Tribunal ordenó poner en libertad al único sospechoso de asesinar al líder indígena Jehry Rivera.
El pasado 17 de julio el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago ordenó poner en libertad a Juan Eduardo Varela Rojas, principal sospecho y quien había sido condenado a 22 años de prisión por el asesinato del líder indígena Jehry Rivera Rivera.
En la resolución número 2023-262, correspondiente al expediente, 20-000108-0990-PE, el tribunal ordenó la realización de un nuevo juicio "al determinar que se presentaron vicios en la valoración de la prueba que hace que el Tribunal de Juicio se decantara por la opción de descartar la legítima defensa".
Se lee en la decisión:
“… a partir de los alegatos desarrollados en el libelo de la defensa técnica, es si la motivación del a quo para descartar la legítima defensa y establecer el ataque alevoso es acorde con las reglas del correcto entendimiento humano, así como la condenatoria por el delito de amenazas agravadas, que derivó del estudio de la misma prueba (…) esta Cámara comprenda los reproches planteados y considere que, en efecto, la resolución contiene vicios que conllevan su nulidad en relación con los delitos de homicidio calificado y amenazas agravadas”.
Varela Rojas, único sospechoso del caso, había recibido 20 años por el delito de homicidio calificado, dos años por portación ilegal de armas y 15 días por amenazas agravadas en perjuicio de Melisa Garbanzo, testigo del Ministerio Público y de la familia de Rivera, vecina quien vio cómo se dio el homicidio del líder indígena frente a su casa. Adicionalmente, el tribunal había ordenado seis meses de prisión preventiva al imputado, tal y como lo solicitó la parte querellante al considerar que existe peligro de fuga.
Tras el recurso de apelación anulación del juicio, las personas juzgadoras que resolvieron que la condenatoria prácticamente se sustentó en una sola declaración testimonial, "pero uno de los aspectos que debe servir de guía para ponderar el testimonio es la consistencia de la versión en sí misma y su verosimilitud", indicaron desde el Poder Judicial en un comunicado a la prensa.
Añadieron que durante el debate la testigo dio dos explicaciones distintas sobre cómo inició la gresca. Para el Tribunal se debe analizar el contenido del dictamen de pericias físicas. Detallaron que en la condena existió ausencia de análisis referentes a la presencia de partículas de plomo, bario y antimonio en la camisa que vestía Varela Rojas.
Las personas juzgadoras determinaron que la aparición de pólvora podría relacionarse con la versión del imputado sobre la legítima defensa si los disparos se produjeron con dirección a él, porque el ofendido estaba atacándolo y a una distancia de al menos un metro.
En tal sentido, el perito Deyvit Herrera Castillo dijo que "las partículas pueden quedar en una persona que esté cerca del punto de disparo, tanto en el que dispara o en la persona a la que se dispara, o a otro que esté cerca”. En la anulación de la condena puntualizaron que esto no se estudió a profundidad.
En el por tanto consideraron que, aunque algunos razonamientos del fallo son correctos, "se presentan todos los vicios apuntados en la ponderación de la prueba que llevó a concluir que el imputado mató alevosamente".
Agregaron:
"De ahí que corresponde anular parcialmente el fallo, en cuanto a la condenatoria por los delitos de homicidio calificado y amenazas agravadas y ordenar el reenvío para nueva sustanciación, por el mismo Tribunal, con distinta integración. En cuanto a la portación del arma, se confirman los hechos probados con respecto a esta, pues no fue un extremo objeto de impugnación y está adecuadamente establecido que el encartado portaba el arma sin permiso. Sin embargo, deberá examinarse nuevamente la calificación legal, pues se aplica en la sentencia el artículo 88 que corresponde a la tenencia de arma y no el 88 bis que corresponde a la portación de esta, lo que se relaciona con el alegato de la Fiscalía y que deberá ser considerado en el reenvío, para determinar cuál es la calificación que corresponde, fijar la pena respectiva y, si procede, establecer la figura concursal aplicable".
En agosto de 2022, el presunto asesino había confesado en una actividad pública haber asesinado al líder indígena Brörán de Térraba. Las palabras se dieron en una reunión entre una comisión de la Mesa Técnica Interinstitucional para la construcción de la ruta de trabajo y la atención de la Población Indígena y la Asociación Multiétnica y Pluricultural, que se llevó a cabo en la la Escuela Rogelio Fernández, en el cantón de Buenos Aires de Puntarenas.
"Yo fui el que lo maté . Yo quiero que ustedes se den cuenta por qué lo maté" y justificó que Rivera Rivera y otras personas le iban a quemar su casa con bombas molotov.
El Tribunal aún no ha anunciado la fecha del nuevo juicio.