba aclararse o adicionarse en los términos que señala el artículo 12 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, toda vez que la sentencia es absolutamente clara en la exposición de hechos y fundamentación”.

Añadieron que el MAG pretende realizar una discusión de carácter técnico que no corresponde a la Sala, por lo que mantienen que se debe adoptar y ejecutar las recomendaciones del informe. Además, mencionaron que la cartera de Agricultura y Ganadería presenta una disconformidad con lo resuelto, a pesar del “dimensionamiento que se realizó sobre los riesgos en la utilización del agroquímico clorotalonil en el territorio nacional”.

El Tribunal ordenó que en el plazo de seis meses (ya han pasado más de tres) se ejecuten las recomendaciones del informe en donde se asegura que en la zonas vecinas de Cartago había alrededor de 65.000 personas que dependían de suministros de agua en “las mismas condiciones”, con una agricultura tan cercana a las fuentes de agua que estaba “afectando la calidad del agua” y generando “una probabilidad muy alta de contaminación por el uso de los productos químicos”.